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PÆg. 280918 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de noviembre de 2004 Autorizan a persona jurídica el funcionamiento de centro de concilia-ción con sede en el departamento deLima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 177-2004-JUS Lima, 16 de noviembre de 2004 Visto, el expediente con registro Nº 026053, sobre Auto- rización de Centro de Conciliación, presentado por la aso-ciación civil, CENTRO DE CONCILIACIÓN MIRAFLORES; CONSIDERANDO:Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado auto- rización para el funcionamiento del Centro de Conciliacióndenominado, CENTRO DE CONCILIACIÓN ASOCIACIÓNDE PROFESIONALES PARA SOLUCIONES INTEGRALESDE CONFLICTOS, con sede en el departamento de Lima; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1030-2004- JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitos es-tablecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872 -Ley de Conciliación, modificada por Leyes Nº 27398 y 28163,y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley deConciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decretos Supremos Nº 016-2001-JUSy 040-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el fun-cionamiento del Centro de Conciliación solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - LeyOrgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº039-2001-JUS, que precisa los alcances de las funcionesdel Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modi-ficada por Leyes Nº 27398 y 28163 y su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado porDecretos Supremos Nº 016-2001-JUS y 040-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar, a la asociación civil, CEN- TRO DE CONCILIACIÓN MIRAFLORES, el funcionamientodel Centro de Conciliación denominado CENTRO DECONCILIACIÓN ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES PARASOLUCIONES INTEGRALES DE CONFLICTOS, con sedeen el departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.GIANNA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia 21124 Cancelan autorización de funciona- miento y el registro de centro de con-ciliación Unión Cristiana del Perœ RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 178-2004-JUS Lima, 16 de noviembre de 2004 VISTOS, la Resolución Viceministerial Nº 170-2004-JUS, de fecha 26 de octubre del 2004 y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 391-2001- JUS, de fecha 18 de diciembre del 2001, se autorizó elfuncionamiento del Centro de Conciliación UNION CRIS-TIANA DEL PERU, con sede en la ciudad de Lima; Que, mediante Resolución de Secretaría Técnica de Conciliación Nº 121-2004-JUS/STC, de fecha 18 de marzodel 2004, se dispuso la apertura de Procedimiento Sancio-nador en contra del Centro de Conciliación UNION CRIS-TIANA DEL PERU, por la presuntas infracciones previstasen los artículos 22º inciso 14) y 24º incisos 3) y 5) delReglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros deConciliación, Capacitadores y Centros de Formación y Ca-pacitación de Conciliadores;Que, mediante Resolución de Secretaría Técnica de Con- ciliación Nº 222-2004-JUS/STC, de fecha 19 de mayo del 2004,se impuso al Centro de Conciliación UNION CRISTIANA DELPERU, la sanción de Desautorización de Funcionamiento; Que, mediante escrito ingresado con Registro Nº 11449, de fecha 10 de mayo del 2004, el abogado David VillaVilcarromero, solicitó se aplique silencio administrativo, elmismo que fue declarado improcedente, mediante Resolu-ción de Secretaría Técnica de Conciliación Nº 229-2004-JUS/STC, de fecha 24 de mayo del 2004; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 170-2004- JUS, de fecha 26 de octubre del 2004, se declaró improce-dente el Recurso de Apelación, interpuesto por el señorDavid Villa Vilcarromero, en contra de la Resolución deSecretaría Técnica de Conciliación Nº 229-2004-JUS/STC,de fecha 24 de mayo del 2004; Que, de conformidad con el artículo 218º, numeral 218.2, literal b) de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Adminis-trativo General, ha quedado agotada la vía administrativa; Que, el artículo 23º del Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliación, Capacitadores yCentros de Formación y Capacitación de Conciliadores,aprobado por Resolución Ministerial Nº 245-2001-JUS, se-ñala que la Desautorización de Funcionamiento acarrea lacancelación de la autorización de funcionamiento del Cen-tro de Conciliación y su cierre definitivo; Que, asimismo, el artículo 42º de la norma precedente- mente citada, señala que la resolución que imponga lasanción de desautorización, será publicada en el DiarioOficial El Peruano; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánicadel Sector Justicia; Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación,modificada por Ley Nº 27398 y Ley Nº 28163 y su Regla-mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS,modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Decre-to Supremo Nº 040-2001-JUS; Ley Nº 27444 - Ley del Pro-cedimiento Administrativo General; Reglamento de Sancio-nes a Conciliadores, Centros de Conciliación, Capacitado-res y Centros de Formación y Capacitación de Conciliado-res, aprobado por Resolución Ministerial Nº 245-2001-JUS,modificado por Resolución Ministerial Nº 314-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Cancelar la Autorización de Funcionamiento y el Registro del Centro de Conciliación UNION CRISTIANADEL PERU. Artículo 2º.- Disponer que la Secretaría Técnica de Conciliación, vele por el cumplimiento de la presente Reso-lución y asuma la tenencia y custodia del Registro de Actasy Acervo Documentario del Centro de Conciliación UNIONCRISTIANA DEL PERU. Regístrese, comuníquese y publíquese.GIANNA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia 21125 MIMDES Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsables de percibir honorarios del PAR en contravención de la Ley de Nepotismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 725-2004-MIMDES Lima, 22 de noviembre de 2004 Vistos, el Oficio Nº 150-2004-MIMDES-PAR de fecha 26 de marzo de 2004 de la Jefa del Programa de Apoyo alRepoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia -PARy el Informe Legal Nº 004-2004-MIMDES-PAR/AL de fecha22 de marzo de 2004 del Asesor Legal del PAR; CONSIDERANDO: Que, en ejecución de la acción de Control Nº 2-4645- 2003-006, la Gerencia de Auditoría Interna del PAR emitióel Informe Largo Nº 003-2003-2-4645 "Examen Especialsobre cumplimiento de la Ley Nº 26771 - Ley de Nepotis-