Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2004 (12/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2004

Que, durante el ano 2003, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783 y sus normas modificatorias, Ley de Bases de la Descentralizacion, por la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 y sus normas modificatorias, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y por la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se inicio el MORDAZA de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales de los fondos y proyectos sociales, programas sociales de lucha contra la pobreza y proyectos de inversion en infraestructura productiva de alcance regional, en funcion de las capacidades de gestion de cada Gobierno Regional o Local; Que, la MORDAZA y MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases de Descentralizacion, la Cuarta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, y la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades, establecen que la tercera y cuarta etapa del MORDAZA de la descentralizacion se inician en el ano 2004 con la transferencia progresiva y ordenada de las funciones y servicios, y sus respectivos recursos presupuestales, personal, acervo documentario y bienes, en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, transportes, comunicaciones, medio ambiente, vivienda, saneamiento, sustentabilidad de los recursos naturales, circulacion y MORDAZA, conservacion de monumentos arqueologicos e historicos, cultura, recreacion y deporte, educacion y salud, hacia los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda; Que, en estricto cumplimiento del procedimiento legalmente establecido por el articulo 83º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y la Setima Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades, las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional le han presentado al Consejo Nacional de Descentralizacion su correspondiente propuesta de "Plan Anual de Transferencia" para el ano 2004, en cuya virtud, luego de la evaluacion y articulacion de los mismos, el Consejo Nacional de Descentralizacion ha coordinado la formulacion del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004", el mismo que da continuidad a la transferencia de fondos, proyectos y programas iniciada a partir del ano 2003 e inicia la transferencia de funciones y servicios en materias sectoriales a partir del ano 2004; Que, segun las normas senaladas en el considerando precedente, el Consejo Nacional de Descentralizacion, en su calidad de organismo que dirige y conduce el MORDAZA de la descentralizacion, asi como responsable de normar y monitorear las acciones y transferencias senaladas en cada una de las etapas del MORDAZA, ha presentado dentro del plazo de ley , luego de ser aprobado en la Sesion de su Consejo Directivo de fecha 29 de marzo de 2004, el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004", para su correspondiente aprobacion por Decreto Supremo, el mismo que requiere el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27783 modificada por las Leyes Nºs. 27950 y 28139, Ley de Bases de la Descentralizacion, en la Ley Nº 27867 modificada y complementada por las Leyes Nºs. 27902, 28013 y 28161, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004" Apruebese el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Lo-

cales del ano 2004", el que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo, en cumplimiento de los principios establecidos en el Titulo IV Capitulo XIV - "De la Descentralizacion" de la Constitucion Politica del Peru, asi como de los principios y criterios establecidos en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Articulo 2º.- Coordinacion del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004" El Consejo Nacional de Descentralizacion, en su condicion de organismo que dirige y conduce el MORDAZA de la descentralizacion, asi como responsable de normar y monitorear las acciones y transferencias senaladas en cada una de las etapas de dicho MORDAZA, tiene a su cargo la coordinacion para la ejecucion del Plan a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto, en cuya virtud, dictara las disposiciones pertinentes que garanticen un progresivo y ordenado MORDAZA de transferencia de los Sectores del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales. Articulo 3º.- Ejecucion del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004" Los Sectores del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales involucrados, y el Consejo Nacional de Descentralizacion en lo que le resulte aplicable, quedan encargados de la ejecucion del Plan a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto, con cargo a sus respectivos pliegos presupuestales, para lo cual, deberan cumplir, segun el caso, con las disposiciones de la Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, la Ley Organica de Municipalidades, sus correspondientes normas reglamentarias y complementarias, asi como, con las que se establezcan para el Sistema de Acreditacion conforme al mandato del articulo 85º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales y de la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 5º.- Derogatoria y vigencia Quedan derogadas todas las normas que se opongan al presente Decreto Supremo, el mismo que rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIAS DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL ANO 2004 CONTENIDO I. II. TRANSFERENCIAS PARA EL ANO 2004 CRONOGRAMA DE LAS TRANSFERENCIAS CORRESPONDIENTES AL ANO 2004 ACCIONES ESTRATEGICAS PARA LA IMPLEMENTACION DEL PLAN

III.

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