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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G32/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de mayo de 2004 premo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Ca- rrera Administrativa; De acuerdo con la propuesta formulada; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al se- ñor ENRIQUE GARRIDO-LECCA RISCO, en el cargo deDirector General de la Oficina General de Informática yEstadística, cargo de confianza, Nivel F-5, del Ministeriode Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 08976 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/GE1/G71/G75/G69/G2D /G6E/G61/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G2D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G46/G6C/G61/G6D/G69/G6E/G67/G6F/G20/G47/G61/G6D/G65/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 204-2004-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 28 de abril de 2004 Visto, el Expediente Nº 000266-2004-MINCETUR, de fecha 03.03.2004, presentado por la empresa Flamingo Games S.A.C., en el que solicita autorización y registro de un (1) modelo de máquina tragamonedas; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo 11ºdel citado cuerpo legal que los modelos de máquinas tra-gamonedas cuya explotación es permitida en el país sonaquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, señala la información y documentación que deben presen-tar los interesados en obtener la autorización y registro delos modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego deberán someterse con anterioridad a su autorización y re-gistro, a un examen técnico ante una entidad autorizada, lacual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acredita-rá que el modelo o las memorias que componen el progra-ma de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumpli- miento Nº 200310-05, expedido por el Laboratorio de Certi-ficación de la Pontificia Universidad Católica del Perú de fe-cha 20.10.2003, y verificado los requisitos técnicos de lamáquina tragamonedas cuya autorización y registro solici- tan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplidocon las disposiciones legales aplicables para que la Direc-ción Nacional de Turismo acceda a la autorización y regis- tro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supre- mo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 delDecreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a loopinado en los Informes Técnico Nº 045-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 214-2004-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Flamingo Games S.A.C., el modelo de máquina tragamonedas fabricado por la empresa Konami AustraliaPTY LTD (Australia), según el siguiente detalle:Nº de Registro B0000217 Código del Modelo ENDEAVOUR SERIES Casino Top Descripción Máquina Tragamonedas de video, de cuerpo vertical con una tapa plana horizontal y un monitor con-vencional de 19" pulgadas. Cuen-ta con aceptador de monedas y debilletes. El modelo no cuenta conpalanca lateral y puede formar par- te de un sistema de carrusel. Dimensiones Alto: 138.50 cm del Modelo Ancho: 54.00 cm Largo: 65.10 cm Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 08895 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G6E/G6A/G65/G72/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 184-2004-DE/SG Lima, 10 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingresode Tropas Extranjeras en el Territorio de la República", es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por ra- zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe especi-ficar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen- cia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS) Nº 201 de fecha 23 de abril del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en méritoa la información proporcionada por el Jefe del Grupo Con-sultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de Améri- ca, solicita se expida la autorización para el ingreso al te- rritorio de la República, sin armas de guerra, de personalmilitar de la Marina estadounidense, del 23 al 30 de mayodel presente año, con la finalidad de participar en la Confe-rencia de Planeamiento Final del Ejercicio anual UNITAS45-04, Fase Anfibia, que se desarrollará en Lima y Callao; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, al personal militar de la Mari-na de los Estados Unidos de América, cuyos nombres seindican en el Anexo que forma parte de la presente Reso-lución, del 23 al 30 de mayo del 2004, con la finalidad departicipar en la Conferencia de Planeamiento Final del Ejer- cicio anual UNITAS 45-04, Fase Anfibia, que se desarrolla- rá en Lima y Callao. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi-sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De-sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre- so de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi- ción, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,