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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (24/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 280915 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 1322-2001-IN/ PNP de 30NOV2001, la Capitán Médico PNP Iris JosefinaARANIBAR PINTO, fue pasada de la situación de Activi-dad a la de Retiro por la causal de Medida Disciplinaria, alhaber incurrido en Abandono de Destino desde el 22ENE01; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1474-2001-IN/ PNP de 23NOV2001, se autorizó al señor Procurador Pú-blico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio delInterior relativos a la Policía Nacional del Perú, para queinicie las acciones legales pertinentes contra la Capitán S.PNP (R) Iris Josefina ARANIBAR PINTO, a fin de que rein-tegre al Estado el total de los gastos ocasionados por elResidentado Médico que realizó en la Especialidad dePediatría, desde el 01MAY97 al 30JUN2000, incluidos losintereses legales generados a la fecha de reversión; Que, la acotada Resolución Ministerial Nº 1474-2001- IN/PNP de 23NOV2001, debe ser dejada, sin efecto al noexistir documentación alguna que sustente fehaciente-mente los gastos ocasionados al Estado por la Especiali-dad que realizó la mencionada Capitán Médico, del01MAY97 al 30JUN2000, conforme lo establece el numeral5.2 del Artículo 5º de la Ley Nº 27444; Que, sin embargo, resulta necesario autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú,para que inicie las acciones legales pertinentes contra laCapitán Médico PNP (R) Iris Josefina ARANIBAR PINTO,por incumplimiento de contrato e indemnización por dañosy perjuicios a favor del Estado Peruano, a efectos de quereintegre el equivalente que le costaría al Estado contarcon una profesional médico en la Especialidad de Pedia-tría, del 01MAY97 al 30JUN2000, es decir TRES (03) añosde abono de haberes y demás gastos que demandó laespecialidad concedida a la cuestionada Oficial de Servi-cios en situación de Retiro, incluidos los intereses legalesgenerados a la fecha de reversión; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº17537, modificado por el D.L. Nº 17667; Arts. 1148º, 1150º,1152º, 1318º y 1321º del Código Civil; Lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en el Dictamen Nº289-2004-DGPNP/AJ de 20ENE2004; lo Informado por laOficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Inte-rior en su INFORME Nº 836-2004-IN de 13FEB2004; Lo propuesto por el General Director de Recursos Hu- manos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1474-2001-IN/PNP de 23NOV2001, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a laPolicía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legalespertinentes contra la Capitán Médico PNP (R) Iris JosefinaARANIBAR PINTO, por incumplimiento de contrato e indemni-zación por daños y perjuicios a favor del Estado Peruano, aefectos de que reintegre el equivalente que le costaría al Esta-do contar con una profesional médico en la Especialidad dePediatría, del 01MAY97 al 30JUN2000, es decir TRES (03)años de abono de haberes y demás gastos que demandó laespecialidad concedida a la infractora, incluidos los intereseslegales generados a la fecha de reversión. Artículo 3º.- Remitir al señor Procurador Público a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior rela-tivos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes yactuados del caso para los fines a que se contrae el artícu-lo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 21067 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1976-2004-IN/PNP Lima, 30 de septiembre de 2004VISTO, la Resolución Ministerial Nº 0589-2001-IN/PNP de 16JUN2001, y demás actuados, con la cual se autorizóal señor Procurador Público a Cargo de los Asuntos Judi-ciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacio-nal del Perú, iniciar acción legal contra el Capitán MédicoPNP (C) Eyner Jaime CORDOVA TEJADA; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 0747-2001-IN/ PNP de 17JUL2001, el Capitán Médico PNP Eyner JaimeCORDOVA TEJADA, fue cesado en el servicio por la causalde Medida Disciplinaria, al haber incurrido en Abandono deDestino desde el 21JUL2000; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0589-2001-IN/ PNP de 16JUN2001, se autorizó al señor Procurador Públi-co a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Inte-rior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicielas acciones legales pertinentes contra el Capitán MédicoPNP (C) Eyner Jaime CORDOVA TEJADA, por haber incum-plido con su compromiso adquirido, a fin de que reintegre alEstado el total de los gastos ocasionados por el residentadomédico que realizó en la especialidad de Medicina Intensi-va, desde el 01JUN96 al 11MAY99, incluidos los intereseslegales generados a la fecha de reversión; Que, la acotada Resolución Ministerial Nº 0589-2001- IN/PNP de 16JUN2001, debe ser dejada sin efecto, al noexistir documentación alguna que sustente fehaciente-mente los gastos ocasionados al Estado por la Especiali-dad que realizó el mencionado Capitán Médico, del01JUN96 al 11MAY99, conforme lo establece el numeral5.2 del Artículo 5º de la Ley Nº 27444; Que, sin embargo, resulta necesario autorizar al señor Pro- curador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministeriodel Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para queinicie las acciones legales pertinentes contra el Capitán MédicoPNP (C) Eyner Jaime CORDOVA TEJADA, por incumplimientode contrato e indemnización por daños y perjuicios en favor delEstado Peruano, a efectos de que reintegre el equivalenteque le costaría al Estado contar con un profesional médico enla Especialidad de Medicina Intensiva, del 01JUN96 al 11MAY99,es decir TRES (03) años de abono de haberes y demás gastosque demandó la especialidad, concedida al cuestionado Ofi-cial de Servicios Cesado, incluidos los intereses legales gene-rados a la fecha de reversión; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Arts. 1148º, 1150º,1152º, 1318º y 1321º del Código Civil; Lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en el Dictamen Nº282-2004-DGPNP/AJ de 20ENE2004; lo Informado por laOficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Inte-rior en su INFORME Nº 980-2004-IN de 12FEB2004; Lo propuesto por el General Director de Recursos Hu- manos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0589-2001-IN/PNP de 16JUN2001, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interiorrelativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie lasacciones legales pertinentes contra el Capitán Médico PNP(C) Eyner Jaime CORDOVA TEJADA, por incumplimientode contrato e indemnización por daños y perjuicios en fa-vor del Estado Peruano, a efectos de que reintegre elequivalente que le costaría al Estado contar con un profe-sional médico en la Especialidad de Medicina Intensiva,del 01JUN96 al 11MAY99, es decir TRES (03) años deabono de haberes y demás gastos que demandó la espe-cialidad concedida al infractor, incluidos los intereses lega-les generados a la fecha de reversión. Artículo 3º.- Remitir al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos ala Policía Nacional del Perú, los antecedentes y actuados delcaso para los fines a que se contrae el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 21068