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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G32/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de mayo de 2004 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G2D /G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G67/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 469-2004/MINSA Lima, 7 de mayo del 2004 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislati- vo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la CarreraAdministrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Sr. Carlos Enrique ADRIANZÉN BUSTAMANTE, al cargo deDirector Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Lo-gística de la Dirección General de Administración del Mi-nisterio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Sr. Julio Enrique NEGRÓN MARTIJENA, en el cargo de Director Ejecutivo, NivelF-4, de la Oficina Ejecutiva de Logística de la DirecciónGeneral de Administración del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 08854 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G32/GBA/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G37/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G54/G43 DECRETO SUPREMO Nº 022-2004-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-MTC, se constituyó la Comisión Multisectorial e Interdisciplinaria de For-malización de los Servicios de Transporte Interprovincial dePasajeros y de Carga en Camión, cuya misión es estudiar, ela-borar y proponer al Gobierno políticas y estrategias encamina-das a fortalecer el Sistema de Fiscalización de los Servicios de Transporte Interprovincial de Pasajeros y de Carga en Camión, así como evaluar las distintas alternativas para la solución delos problemas estructurales del transporte de carga; Que, según lo dispuesto en el citado Decreto Supremo, la Comisión mencionada está integrada, entre otros, pordos representantes titulares y dos representantes alternos de los gremios representativos de los generadores de car- ga, del servicio de transporte interprovincial de pasajerosy del servicio de transporte de carga en camión; Que, a fin de promover una mayor participación plural, democrática y representativa de los transportistas en lareferida Comisión, resulta conveniente incrementar el nú- mero de representantes de los gremios mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y elDecreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 2º del Decreto Su- premo Nº 017-2004-MTC, en los términos siguientes:"Artículo 2º.- La Comisión a que se refiere el artículo precedente estará integrada por un representante titular yuno alterno de las siguientes instituciones: - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien la presidirá; - Ministerio del Interior; - Ministerio de Economía y Finanzas;- Superintendencia Nacional de Administración Tribu- taria; - Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios;- Gremios representativos de los generadores de car- ga (tres representantes titulares y tres alternos); - Gremios representativos del servicio de transporte in- terprovincial de pasajeros (tres representantes titulares ytres alternos); y, - Gremios representativos del servicio de transporte de carga en camión (tres representantes titulares y tres alter- nos). Excepcionalmente, cuando el caso lo requiera la Comi- sión podrá invitar por acuerdo de sus miembros a repre-sentantes de otros organismos, instituciones, gremios yentidades públicas y privadas en general para el tratamiento de temas específicos, en las sesiones designadas para ello." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de mayo del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08882 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G65/G72/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E /G4E/GBA/G20/G31/G36/G35/G33/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G4D/G54/G43/G2F/G31/G35/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G73/G75/G73/G74/G69/G74/G75/G69/G72/G20/GF3/G6D/G6E/G69/G62/G75/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 325-2004-MTC/02 Lima, 5 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, con solicitud del 28.10.2002 la Empresa de Trans- portes REGIONAL ANDRES AVELINO CACERES S.R.L.solicita la sustitución de flota con el retiro de su padrón vehi-cular del vehículo de placa de rodaje Nº UO-6022, ingresan-do en su reemplazo el vehículo de placa de rodaje Nº VG- 5260, habiendo presentado, entre otros requisitos, una de- claración jurada señalando que el vehículo ofertado para lasustitución de flota no había sido convertido de remolcadoro camión a ómnibus, conforme lo señala el artículo 279º delReglamento Nacional de Administración de Transportes,aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC; Que, con Resolución Directoral Nº 1653-2002-MTC/15 del 11.12.2002, se autorizó la sustitución del ómnibus deplaca de rodaje Nº UO-6022 (1995) por el vehículo de pla-ca de rodaje Nº VG-5260 (1991) para efectuar el serviciopúblico de transporte terrestre nacional de pasajeros en laruta Huancayo-Lima y viceversa, autorizada mediante Re- solución Directoral Nº 059-95-MTC/15.15; Que, como resultado de la acción de control posterior, llevada a cabo por la Dirección General de Circulación Te-rrestre, el representante de VOLVO PERU S.A. informó concarta del 16.02.2004, que el ómnibus de placa de rodaje NºVG-5260, Marca Volvo, Modelo FL-10, VIN: YV2F2CBC4MA353781, Motor Nº TD102FH257232017, año de fabricación: 1991, corresponde a un chasis de ca-mión FL10 6 x 2 Chasis largo ensamblado;