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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2004 (16/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de marzo de 2004 DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de venci- miento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial yde los Arbitrios Municipales - 2004 hasta el 30 de marzodel 2004. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Muni- cipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración yFinanzas, Gerencia de Informática y Gerencia de ImagenInstitucional el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 05321 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G2D /G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G72/G61/G64/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G6F/G6E/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G63/G6E/G6F/G6C/G6F/G67/GED/G61/G20/G64/G69/G67/G69/G74/G61/G6C/G20/G70/G6F/G72/G20/G6E/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G74/G69/G72 /G73/G75/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 34-2004-ACSS Santiago de Surco, 12 de marzo de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; en atención a los DictámenesNºs. 014-2004-CGM-MSS y 020-2004-CAJ/MSS de lasComisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicosrespectivamente; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 057-2004-GM-MSS la Geren- cia Municipal remite la documentación pertinente a la Ofi-cina de Secretaría General para la aprobación de la exo-neración de convocatoria a proceso de selección de la con-tratación del servicio de radio comunicación troncalizadade tecnología digital, para su análisis previo a su aproba-ción; Que, mediante Informe Nº 120-2004-SGL-GA-GCAR- MSS de fecha 30.ENE.2004, la Subgerencia de Logísticamanifiesta que se ha recibido el Oficio Nº 013-2004-MTC-/17 de fecha 23.ENE.2004, de la Dirección General deGestión de Telecomunicaciones del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, mediante el cual se informa quela única empresa que presta servicios de Radio Comuni-cación (servicio móvil de canales múltiples de selecciónautomática), que utilizan tecnología digital, en la ciudad deLima, es Nextel del Perú S.A., motivo por el cual sus servi-cios son los que se encuadran en el supuesto fáctico pre-visto en el artículo 19º literal f) del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM ypor lo que se solicita que se proceda a disponer la exone-ración correspondiente, a fin de contratar el indicado servi-cio; Que, con Memorándum Nº 112-2004-OAJ-MSS el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica señala que a mérito delOficio Nº 013-2004-MTC-/17 antes referido se acredita queNextel del Perú S.A. es la única empresa proveedora delservicio requerido por la Municipalidad, por lo que consi-dera procedente la exoneración de convocatoria a procesode selección, para la contratación del servicio de radio co-municación troncalizada con tecnología digital, toda vez quese presenta la justificación técnica y legal de la misma,según lo señala el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM – Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, están exoneradas delos procesos de Licitación Pública, Concurso Público oAdjudicación directa, según sea el caso, las adjudicacio-nes y contrataciones que se realicen cuando los bie-nes y servicios no admitan sustitutos, dado que la em-presa Nextel del Perú S.A. es la única empresa provee-dora que suministra el servicio de radio comunicacióntroncalizada digital; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numerales 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la Ley Or-gánica de Municipalidades Nº 27972; con dispensa del trá-mite de lectura y aprobación del acta; por Unanimidad apro-bó el siguiente: ACUERDO 1. Aprobar la exoneración a convocar el proceso de selección correspondiente, para la contratación del servi-cio de radio comunicación troncalizada con tecnología di-gital, por tratarse de un servicio que no admite sustitutos,el mismo que presta la empresa Nextel del Perú S.A., con-tratación que se realizará a partir del 24.MAR.2004 hastael 31.DIC.2004, por un monto total de S/.250,316.94 (Dos-cientos cincuenta mil trescientos dieciséis y 94/100 Nue-vos Soles) 2. La contratación mencionada se realizará con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos DirectamenteRecaudados. 3. Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Perua-no, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 05300 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA /G50/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G63/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73 /G6D/G6F/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G76/G69/G65/G72/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G67/G61/G2D /G73/G65/G6F/G73/G6F/G73/G20/G79/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6E/G20/G75/G6E/G20/GED/G6E/G64/G69/G63/G65 /G73/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6C/GED/G6D/G69/G74/G65/G73/G20/G6D/GE1/G78/G69/G6D/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G2D/G73/G69/G62/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 006/2004-MDA EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA, PROVINCIA DE HUARAL,DEPARTAMENTO DE LIMA (HOY REGIÓN) POR CUANTO:El Concejo Distrital del Aucallama, Huaral, en Se- sión ordinaria de fecha 11 de marzo del 2004, se aprue-ba la norma de Ordenamiento Jurídico Municipal deGobierno y Administración, sobre las infracciones depapeletas de los vehículos que emiten humos, gases,ruidos, y demás elementos contaminantes de la atmós-fera y el ambiente; y,