Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2004 (04/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 4 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Modifican resolucion que cancelo MORDAZA de licitacion publica relativo a la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 925 -2004-A/MPP San MORDAZA de MORDAZA, 17 de setiembre del 2004 Visto, el Oficio Nº E-640-2004(GTN/MON), remitido por el Subgerente de Monitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de registro numero 021753; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 00663-2004-A/ MPP, de fecha 23 de MORDAZA del 2004, se declara la cancelacion del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CE/MPP - MORDAZA Convocatoria, teniendo en cuenta la obligacion de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley Nº 27470 - Ley que establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa Vaso de Leche, modificada por la Ley Nº 27712, respecto a la adquisicion de insumos de origen nacional, que el requerimiento de las representantes de la Organizacion del Programa Vaso de Leche ha sido Leche en Polvo Instantanea Azucarada, Leche de Soya en Polvo Instantanea y Harina de Maiz Instantanea y que de acuerdo a lo indicado por el CONSUCODE en el Comunicado Nº 003-2004(PRE) la leche entera en polvo, MORDAZA y soya son considerados como productos generalmente importados; Que, a traves del documento del visto, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) comunica a este Provincial que la Cancelacion del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional convocado para la adquisicion de productos destinados al Programa Vaso de Leche, declarada mediante la Resolucion de Alcaldia referida en el considerando precedente, no se ajusta a lo establecido en el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que regula la cancelacion del MORDAZA, precisando que al haberse convocado un MORDAZA de seleccion con requerimientos que contravienen lo estipulado en la Ley Nº 27470 y sus modificatorias corresponde declarar la nulidad del proceso; Que, la Direccion General de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 1564-2004-DGAJ/MPP, de fecha 26 de agosto del 2004, habiendo analizado la legislacion aplicable concluye que debio declararse la nulidad del MORDAZA de seleccion por configurarse las causales establecidas en el articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y no la cancelacion del mismo; puesto que el MORDAZA contravenia el Comunicado Nº 03-2004 (PRE) publicado por CONSUCODE en el Diario Oficial El Peruano el 15 de MORDAZA del 2004; Que, por otro lado, debe tenerse en cuenta que con Acuerdo Municipal Nº 064-2004-C/CPP, modificado por el Acuerdo Municipal Nº 115-2004-C/CPP, de fecha 9 de setiembre del 2004, se declara en urgencia la Adquisicion de Insumos del Programa Vaso de Leche, en atencion a que el Programa Vaso de Leche, segun el numeral 4.1 de la Ley Nº 27470, debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos, habiendose declarado prioritario de interes nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comites de Vaso de Leche y demas organizaciones sociales de base mediante la Ley Nº 25307 en concordancia con el articulo 2º inciso 16 y articulo 3º de

la Constitucion Politica del Peru y para evitar el desabastecimiento que se produciria en los beneficiarios del Programa Vaso de Leche, mientras se levantaban las observaciones realizadas por CONSUCODE al MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CE/MPP; Que, el articulo 14º, numeral 14.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 prescribe que "Cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservacion del acto, procediendose a su enmienda por la propia autoridad emisora", asimismo, de conformidad con el numeral 14.2.4 de la MORDAZA acotada, son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes los siguientes: Cuando se concluya indubitablemente de cualquier otro modo que el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido de no haberse producido el vicio; Que, por los fundamentos de hecho y derecho MORDAZA expresados, la Direccion General de Asesoria Juridica, a traves del Informe Nº 1564-2004-DGAJ/MPP, recomienda que se modifique la Resolucion de Alcaldia Nº 00663-2004-DGAJ/MPP, para cumplir con las formalidades de ley observadas por CONSUCODE, debiendo declararse la nulidad del MORDAZA en lugar de su cancelacion; sin embargo en aplicacion del MORDAZA de conservacion del acto permanecen todos los efectos de los actos administrativos realizados, que se deriven de la Resolucion de Alcaldia Nº 063-2004-A/MPP asi como del cumplimiento del Acuerdo Municipal Nº 064-2004-C/CPP que declara en urgencia la Adquisicion de Insumos del Programa Vaso de Leche; Que, a merito de las consideraciones expuestas, estando a lo dispuesto por el Memorando Nº 836-2004-DM/ MPP y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Articulo Primero de la Resolucion de Alcaldia Nº 00663-2004-A/MPP, de fecha 23 de MORDAZA del 2004, debiendo quedar redactado de la manera siguiente: "ARTICULO PRIMERO.- Declarar la Nulidad del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CE/MPP - MORDAZA Convocatoria, de conformidad con el articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por contravenir lo dispuesto en la Ley Nº 27470 - Ley que establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa Vaso de Leche, modificada por la Ley Nº 27712, segun el Comunicado Nº 03-2004(PRE) publicado por CONSUCODE en el Diario Oficial El Peruano el 15 de MORDAZA del 2004". Articulo Segundo.- Por aplicacion del MORDAZA de Conservacion del Acto permanecen todos los efectos de los actos administrativos realizados, que se deriven de la Resolucion de Alcaldia Nº 063-2004-A/MPP, asi como del Acuerdo Municipal Nº 064-2004-C/CPP que declara en urgencia la Adquisicion de Insumos del Programa Vaso de Leche. Articulo Tercero.- Disponer se comunique al CONSUCODE la presente Resolucion, adjuntando los informes sustentarios respectivos. Articulo Cuarto.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Dese cuenta al Comite de Adquisiciones Vaso de Leche, al Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Administracion, Gerencia de Desarrollo Social y Oficina de Logistica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17773

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