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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de mayo de 2004 tecnología y modernidad son características inherentes y especiales por lo que brindan los servicios de entrena- miento Inicial y de Refresco de forma exclusiva en rela- ción a las otras empresas existentes en el mercado, cua-lidades objetivamente apreciables e invalorables que constituyen características de los servicios personalísi- mos, adecuándose a los requerimientos de la FAP; Que, otra ventaja de la Compañía CAE USA, INC, es su ubicación geográfica dentro de la región continental con respecto a otros centros ubicados en diversas par-tes del mundo tales como CAE Argelia, CAE Australia, CAE Bélgica, CAE Egipto, CAE Indonesia, CAE Marrue- cos, CAE Arabia Saudita, etc lo que permite aprovecharsu cercanía a fin de evitar sobre costos en el traslado del personal (transporte, viáticos y tiempo); Que, el Programa Director de entrenamiento PDE FAP 55-1 y las Directivas de prevención de accidentes esta- blecen la necesidad que las tripulaciones aéreas reali- cen entrenamiento en simulador de vuelos; la OACIcontempla que para el ejercicio del pilotaje los pilotos deben recibir entrenamiento en simuladores de vuelo, con el fin de que se mantenga un nivel de entrenamientoestándar; Que, el curso de entrenamiento Inicial tiene una dura- ción de 21 días, para tres (3) oficiales pilotos y dos (2)ingenieros de vuelo por el importe total de veintiséis mil ochocientos sesenta con 00/100 dólares americanos (US$ 26,860.00) con cargo al presupuesto RO-AF-2004,en la cadena de gasto 5.3.11.39. encontrándose dicha contratación considerada en el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones para el año 2004 de la FuerzaAérea del Perú en el rubro 54; Que, el curso de entrenamiento de Refresco tiene una duración de 5 días para cuatro (4) pilotos y cuatro (4)ingenieros de vuelo por el importe de veintiún mil sete- cientos veinte con 00/100 dólares americanos (US$ 21,720.00), con cargo al presupuesto RDR-AF-2004, enla cadena de gasto 5.3.11.39. encontrándose dicha con- tratación considerada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2004 de la Fuerza Aéreadel Perú en el rubro 58; Que, del informe Legal Nº 013-2004 del 25 de febrero del 2004 del Asesor Legal del Ala Aérea Nº 2 de la Fuer-za Aérea del Perú, que forma parte de la presente Reso- lución, entre otros aspectos se comprueba que la solici- tud de exoneración del proceso de selección de "Adjudi-cación Directa Pública" por la causal de "Servicios Per- sonalísimos", se encuentra enmarcada dentro de los al- cances del inciso h), artículo 19º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, concordante con el artículo 111º del Reglamentode la pre citada norma aprobada con el Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, dispone que están exoneradas de los procesosde Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contra- taciones que se realicen por "Servicios Personalísimos"; Que, para tal efecto el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las contrataciones a que se re-fiere el artículo 19º, se realizarán mediante el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía, y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego dela Entidad; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porel Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de serviciospersonalísimos celebrados con personas naturales o ju- rídicas, cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del loca-dor, ya sea por sus características inherentes, particula- res o especiales; o por su determinada calidad, profe- sión, ciencia, arte u oficio; Que, los artículos 105º y 116º del citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, es-tablecen que de producirse los supuestos señalados en el artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, las contrataciones y adquisiciones seefectúan mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, para tal efecto la Autoridad competente para aprobar la exoneración designará a la dependencia u órgano encargado de llevar a cabo el mencionado proce-so, de acuerdo al monto involucrado, su complejidad, envergadura o sofisticación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aérea de los pro- cesos de selección de "Adjudicación Directa Pública" por la causal de "Servicios Personalísimos" para la contratación de la empresa CAE USA, INC. Artículo 2º.- Aprobar la contratación de la empresa CAE USA, INC. para que realice el curso de entrena- miento Inicial y de Refresco en los simuladores de vue-lo para las tripulaciones de las aeronaves de transpor- te L-100-20, disponiéndose que la misma se efectúe mediante el proceso de selección de "Adjudicación deMenor Cuantía", correspondiendo el valor referencial para el Curso Inicial a veintiséis mil ochocientos se- senta con 00/100 dólares americanos (US$ 26,860.00)con cargo al presupuesto RO-AF-2004, y el valor refe- rencial para el Curso de Refresco a veintiún mil sete- cientos veinte con 00/100 dólares americanos (US$21,720.00), con cargo al presupuesto RDR-AF-2004, ambos en la cadena de gasto 5.3.11.39. Artículo 3º.- Autorizar al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú a nombrar al Comité Especial que llevará a cabo el respectivo proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía para la contratacióndel servicio a que se refiere el artículo anterior, y al Comando de Operaciones, a aprobar las Bases y sus- cribir el contrato correspondiente de conformidad conlo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla- mento. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial será de conocimiento de la Contraloría General de la Repúbli- ca, a la que se remitirán los antecedentes del caso, den-tro de los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 08528 /G46/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G6E/G20/G61/G20/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G69/G65/G2D /G67/G6F/G20/G30/G32/G36/G3A/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G2D/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G70/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G61/G65/G6A/G65/G72/G63/G65/G72/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 525-2004-DE/SG Lima, 30 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27860 "Ley del Ministe- rio de Defensa", señala que el Ministro de Defensa es lamáxima autoridad del Ministerio y Titular del Pliego del Sector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-DE/SG, publi- cado el 24 de junio de 2001, se aprueba el "Reglamento de Administración de la Propiedad Inmobiliaria del Sector De- fensa"; Que, el artículo 3º del indicado Decreto Supremo seña- la que la Dirección General o Comando que desarrolla las actividades logísticas de cada Instituto conformante de lasFuerzas Armadas y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, es la encargada de registrar, administrar y cau- telar el patrimonio inmobiliario de cada uno de ellos; Que, asimismo, la Tercera Disposición Complementa- ria del dispositivo legal referido en el párrafo precedente, faculta al Ministerio de Defensa para dictar normas com-plementarias para la mejor aplicación de dicho Reglamen- to; Que, es necesario que todas las Unidades Ejecuto- ras del Ministerio de Defensa tengan la misma autono-