Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2004 (18/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 18 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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la Region no se encuentran dispuestos a entregar los equipos de transmision, lo cual agravia el interes publico al ser el IRTP el propietario de estos; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0672003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra el Gobierno Regional de San MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09407 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 132-2004-PCM MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2004 Vistos, el Oficio Nº 177-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Publico del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 081-2004-GG/IRTP del Gerente General del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM se adscribio al Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros como un organismo publico descentralizado; Que, por Informe Legal Nº 005-2004-OGAL/IRTP del Director General de Asesoria Legal del IRTP se indica en el Convenio de Cooperacion Interinstitucional, de fecha 18 de agosto de 2003, el Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA (actualmente Gobierno Re-

gional de Cajamarca) y el IRTP decidieron aunar esfuerzos para lograr el adecuado funcionamiento e implementacion del sistema de transmision de radio y television del IRTP en el departamento de MORDAZA, integrandose a su red de radio y television, en el ambito nacional. En dicho convenio se dejaba MORDAZA de titularidad del derecho de propiedad del IRTP sobre los equipos de transmision de radio y television, cuya valorizacion asciende a la suma de US$ 235 705,00; Que, en el mencionado informe legal se precisa que a la fecha el Convenio no se encuentra vigente, pues la clausula decima establecio que tendria una vigencia de 2 anos a partir de la fecha de su suscripcion (18 de agosto de 2003) pudiendo prorrogarse por periodos similares y/o parciales por acuerdo de las partes, mediante una adenda, la cual no se llego a concretar; Que, asimismo el informe precisa flagrantes incumplimientos de las obligaciones contractuales por parte del Gobierno Regional de MORDAZA, tales como que se MORDAZA transmitido programas en horarios no coordinados de manera previa con la Gerencia de Television y que no se MORDAZA cumplido con la retransmision de la programacion nacional del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP al estar cortando secciones del noticiero Confirmado - Edicion Central; Que, estas conductas motivaron la decision del IRTP de resolver el convenio en virtud de la clausula novena y que asimismo se ha tratado por parte del IRTP de llegar a un acuerdo con el Gobierno Regional de MORDAZA agotando la via administrativa y extrajudicial prevista en el convenio; Que, segun el mencionado Informe Legal Nº 005-2004OGAL/IRTP, el Presidente del Gobierno Regional y las autoridades facultadas por ley a representar los intereses de la Region no se encuentran dispuestos a entregar los equipos de transmision lo cual agravia el interes publico al ser el IRTP el propietario de estos; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, Ley de creacion del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra el Gobierno Regional de MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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