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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (24/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 280920 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de noviembre de 2004 Encargan funciones de Secretario Nacional de la Secretaría Nacional deAdopciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 731-2004-MIMDES Lima, 23 de noviembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 060-2004-MIMDES/SNA de fecha 12 de noviembre de 2004 del Secretario Nacional de la Secre-taría Nacional de Adopciones; CONSIDERANDO:Que, el abogado CESAR OCTAVIO DIAZ PALAO, Se- cretario Nacional de la Secretaría Nacional de Adopcionesse ausentará del país por razones personales del 24 al 26de noviembre de 2004; Que, es necesario encargar las funciones de Secreta- rio Nacional de la Secretaría Nacional de Adopciones delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, entanto dure la ausencia del citado funcionario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en el Reglamento de Organización y Funciones del Minis-terio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobadopor Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificadopor Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Encargar a la abogada MAYERLIN VIOLETA PACHECO ABARCA, Directora Adjunta de la Di-rección General de Niñas, Niños y Adolescentes, las fun-ciones de Secretario Nacional de la Secretaría Nacional deAdopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, apartir del 24 de noviembre de 2004 y mientras dure laausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 21258 PRODUCE Dejan sin efecto suspensión de actividades extractivas de anchovetaestablecida por R.M. N” 414-2004-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 421-2004-PRODUCE Lima, 23 de noviembre del 2004 Visto Oficio Nº DE-100-247-2004-PRODUCE/IMP del 23 de noviembre del 2004, mediante el cual el Instituto del Mardel Perú remite el Informe denominado "Sobre el Desarrollode la Pesquería de Anchoveta al 23 de noviembre del 2004". CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977- los recursoshidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionalesdel Perú son patrimonio de la Nación; correspondiendo alEstado regular el manejo integral y la explotación racionalde dichos recursos, considerando que la actividad pes-quera es de interés nacional; Que el artículo 9º de la citada Ley contempla que, so- bre la base de evidencias científicas disponibles y de fac-tores socioeconómicos, la autoridad pesquera determinarásegún el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamientopesquero, las cuotas de captura permisibles, temporadas yzonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, losmétodos de pesca, tallas mínimas de captura y demásnormas que requieran la preservación y explotación racio-nal de los recursos pesqueros; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 378-2004- PRODUCE, del 21 de octubre del 2004, se dio por conclui-da la veda reproductiva de la anchoveta ( Engraulis rin- gens) dispuesta por Resolución Ministerial Nº 271-2004- PRODUCE entre el extremo norte del dominio marítimo delPerú y los 16° 00' S, a partir de las 00.00 horas del día 25de octubre del 2004; autorizándose asimismo el desarrollode las actividades de extracción y procesamiento de losrecursos anchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blan- ca (Anchoa nasus ), a partir de las 00.00 horas del día 25 de octubre del 2004, en la zona antes mencionada; Que por Resolución Ministerial Nº 414-2004-PRODUCE, del 15 de noviembre del 2004, se suspendieron las activida-des extractivas del recurso anchoveta ( Engraulis ringens ), para consumo humano indirecto, a partir de las 00.00 horasdel día 17 de noviembre del 2004 hasta las 24.00 horas deldía 30 de noviembre del 2004, en razón de garantizar laconservación y aprovechamiento sostenido de dicho recur-so y en atención a las recomendaciones formuladas por elInstituto del Mar del Perú - IMARPE mediante el Informedenominado "Desarrollo de la Pesquería de Anchoveta du-rante octubre - 9 noviembre del 2004 en el Litoral Peruano; Que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE mediante el Oficio Nº DE-100-247-2004-PRODUCE/IMP, del 23 de no-viembre del 2004, alcanza el Informe denominado "Sobreel Desarrollo de la Pesquería de Anchoveta al 23 de no-viembre del 2004", en el cual manifiesta que no existeningún impacto negativo sobre el recurso anchoveta, si sereinicia la actividad extractiva en la presente temporada apartir de las 00.00 horas del día 27 de noviembre del 2004; Que es necesario continuar con el manejo cuidadoso del recurso anchoveta cuya población esta constituida porun importante stock de pre-reclutas en la zona norte dellitoral, así también de aquellas poblaciones que mayor-mente se desarrollan en áreas costeras y están relacio-nadas a la actividad artesanal o de menor escala, siendonecesario dictar medidas de ordenamiento para preveniruna inadecuada explotación de dichas especies y dar es-tricto cumplimiento a las disposiciones que regulan la acti-vidad extractiva del recurso anchoveta; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE,así como en aplicación de las atribuciones conferidas porla Ley Nº 27789; y, Con el visado del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la suspensión de las actividades extractivas de la anchoveta ( Engraulis ringens ) establecida por la Resolución Ministerial Nº 414-2004-PRODUCE, a partir de las00.00 horas del día 27 de noviembre del 2004. Artículo 2º.- El desarrollo de las actividades extractivas y de procesamiento de la anchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blanca (Anchoa nasus ), a partir de la fecha indicada en el artículo anterior, se efectuará conforme a las disposiciones contenidasen la Resolución Ministerial Nº 378-2004-PRODUCE. Artículo 3º.- Las Direcciones Nacionales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vi-gilancia y de Medio Ambiente del Ministerio de la Produc-ción, así como las Direcciones Regionales con competen-cia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito desus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán porel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 21281 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de representantes de la Comisión Multisectorial encargada de organizar la presentación del Perœ en la XIX Feria Internacional del Librode Guadalajara, MØxico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0988-2004-RE Lima, 23 de noviembre de 2004