TEXTO PAGINA: 24
/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G31/G37/G38 Lima, lunes 8 de marzo de 2004ÍTEM DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DEPENDENCIA DONDE AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE DE TRÁMITE SE INICIA EL TRÁMITE RESUELVE EL RESUELVE LA UIT TRÁMITE IMPUGNACIÓN Consideraciones Posteriormente y según los resultados de - La verificación de las firmas de adherentes correspondiente al 25% la consulta popular el JNE acredita o no al de los electores de la respectiva circunscripción es gratuita reemplazante de la autoridad - Los promotores deberán señalar domicilio común para efectos del procedimiento - La autoridad a ser revocada y los promotores podrán designar un personero (representante) para presenciar y fiscalizar todos los actos delproceso - En el caso de magistrados electos que fueran revocados el Jurado Nacional de Elecciones procederá conforme a la ley de la materia Plazo de presentación: No procede durante el primer y último año de la gestión, salvo en el caso de magistrados. En uso de sus facultades elJurado Nacional de Elecciones podrá fijar un plazo límite para un mejor desarrollo 07.61 Remoción de autoridades designadas por el Gobierno Central 1 Solicitud de remoción dirigida al JNE, referida a determinada autori dad en Gratuito Oficina de Trámite Documentario y Pleno del JNE No aplicable o Regional, en jurisdicción regional, departamental, provincial particular (no necesita ser fundamentada, ni probada) señalando domicilio Archivo o distrital comúnArt. 27º de la Ley Nº 26300 (02/05/94)Resolución Nº 050-2003-JNE (23/01/03) 2 Adjuntar: Art. 4º de la Ley Nº 27706 (25/04/02) - Lista de firmas de los adherentes en planillones expedidos por la ONPE y en Disco Compacto con una copia, con la relación de sus nombres,apellidos, documentos de identificación, firmas o huellas digitales en unnúmero no menor al 50% de los ciudadanos de una circunscripciónelectoral o judicial Consideraciones: - El Secretario General remite al órgano electoral competente la lista de adherentes para la verificación y si este, reporta como resultado dela verificación que más del 50% de las firmas presentadas son válidas laautoridad es removida - El funcionario removido no podrá volver a desempeñar el mismo cargo en los siguientes 5 años 07.62 Demanda de Rendición de Cuentas. 1 Solicitud dirigida al Presidente del JNE, inte rpelando a las autoridad es Gratuito O ficina de Trá mite Documentario y Pleno del JNE No aplicable Arts. 32º, 33º, 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 26300 (02/05/94) (sujetas a revocatoria y remoción) respecto a la ejecución presupue stal Archivo y el uso de recursos propios de la entidad estatal respectiva 2 Adjuntar: - Pliego interpelatorio claro, pertinente y preciso, conteniendo preguntas sobre la materia especifica conforme a ley - Lista de firmas de los adherentes en planillones expedidos por la ONPE (en Disco Compacto y una copia), con relación de sus nombres, apellidosdocumentos de identificación, firmas o huellas digitales en un número nomenor al 20% con un máximo de 50,000 firmas de la población electoralcon derecho a voto en la respectiva circunscripción territorial Consideración: - El Secretario General remite al órgano electoral competente la lista de firmas de adherencia para la verificación y si el reporte del este, válida elmínimo establecido por ley, el Jurado Nacional de Elecciones dispone quela autoridad responda en forma clara y directa dentro de los 60 díascalendario, la misma que está obligada a publicar el pliego interpelatorio y su respuesta 07.63 Nulidad del referéndum, revocatoria de autoridades u otros 1 Recurso de nulidad debidamente fundamentado, dirigido al Jurado Elec toral 50% Jurado Electoral Especial Jurado Electoral Especial Pleno del JNE tipos de consulta popular Especial UIT Ver ítem 7.64 Art. 184º de la Constitución Política del Perú Resuelve en 3 días hábiles Arts. 365º y 367º de la Ley Nº 26859 (01/10/97) 2 Adjuntar: Acuerdo en sesión privada del Pleno JNE (21/11/02) - Pruebas pertinentes que sustenten el pedido de nulidad