Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2004 (08/03/2004)
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TEXTO DE LA PÁGINA 23
ITEM
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS
DERECHO DE TRAMITE UIT Gratuito Oficina de Tramite Documentario y Archivo Pleno del JNE No aplicable
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRAMITE
AUTORIDAD QUE RESUELVE LA IMPUGNACION
consulta en forma conjunta o con otros procesos electorales
07.57
Referendum Arts. 38º, 39º, 41º y 44º de la Ley Nº 26300 (02/05/94) Resolucion Nº 050-2003-JNE (23/01/03) Resolucion Nº 109-2002-JNE (11/04/02) Admitida la solicitud, se convoca a referendum en un plazo no mayor de 4 meses despues de acreditadas las respectivas iniciativas
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Solicitud dirigida al Presidente del JNE, suscrita por los promotores, senalando domicilio comun
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MORDAZA, lunes 8 de marzo de 2004
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Adjuntar: Lista de firmas de los adherentes en planillones expedidos por la ONPE y en Disco Compacto con una MORDAZA, con la relacion de sus nombres, apellidos, documentos de identificacion, firmas o huellas digitales en un numero, no menor al 10% de la poblacion electoral nacional (equivalente a 1,529,821 firmas de adherentes) Propuesta debidamente fundamentada a ser sometida a Referendum, conforme a ley
Consideraciones: - La verificacion de las firmas de adherentes correspondiente al 10% de la poblacion electoral nacional, es gratuita - El Secretario General remite al organo electoral competente la lista de adherentes para la verificacion - Si la iniciativa legislativa (item 7.58) fuera rechazada o modificada sustancialmente por el Congreso se podra iniciar el procedimiento del referendum, adicionando firmas para completar el porcentaje de ley Gratuito Oficina de Tramite Documentario y Archivo Pleno del JNE No aplicable
07.58
Referendum para la conformacion y creacion de regiones Art. 29º de la Ley Nº 27783 (20/07/02)
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Solicitud dirigida al Presidente del JNE, suscrita por los promotores, senalando domicilio comun
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NORMAS LEGALES
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Adjuntar: Lista de firmas de los adherentes en planillones expedidos por la ONPE y en Disco Compacto con una MORDAZA, con la relacion de sus nombres, apellidos, documentos de identificacion, firmas o huellas digitales en un numero, no menor al 10% de la poblacion electoral Propuesta debidamente fundamentada a ser sometida a Referendum, conforme a ley
Consideraciones: - El primer referendum se realiza dentro del MORDAZA semestre del 2004 y sucesivamente hasta quedar debidamente conformadas todas las regiones del MORDAZA - Las provincias y distritos contiguos a una futura region podran cambiar de circunscripcion por unica vez en el mismo MORDAZA de consulta referido - No procede un MORDAZA referendum para la misma consulta sino hasta despues de 6 anos Gratuito Oficina de Tramite Documentario y Archivo Pleno del JNE No aplicable
07.59
Referendum de aprobacion o desaprobacion de ordenanzas municipales, excepto las de naturaleza tributaria Art. 115º de la Ley Nº 27972 (27/05/03) Art. 39º, inciso b) de la Ley Nº 26300 (02/05/94)
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Solicitud del concejo municipal o de vecinos que representen no menos del 20% del numero total de electores de la provincia o distrito segun corresponda
Plazo de realizacion:120 dias naturales siguientes a la solicitud
Consideraciones: - Para que los resultados del referendum municipal surtan efectos legales se requiere la votacion valida de por lo menos el 35% del total de electores de la circunscripcion consultada - Pasado los 3 anos, un mismo tema puede ser sometido a referendum por MORDAZA vez Gratuito Oficina de Tramite Documentario y Archivo Pleno del JNE No aplicable
07.60
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Expediente remitido por la ONPE
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Convocatoria al MORDAZA de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades regionales y municipales y magistrados que provengan de eleccion popular Arts. 3º, 20º, 21º y 22º de la Ley Nº 26300 (02/05/94) Resolucion Nº 050-2003-JNE (23/01/03) Art. 4º de la Ley Nº 27539 (25/10/01) modificada por la Ley Nº 28035 (23/07/03)
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Adjuntar Certificacion de la ONPE, del cumplimiento de los requisitos formales, previstos en la ley Planillones de firmas de adherentes y el acta de verificacion alcanzando el minimo legal expedida por el organo electoral competente
Previa evaluacion del expediente, procedera a la convocatoria del MORDAZA de consulta de revocatoria del mandato de las autoridades