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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G32/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de mayo de 2004 Que, esta Corporación Municipal, mediante Resolución de Alcaldía Nº 661-2003- AL/MDSMP de fecha 11 de se-tiembre del 2003 designó al Procurador Público Municipal; Que, los artículos 4º, 12º y 13º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representación y Defensa del Estado enJuicio, faculta a los Procuradores del Estado a desempe-ñar sus labores, conforme a su propio criterio y en la formaque estime más arreglada a ley, así como el de tramitarante jueces o quienes corresponda, medidas cautelares ytodas las diligencias preparatorias necesarias para defen-der o promover los derechos del Estado, con cargo a serconvalidados dichos actos; Que, a la fecha se viene tramitando en el Juzgado Mix- to del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, que despa-cha la Dra. HILDA HUERTA RÍOS, el Expediente Nº 2002-0078-0-2703-JM-LA-01, seguido por Aldo Yohnny PortellaValverde y Otros, contra esta Corporación Municipal, so-bre Proceso de Ejecución cuya pretensión es la Ejecuciónde Resolución Administrativa, el cual se encuentra en eje-cución de sentencia; Que, en este proceso, los demandantes han interpues- to una Medida Cautelar de Embargo en forma de Reten-ción, en contra de la Corporación Municipal, ExpedienteNº 2002-0078-35-2703-JM-LA-01, habiéndose trabado unembargo de Cuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles, (S/. 400,000.00). La Procuraduría en cumplimiento de sus fun-ciones interpuso recurso de apelación, el cual, la CorteSuperior de Justicia del Cono Norte de Lima, medianteResolución de fecha 6 de febrero del año en curso, declaróNula la Resolución que ordena el embargo, disponiendoque el A QUO proceda con arreglo a ley, considerando losfundamentos de la citada resolución; Que, en virtud del Mandato del Superior, la Corpora- ción Municipal con fecha 23 de marzo del 2004, solicitó alJuzgado Mixto de Condevilla la devolución del Certificadodel Banco de la Nación Nº 2003321203854 que contiene elmonto embargado de Cuatrocientos Mil y 00/100 NuevosSoles (S/. 400.000.00), por haberse declarado Nulo el em-bargo, y carecer de objeto que hasta la fecha continúe re-tenido el citado documento, por cuanto la Sala Civil Supe-rior ha resuelto favorablemente a los intereses de nuestraCorporación Municipal, y esta Municipalidad viene cum-pliendo con los pagos de la obligación contenida en la sen-tencia; Que, pese al tiempo transcurrido y habiendo ingresado con fecha 5 de abril del presente año, la orden del Superioral Despacho del A QUO, a cargo de la Dra. Hilda HuertaRíos, Juez Titular del Juzgado Mixto del Módulo Básico deJusticia de Condevilla, que tiene que proveer nuestro es-crito de fecha 23 de marzo del presente año y dar cumpli-miento a lo ordenado por el AD QUEM, hasta la fecha noresuelve dicho recurso y continúa reteniendo indebidamenteel mencionado Certificado de Consignación, a pesar delas gestiones efectuadas por la Procuraduría ante el Des-pacho de la citada Magistrada, haciendo presumir su dolo-sa intención con el objeto de causar mayores agravios a laMunicipalidad Distrital de San Martín de Porres, en claramuestra de parcialización con la parte contraria; Que, ante estos hechos, la Municipalidad tiene expedi- ta la defensa de sus derechos que la ley le franquea, me-diante las acciones que deba adoptar el Procurador Públi-co Municipal, para recurrir ante el Órgano de Control Inter-no del Poder Judicial, la Presidencia de la Corte Superiorde Justicia del Cono Norte de Lima, el Ministerio Público ytodas las Instancias pertinentes para interponer quejas ver-bales, escritas y denuncias penales contra la citada Ma-gistrada; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº17537, y con las facultades conferidas por la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de lospresentes el Concejo Municipal integrado por el señor Al-calde Lucio Campos Huayta, y de los señores RegidoresJesús Alvaro Veliz Duarte, Pedro Carlos Casanova Saave-dra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramí-rez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger HernánPaz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, MaríaGuadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vi-dalón, Carlos Enrique Calderón Carvajal, Roberto Asun-ción Castillo Paulino, Gloria Luz Santillán Ríos y con laausencia justificada del Regidor Luis Caballero Sabino, ycon dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico Municipal, para que en el ejercicio de sus funcionesinterponga denuncia contra la Magistrada Dra. Hilda Huer- ta Ríos, Juez Titular del Juzgado Mixto del Módulo Básicode Justicia de Condevilla, y otros que resulten responsa-bles por los presuntos delitos de Abuso de Autoridad, Pre-varicato y otros; por la retención indebida del Certificadodel Banco de la Nación Nº 2003321203854 por la suma deCuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 400,000.00). Artículo Segundo.- Que, el Procurador y/o los aboga- dos adscritos a la Procuraduría Pública Municipal, se aper-sonen a las investigaciones preliminares ante el MinisterioPúblico, Dependencias Policiales y Autoridades Jurisdic-cionales derivadas de la denuncia penal presentada, endefensa de los intereses de la Corporación Municipal. Artículo Tercero.- Encargar a la Procuraduría Munici- pal, informar y dar cuenta al Concejo respecto a las accio-nes que se han de implementar, así como el estado delproceso iniciado y/o en trámite. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 08784 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G63/G75/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G75/G6E/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/GFA/G6E/G69/G2D /G63/G6F/G20/G73/G69/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G75/G62/G69/G2D /G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F GERENCIA DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 165-2004-GDU-MDSM San Miguel, 19 de abril de 2004Visto el Expediente Nº 001593-2004, organizado por ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DEL CENTRO CO-MERCIAL MARANGA, sobre Acumulación de lotes sincambio de uso de un Área de 1,023.50 m2, calificado paraUso Comercial, ubicados en la Av. Elmer Faucett, lote 23 ylote 24, manzana "EF", de la urbanización Maranga 2da.Fase - 5ta. Etapa, del distrito de San Miguel, provincia ydepartamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, el recurrente ha cumplido con presentar la docu- mentación requerida para el trámite correspondiente, y ha-biendo abonado los derechos administrativos señaladosen el Texto Único de Procedimientos Administrativos de laMunicipalidad Distrital de San Miguel aprobado vía Orde-nanza Nº 011-2000-MDSM, ratificado vía Ordenanza Nº015-2001-MDSM, y el Reglamento Nacional de Construc-ciones; Estando el Informe Nº 099-2004-CGRC/SGFUC/GDU/ MDSM del 1 de abril del 2004, emitido en la Subgerenciade Fiscalización Urbana y Catastro; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, la Acumulación en un Lote Único sin Cambio de Uso con un Área de 1,023.50m2 (Mil Veinte y Tres Metros Cuadrados con Cincuenta De-címetros Cuadrados), el Perímetro que circunscribe la su-perficie Acumulada es de 134.47 ml (Ciento Treinta y Cua-tro Metros Lineales y Cuarenta y Siete Decímetros Linea-les), ubicado en la Av. Elmer Faucett, esq. Jr. Huancauri,lotes 23 y 24, de la manzana "EF", de la urbanización Ma-ranga, 2da. Fase - 5ta. Etapa, del distrito de San Miguel,provincia y departamento de Lima, de la siguiente forma: - Lote 23.- Con un área de 483.00 m2 y un perímetro de 88.30 ml. - Lote 24.- Con un área de 540.50 m2 y un perímetro de 93.07 ml. Las características de los lotes figuran en los Planos y Memoria Descriptiva que se anexan, y que forman partede la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la Inscripción ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos