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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2004 (18/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G36/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de mayo de 2004 Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba- rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 291/ 04/04, de fecha 29 de abril del 2004, en el marco del Pro-cedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Direc-ción General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Perso-nal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Ad-ministrativos del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec-tuar los chequeos técnicos en la aeronave Boeing 767, enla ruta Lima - Miami - Lima , a sus tripulantes auxiliaresLaura Gacon, Nadya Villanueva, María Behr, Inés Casta-ñeda, Erika Loc y Oriz Moreno, durante los días 18 y 19 de mayo de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 7884, 8577, 8579, 8750 y 7688, la solicitante hacumplido con el pago del derecho de tramitación corres-pondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 0664-2004-MTC/12.04-SDO designando al Ins-pector Lino Roberto Molina Valencia, para realizar los che-queos técnicos en la aeronave Boeing 767 en la ruta Lima- Miami - Lima, al personal aeronáutico propuesto por laempresa Lan Perú S.A., durante los días 18 y 19 de mayo del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0664-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Lino Roberto Molina Valencia, Inspector de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América,durante los días 18 y 19 de mayo del 2004, para los fines aque se contrae la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acota-ción Nº 7884, 8577, 8579, 8750 y 7688, abonados a la Di-rección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comu- nicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al si-guiente detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09227 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2004-MTC/02 Lima, 13 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajesal exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro-bados por resolución suprema refrendada por el Presiden-te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba- sado en las disposiciones establecidas en el citado Con- venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con cartas DINPU 272/04/04 y DINPU 288/04/04, de fechas 27 y 29 de abrildel 2004, respectivamente, en el marco del Procedimien- to Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal),establecido en el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Ci- vil, efectuar chequeos técnicos en el simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en la ciudad de Miami a sustripulantes técnicos Víctor Castillo y Julio Mariluz, du-rante los días 25 y 26 de mayo del 2004, en la ciudad deDenver, a sus tripulantes técnicos Hugo Bisso, Carlosde La Puente, Paul Golz, Abraham González, durante los días 20, 21, 23 y 24 de mayo del 2004, así como efectuar los chequeos en la ruta Lima - Miami del día 18de mayo del 2004 a Luis Ráez y en la ruta Miami -Limadel día 27 de mayo del 2004 a Carlos Prevost;