Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2004 (18/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2004

fin de participar en la reunion mencionada en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes: Viaticos Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto Total US$ 630.05 US$ 400.00 US$ 28.24 -----------------US$ 1 058,29

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA RUETE Presidente 09412

Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Antauta, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion para los efectos de implementar el MORDAZA de reinscripcion de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo Tercero.- Considerandose que el Registro de Reinscripcion debe tener el mismo formato oficial y secuencia numerica de los ordinarios, pero con la consignacion expresa (sello) en cada uno de los folios "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497". El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil a traves de la Subgerencia de Registro del Estado Civil debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, comuniquese y publiquese.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Antauta, para que proceda a la apertura de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 241-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2004 Visto el Informe Nº 358-2004-GO-SGREC/RENIEC de la Subgerencia de Registros del Estado Civil de fecha 25 de febrero del 2004 e Informe Nº 227 -2004-GAJ/RENIEC, de fecha 16 de marzo del 2004, de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Antauta, provincia de MORDAZA, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, conforme la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242 deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Antauta, ha cumplido con remitir los requisitos establecidos, los mismos que confirman la destruccion de Libros Registrales Originales de Nacimiento de los anos 1940 a 1952, 1958, 1960 a 1965, Matrimonio de los anos 1940 a 1945, 1957, Defuncion de los anos 1957, 1984 y 1986 a 1990; Que, sobre la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, en atencion a ser el organo constitucional MORDAZA con competencia exclusiva en materia registral; y, De conformidad con la Ley Nº 26242 y la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la solicitud de Reinscripcion de Libros Originales de Nacimiento de los anos 1940 a 1952, 1958, 1960 a 1965, Matrimonio de los anos 1940 a 1945,1957, Defuncion de los anos 1957, 1984 y 1986 a 1990, propuesta por la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Antauta, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por los considerandos anteriormente expuestos.

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09232

Prorrogan situacion de urgencia para contratacion de servicio de mensajeria
RESOLUCION JEFATURAL Nº 249-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2004 VISTO, el Oficio Nº E-255-2004(GTN/MON) de fecha veintisiete de MORDAZA del dos mil cuatro del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 083-2004JEF/RENIEC, de fecha 3 de marzo del 2004, se aprobo la prorroga de la situacion de urgencia declarada mediante Resolucion Jefatural Nº 441-2003-JEF/RENIEC para la contratacion del servicio de mensajeria a nivel nacional; Que, mediante Oficio Nº E-255-2004 (GTN/MON) de fecha 27 de MORDAZA del 2004 el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, ha solicitado que se incorpore en la parte resolutiva de la Resolucion Jefatural Nº 083-2004-JEF/RENIEC, la fuente de financiamiento y el plazo estimado que durara la contratacion exonerada; debiendo ser objeto de una aclaracion y nueva publicacion, con la finalidad de dar cumplimiento con lo dispuesto por el numeral 6.5. de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, mediante Oficio Nº 335-2004-GAD/RENIEC del 2 de marzo de 2004 la Gerencia de Administracion solicito a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto la cobertura presupuestal de S/. 280,000.00 Nuevos Soles para efectos de prorrogar la situacion de urgencia del servicio de mensajeria a nivel nacional por el periodo aproximado de 4 meses o hasta que sea adjudicado y suscrito el MORDAZA contrato con el proveedor de este servicio; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 083-2004-JEF/ RENIEC del 3 de marzo de 2004, quedo establecido que la Gerencia de Presupuesto y Planificacion otorgo la cobertura presupuestal para la prorroga de la urgencia del servicio de mensajeria nacional por la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Oficio Nº E-255-2004 (GTN/MON) de la Gerencia Tecnico Normativa de CONSUCODE y la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y, con el visto MORDAZA de las Gerencias de Administracion y de Asesoria Juridica;

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