Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2004 (18/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28222
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la ley siguiente:

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09456

LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 25410
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Modificase el articulo unico de la Ley Nº 25410, que sustituye el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 738, en los terminos siguientes: "La Autoridad politica o la autoridad policial podra solicitar la intervencion de las Fuerzas Armadas por un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario, cuando se produzcan actos de terrorismo, actos de violencia consistentes en atentados, ataques armados a entidades publicas o privadas o servicios publicos en los que se utilicen armamentos de MORDAZA o artefactos explosivos o cuando se descubran elementos suficientes de peligro real o inminente de su perpetracion, que sobrepase la capacidad operativa de la Policia Nacional del Peru. La intervencion de las Fuerzas Armadas se realiza de acuerdo a las directivas que emita el Ministerio de Defensa, en base a los planes debidamente aprobados por el Consejo de Defensa Nacional." Articulo 2º.- Estado de Derecho La intervencion de las Fuerzas Armadas en el restablecimiento de la seguridad interna no implica en modo alguno restriccion, suspension ni afectacion de los derechos fundamentales contemplados en la Constitucion, las leyes y en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Peru es parte. Articulo 3º.- Informacion que brindan las Fuerzas Armadas Las Fuerzas Armadas, durante su intervencion, brindan informacion sobre lo acontecido, cuando asi lo requiera la autoridad competente. Esta informacion la proporciona el jefe militar a cargo de la unidad respectiva, con el conocimiento de la superioridad. Articulo 4º.- Reglamentacion El Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Defensa y del Interior, reglamentara la presente Ley en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias. Articulo 5º.- Derogatoria de normas Deroganse, segun sea el caso, las disposiciones que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan viaje de funcionario de SUNASS para participar en evento organizado por ADERASA, a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 169-2004-PCM MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Asociacion de Entes Reguladores de Agua Potable y Saneamiento de las Americas - ADERASA ha organizado la Primera Reunion del Grupo Regional de Trabajo de "Benchmarking", a llevarse a cabo en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA, los dias 20 y 21 de MORDAZA de 2004; Que, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS es miembro de la ADERASA y, como tal, ha sido invitada a participar en la citada Reunion; Que, es competencia de la SUNASS regular de los servicios de saneamiento, cuya utilidad se encuentra en la posibilidad de uniformizar criterios al momento de hacer las mediciones en cuanto a la calidad de los servicios y la eficiencia en la gestion de las empresas prestadoras de servicios publicos, a tal efecto, ha determinado como conveniente la asistencia del ingeniero MORDAZA Zaldivar MORDAZA, Gerente de Supervision y Fiscalizacion de la SUNASS a dicho evento, por ser de interes institucional; Que, el Banco Mundial asumira el costo del pasaje, encontrandose a cargo de la SUNASS el costo de los viaticos y la tarifa unica de uso de aeropuerto; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA Zaldivar MORDAZA, Gerente de Supervision y Fiscalizacion de la SUNASS, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica de MORDAZA, del 20 al 21 de MORDAZA de 2004 para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos por conceptos de viaticos y tarifa unica por uso de aeropuerto que irrogue el viaje, seran cubiertos con el presupuesto institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento SUNASS, de acuerdo con el siguiente detalle: Viaticos : US$ 600.00 Tarifa unica por uso de aeropuerto : US$ 28.24

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