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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (24/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 280932 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de noviembre de 2004 VISTO: los Memorándums Nºs. 308, 325, 621, 808, 1001, 1004, 1079, 1135-2001/OHC/DCP/GO, los InformesNº 346, 341, 342, 313-2000/OHC/DCP/GO, los InformesNº 060, 110, 119, 157, 146, 160, 176, 192, 198, 199 y201-2001/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 979-2004-GAJ/RENIEC de fecha 09 de setiembre del 2004, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente laborfiscalizadora, ha detectado que ciudadanos no identifica-dos se presentaron ante el Registro, solicitando y obte-niendo irregularmente las inscripciones correspondientes alos ciudadanos Haydee Carmela Chagua Garcia, Iris Me-dalit Quiri Changanaqui, Ceferino Huaman Huahuasonc-co, Pedro Cliseno Vilca Mamani, Maximo Aguilar Quispe,Gabriela Zulema Bendezu Vila, Janet Isabel Acevedo Vi-llar, Freddy Rolando Bonilla Alarcon, Jose Luis CunyasSalazar, Ezequiel Melendez Tarrillo, Marisa Milagritos Rin-con Quiroz, Ruben Ccallocunto Galindo, Jesús MarinoGalarza Laquise, Jorge Luis Saavedra Hirata y Jorge Feli-pe Flores Mendoza, mediante trámites de rectificación yduplicado; Que, realizados los exámenes periciales en cada uno de los respectivos expedientes, se ha establecido que setrata de casos de suplantación de identidad, efectuadaspor personas desconocidas; Que, de los hechos antes descritos, se desprende que personas no identificadas, han usurpado la identi-dad de los ciudadanos Haydee Carmela Chagua Garcia,Iris Medalit Quiri Changanaqui, Ceferino Huaman Huahua-soncco, Pedro Cliseno Vilca Mamani, Maximo Aguilar Quis-pe, Gabriela Zulema Bendezu Vila, Janet Isabel AcevedoVillar, Freddy Rolando Bonilla Alarcon, Jose Luis CunyasSalazar, Ezequiel Melendez Tarrillo, Marisa Milagritos Rin-con Quiroz, Ruben Ccallocunto Galindo, Jesús MarinoGalarza Laquise, Jorge Luis Saavedra Hirata y Jorge Fe-lipe Flores Mendoza, existiendo indicio razonable de lacomisión de presunto delito contra la Fe Pública, en lasmodalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, previs-tos y sancionados en los artículos 428º y 438º del CódigoPenal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica,resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que interponga las accioneslegales que correspondan en defensa de los intereses delEstado y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que en nombre y representa-ción de los intereses del Estado interponga las accioneslegales que correspondan contra los que resulten respon-sables, por la comisión del delito contra la Fe Pública, enlas modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, enagravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que secontrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20646 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 542-2004-JEF/RENIEC Lima, 23 de setiembre de 2004 VISTO: los Memorándums Nºs. 354 y 1001-2001/OHC/ DCP/GO, el Informe Nº 014-2003/GP/DP/RENIEC, el Infor-me Nº 386-2003-ADRIA/DP/GP/RENIEC, los Oficios Nº 277y 6488-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 1008- 2004-GAJ/RENIEC de fecha 15 de setiembre del 2004,emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, tanto la Gerencia de Operaciones como la Geren- cia de Procesos del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, handetectado que ciudadanos no identificados se presenta-ron ante el Registro, solicitando y obteniendo irregular-mente las inscripciones correspondientes a los ciudada-nos Domingo Mamanchura Manzano, José Zenovio Al-berca Lalangui, Guillermo Huanca Mamani, Gilberto JoveCahua, Cilos Fernando Agüero Rivera, Arcadio Alvinagor-ta Lanazca, Wilder Américo Márquez Romero, BenignoPortal Jáuregui, Marna Vásquez López, Ernesto Celesti-no Córdova y Rosa Luz Ramirez Hidalgo mediante trámi-tes de rectificación y duplicado; Que, realizados los exámenes periciales en cada uno de los respectivos expedientes, se ha establecido quese trata de casos de suplantación de identidad, efectua-das por personas desconocidas; Que, de los hechos antes descritos, se desprende que personas no identificadas, han usurpado la identi-dad de los ciudadanos Domingo Mamanchura Manzano,José Zenovio Alberca Lalangui, Guillermo Huanca Ma-mani, Gilberto Jove Cahua, Cilos Fernando Agüero Rive-ra, Arcadio Alvinagorta Lanazca, Wilder Américo Már-quez Romero, Benigno Portal Jáuregui, Marna VásquezLópez, Ernesto Celestino Córdova y Rosa Luz RamirezHidalgo, existiendo indicios razonables de la comisiónde presunto delito contra la Fe Pública, en las modalida-des de Falsedad Ideológica y Genérica, previstos ysancionados en los artículos 428º y 438º del CódigoPenal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi-ca, resulta necesario autorizar al Procurador Público acargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones legales que correspondan en defensa de losintereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil contra los que resulten respon-sables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra los que resul-ten responsables, por la comisión del delito contra la FePública, en las modalidades de Falsedad Ideológica yGenérica, en agravio del Estado y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20647 MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscales en Despachos de Fis- calías provinciales mixtas de Sullana,Huaral, El Agustino, de Prevención delDelito de Tumbes y del Pool de Fisca-les de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1640-2004-MP-FN Lima, 22 de noviembre de 2004