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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2004 (01/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G37/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de mayo de 2004 maquinarias para el mantenimiento de Parques y Jardines y otros operativos programados por la Entidad, por lo quees necesario declarar en Situación de Urgencia a partir del30 de enero del 2004, por el período de hasta 60 días, mien-tras se realice el proceso de Selección por AdjudicaciónDirecta Selectiva; Que, según Informe Nº 001-2004-DAG/ML de la Direc- ción de Administración General, corroboró lo expresado porla Unidad de Abastecimiento, refiriendo que la Declaraciónde Urgencia servirá para la contratación de una PersonaNatural o Jurídica para que abastezca de CombustiblesLiquidos, conformado por Gasolina de 90 octanos y Petró- leo Diesel D-2, cuyo monto asciende hasta S/. 33,300.00 nuevos soles, por el período de hasta 60 días; Que, mediante el Informe Nº 006-2004-OAL/ML de la Oficina de Asesoría Legal precisa que estando a las cir-cunstancias expuestas a los informes que anteceden, de-viene procedente declarar la Situación de Urgencia para la Adquisición de Combustibles para la Flota Vehicular y Ma- quinaria de la Municipalidad de Lurín, y de esa forma no separalicen los principales servicios como son: SeguridadCiudadana, Defensa Civil y otros operativos programadospor la entidad, contemplado en los Arts. 19º y 25º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado aprobado mediante el D.S. Nº 012-2001- PCM, aplicable también en este caso los alcances de losArts. 105º, 115º y 116º del Reglamento aprobado por D.S.Nº 013-2001-PCM, medida legal a tomarse mientras dureel Proceso de Selección denominado Adjudicación DirectaSelectiva para la contratación de una Persona Natural o Jurídica para la Adquisición del Combustible Liquido, pu- diéndose procederse a un proceso de Adjudicación deMenor Cuantía previo Acuerdo de Concejo; En uso de las atribuciones del Art. 10º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Arts. 19º y21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012- 2001-PCM, con el voto unamine de los señores Regido-res, con la dispensa del trámite de aprobación de Actas; SE ACUERDA: Artículo Primero.- INCLUIR en el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo Nº 014-2004/ML de fecha 30 de ene-ro del 2004 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 defebrero del 2004, la Unidad Ejecutora como a continuaciónse indica: e) Unidad Ejecutora: Unidad de Abastecimiento Artículo Segundo.- Ratificar el contenido de todos los demás artículos del Acuerdo de Concejo Nº 014-2004/MLde fecha 30 de enero del 2004. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Con- traloría General de la República el presente Acuerdo con- forme lo dispone el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM,Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 08293 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G2D/G74/G6F/G73/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 422-2004-MDP/A Pachacámac, 26 de abril de 2004VISTOS: El Informe Nº 003-2004-CE/MDP, del Comité Especial, encargado del proceso de adquisición de productos alimen-ticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipa-lidad Distrital de Pachacámac; el Informe Nº 370-2004- MDP/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; referidos a la nulidad de la Licitación Pública Nacional, Nº 0001-2004-MDP/CE; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo estipulado en el artículo 78º del D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Comi-té Especial procedió a elevar todo lo actuado en el pro-ceso de Licitación Pública Nacional Nº 0001-2004-MDP/C, ante el CONSUCODE, quienes vía Oficio Nº 157-2004 (GTN/ATN), indicó al Comité Especial a proceder de con- formidad a lo señalado en el procedimiento Nº 08 delTexto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)del Concejo Superior. En razón a que las empresas In-sumos Mantaro S.R.L. y Alimentos Enriquecidos Diver-sos S.A.C. abonaron el costo de la tasa que establece el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE; Que, asimismo el CONSUCODE ha emitido su Pro- nunciamiento Nº 064-2004 (GTN), el cual taxativamenteseñal que la entidad deberá adoptar las medidas nece-sarias para declarar de oficio la nulidad de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2004-MDP/CE, convocada para la adquisición de productos alimenticios para el Pro-grama del Vaso de Leche, en concordancia con los ar-gumentos expuestos en dicho Pronunciamiento; Que, en tal sentido, se debe proceder ha declarar de oficio la nulidad del proceso de Licitación Pública Nacio- nal Nº 001-2004-MDP/CE, de conformidad a lo señalado por el artículo 26º Nulidad de Oficio, del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, que señala que el Titular delPliego o la máxima autoridad administrativa de la Enti-dad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nu- lidad del proceso de selección por alguna de las causa- les establecidas en el artículo 57º, Nulidad, del D.S. Nº012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, solo hasta an-tes de la celebración del contrato; esta facultad es inde-legable; Que, el artículo 57º, Nulidad, de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, además de señalarlas causales de nulidad, establece que, la Resoluciónque declara la Nulidad, debe expresar la etapa a la quese retrotraerá el proceso; De conformidad a las facultades otorgadas por el nu- meral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 27972, y del artículo 26º del D.S. Nº013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la nulidad de oficio del proceso de Licitación Pública Nacional Nº 0001-2004-MDP/CE, en virtud a lo expuesto en los considerandos,debiéndose retrotraer el proceso hasta la etapa de ela-boración de bases, publicándose la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial, la elaboración de Bases Administrativas tomando en cuentalo señalado en el Pronunciamiento Nº 064-2004 (GTN)del CONSUCODE. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Tesore- ría el reembolso del pago por concepto de todos los ad- quirientes de las mismas, y/o el canje de estas por lasBases del siguiente proceso de selección. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 08276