Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2004 (04/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, lunes 4 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas; asimismo, concordante con el numeral 2) de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 0052003-CONSUCODE-PRE, las licitaciones publicas, concursos publicos y adquisiciones directas no contenidas en el Plan Anual deben ser aprobadas por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, las mismas que deberan informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion; Que, en cumplimiento a lo senalado en el Art. 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Oficina de Planificacion mediante Informe Nº 2892-2004-UPEPOPLA y Oficio Nº 363-2004-OPLA recibidos el 27 de setiembre de 2004, informa, respecto al otorgamiento de una Canasta de Viveres en el mes de octubre y otra en el mes de noviembre, que es factible efectuar un solo MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica ya que MORDAZA estan consideradas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2004, precisando que es posible atender la "Adquisicion de Canasta de Viveres para el personal docente y administrativo de la Universidad Nacional del Callao", hasta por la suma total de S/. 300,000.00 (trescientos mil nuevos soles), costo financiado con cargo a los recursos directamente recaudados de la administracion central; Que, por Informe Nº 1020-2004-AL recibido el 28 de setiembre de 2004, la Oficina de Asesoria Legal comunica que, de conformidad con lo que prescribe el Art. 142º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concordante con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276, los programas de bienestar social estan dirigidos a contribuir al desarrollo humano del servidor de MORDAZA y de su familia; por lo cual es procedente otorgar una Canasta de Viveres al personal docente y administrativo nombrado y contratado por planilla de esta MORDAZA Superior de Estudios en los meses de octubre y noviembre de 2004; Estando a lo glosado; a la documentacion sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º.- INCLUIR, dentro del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2004, la Adjudicacion Directa Publica Nº 004-2004-UNAC, "Adquisicion de Canasta de Viveres para el personal docente y administrativo de la Universidad Nacional del Callao", por un valor referencial total de hasta S/. 300,000.00 (trescientos mil nuevos soles), incluido IGV. 2º.- APROBAR la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 004-2004-UNAC, "Adquisicion de Canasta de Viveres para el personal docente y administrativo de la Universidad Nacional del Callao", por un valor referencial total de hasta S/. 300,000.00 (trescientos mil nuevos soles), incluido IGV, el cual debe sujetarse a lo prescrito en el Art. 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y a lo dispuesto en el numeral 8) de la Directiva Nº 0222001-CONSUCODE/PRE. 3º.- APROBAR, el otorgamiento de una Canasta de Viveres para los meses de octubre y noviembre de 2004, respectivamente, para el personal docente y administrativo nombrado y contratado por planilla de la Universidad Nacional del Callao, por la suma total de S/. 300,000.00 (trescientos mil nuevos soles). 4º.- DISPONER, que el otorgamiento de la Canasta de Viveres sea de la forma que se indica en los literales subsiguientes: a. Precisar, que la canasta de viveres otorgada al personal docente y administrativo nombrado y contrata-

do por planilla, se refiere a servidores administrativos y profesores activos a tiempo completo y dedicacion exclusiva para el mes de octubre y servidores administrativos, profesores a dedicacion exclusiva, a tiempo completo y a tiempo parcial, en planilla, para el mes de noviembre. b. Disponer, que se otorgue a cada trabajador solo una canasta de viveres, independientemente de que se desempene como docente y administrativo a la vez. c. Establecer, que el personal docente y/o administrativo que no retire su canasta de viveres dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la fecha del inicio de su distribucion, pierde su derecho para recibirla, sin lugar a reclamo. 5º.- DISPONER, que a traves de la Oficina General de Administracion el egreso que origine la presente Resolucion se afecte al Programa 003: "Administracion", Sub-Programa 003: "Administracion Central", Actividad 1-00267: "Gestion Administrativa", Componente 3-0693: "Gestion Administrativa", Especifica del Gasto 40: "Subvenciones Sociales", con cargo a los recursos directamente recaudados de la administracion central, afectando el Calendario de Compromisos de octubre por la suma de S/. 150,000.00 (ciento cincuenta mil nuevos soles) y el Calendario de Compromisos de noviembre por la suma de S/. 150,000.00 (ciento cincuenta mil nuevos soles). 6º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a los Vicerrectores, CONSUCODE, PROMPYME, Facultades, Escuela de Post Grado, Oficina de Planificacion, Organo de Control Institucional, Oficina General de Administracion, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesoreria, Oficina de Asesoria Legal, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, ADUNAC, SUTUNAC, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIALE Rector 17765

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
Designan funcionario responsable de brindar informacion requerida por ciudadanos y de elaborar portales de Internet de la institucion
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 315-2004-CONCYTEC-P

MORDAZA, 1 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" tiene como finalidad la promocion de la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrada en la Constitucion Politica; Que, por Resolucion de Presidencia Nº 139-2004CONCYTEC-P, del 30 de MORDAZA de 2004, se designo al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable de brindar la informacion requerida por los ciudadanos al MORDAZA de la Ley Nº 27806; asi como responsable de la elaboracion de los portales de internet del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC;

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