Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2004 (01/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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maquinarias para el mantenimiento de Parques y Jardines y otros operativos programados por la Entidad, por lo que es necesario declarar en Situacion de Urgencia a partir del 30 de enero del 2004, por el periodo de hasta 60 dias, mientras se realice el MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva; Que, segun Informe Nº 001-2004-DAG/ML de la Direccion de Administracion General, corroboro lo expresado por la Unidad de Abastecimiento, refiriendo que la Declaracion de Urgencia servira para la contratacion de una Persona Natural o Juridica para que abastezca de Combustibles Liquidos, conformado por Gasolina de 90 octanos y Petroleo Diesel D-2, cuyo monto asciende hasta S/. 33,300.00 nuevos soles, por el periodo de hasta 60 dias; Que, mediante el Informe Nº 006-2004-OAL/ML de la Oficina de Asesoria Legal precisa que estando a las circunstancias expuestas a los informes que anteceden, deviene procedente declarar la Situacion de Urgencia para la Adquisicion de Combustibles para la Flota Vehicular y Maquinaria de la Municipalidad de Lurin, y de esa forma no se paralicen los principales servicios como son: Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y otros operativos programados por la entidad, contemplado en los Arts. 19º y 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el D.S. Nº 012-2001PCM, aplicable tambien en este caso los alcances de los Arts. 105º, 115º y 116º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, medida legal a tomarse mientras dure el MORDAZA de Seleccion denominado Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de una Persona Natural o Juridica para la Adquisicion del Combustible Liquido, pudiendose procederse a un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia previo Acuerdo de Concejo; En uso de las atribuciones del Art. 10º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Arts. 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 0122001-PCM, con el MORDAZA unamine de los senores Regidores, con la dispensa del tramite de aprobacion de Actas; SE ACUERDA: Articulo Primero.- INCLUIR en el Articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Nº 014-2004/ML de fecha 30 de enero del 2004 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de febrero del 2004, la Unidad Ejecutora como a continuacion se indica: e) Unidad Ejecutora: Unidad de Abastecimiento Articulo Segundo.- Ratificar el contenido de todos los demas articulos del Acuerdo de Concejo Nº 014-2004/ML de fecha 30 de enero del 2004. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica el presente Acuerdo conforme lo dispone el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 08293

El Informe Nº 003-2004-CE/MDP, del Comite Especial, encargado del MORDAZA de adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pachacamac; el Informe Nº 370-2004MDP/GAJ, de la Gerencia de Asesoria Juridica; referidos a la nulidad de la Licitacion Publica Nacional, Nº 0001-2004MDP/CE; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo estipulado en el articulo 78º del D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Comite Especial procedio a elevar todo lo actuado en el MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2004-MDP/ C, ante el CONSUCODE, quienes via Oficio Nº 157-2004 (GTN/ATN), indico al Comite Especial a proceder de conformidad a lo senalado en el procedimiento Nº 08 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Concejo Superior. En razon a que las empresas Insumos Mantaro S.R.L. y Alimentos Enriquecidos Diversos S.A.C. abonaron el costo de la tasa que establece el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE; Que, asimismo el CONSUCODE ha emitido su Pronunciamiento Nº 064-2004 (GTN), el cual taxativamente senal que la entidad debera adoptar las medidas necesarias para declarar de oficio la nulidad de la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2004-MDP/CE, convocada para la adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, en concordancia con los argumentos expuestos en dicho Pronunciamiento; Que, en tal sentido, se debe proceder ha declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-MDP/CE, de conformidad a lo senalado por el articulo 26º Nulidad de Oficio, del D.S. Nº 0132001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que senala que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º, Nulidad, del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; esta facultad es indelegable; Que, el articulo 57º, Nulidad, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ademas de senalar las causales de nulidad, establece que, la Resolucion que declara la Nulidad, debe expresar la etapa a la que se retrotraera el proceso; De conformidad a las facultades otorgadas por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y del articulo 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2004MDP/CE, en virtud a lo expuesto en los considerandos, debiendose retrotraer el MORDAZA hasta la etapa de elaboracion de bases, publicandose la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial, la elaboracion de Bases Administrativas tomando en cuenta lo senalado en el Pronunciamiento Nº 064-2004 (GTN) del CONSUCODE. Articulo Tercero.- Encargar a la Unidad de Tesoreria el reembolso del pago por concepto de todos los adquirientes de las mismas, y/o el canje de estas por las Bases del siguiente MORDAZA de seleccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 08276

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Declaran nulidad de licitacion publica convocada para adquisicion de productos alimenticios del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 422-2004-MDP/A MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004

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