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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G36/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 4 de octubre de 2004 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G20/G4D/G61/G6E/G75/G66/G61/G63/G74/G75/G72/G65/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 359-2004-PRODUCE Lima, 30 de setiembre del 2004 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 2º de la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministe- rio de la Producción, corresponde a este Ministerioformular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables a las actividades pro- ductivas comprendidas en el ámbito de su competen-cia, a fin de promover su competitividad, el incremen- to de la producción, así como el uso racional de los recursos y la protección del medio ambiente, a cuyoefecto dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que asimismo los incisos b), d) y e) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, lo facultan a formular los Planes Nacionales Sectoriales de Desarrollo, proponiendolas políticas y normas de protección del medio am- biente y recursos naturales, en lo que se refiere a las actividades materia de su competencia, fomentandola innovación y la transferencia tecnológica, desarro- llando y aplicando instrumentos que posibiliten la ge- neración y el acceso de las empresas a nuevas tec-nologías; Que en dicho marco el Ministerio de la Producción ha formulado el Plan Nacional Ambiental del Sector In-dustrial Manufacturero de las actividades productivas de su competencia, con la finalidad de desarrollar una ges- tión ambiental que privilegie la prevención de la conta-minación y el uso de tecnologías limpias, que permitan un cuidado adecuado del medio ambiente, así como el incremento de la productividad y competitividad de lasempresas y, por ende, un mejor posicionamiento en el mercado; Que a través del referido Plan Nacional Ambiental del Sector Industrial Manufacturero, se propicie la innovación tecnológica, la responsabilidad socio ambiental y la competitividad y que conjuntamente conla política ambiental estén debidamente articuladas e involucren la participación concertada y equitativa de los actores relevantes tanto del sector público comodel sector privado; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27789 – Ley de Organización y Funciones del Mi-nisterio de la Producción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y mo- dificado mediante Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Nacional Ambiental del Sector Industrial Manufacturero de las activida-des productivas bajo el ámbito de competencia del Ministerio de la Producción, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Mi-nisterial. Artículo 2º.- Encargar al Viceministro de Industria la difusión, implementación y actualización permanente delPlan a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- Disponer que el Plan Nacional Ambien- tal del Sector Industrial Manufacturero sea incorporadopara su difusión en la página WEB del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 17804TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 732-2004 MTC/02 Lima, 29 de septiembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex- cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, esta- bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chi-cago sobre Aviación Civil y poder mantener la califi- cación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organi- zación de Aviación Civil Internacional, debe mantenerun programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basadoen las disposiciones establecidas en el citado Conve- nio y en los estándares de la Organización de Avia- ción Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GM- 307.04, del 17 de setiembre de 2004, en el marco de los Procedimientos Nºs 11 y 13 de la sección corres-pondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica de Aeronaves e Inspección Téc- nica a Bases y Estaciones para Establecimiento o Ac-tualización de Especificaciones de Operación), esta- blecido en el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002- MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar las inspecciones técnicas por renova-ción de Constancia de Conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matrículas CC-COC y CC-COD, así como efectuar la inspección técnica de la Estación dela empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Santiago, durante los días 4 al 8 de octubre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs 20820, 20822 y 20824, la solicitante ha cumpli- do con el pago del derecho de tramitación correspondien- te al Procedimiento a que se refiere el considerando an-