Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2004 (06/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES LEY Nº 28355

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AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: POR CUANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de octubre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17919

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTICULOS DEL CODIGO PENAL Y DE LA LEY PENAL CONTRA EL MORDAZA DE ACTIVOS
Articulo 1º.- Modifica diversos articulos del Codigo Penal Modificanse los articulos 317º, 393º, 394º, 395º, 396º, 397º, 398º, 399º, 400º y 401º del Codigo Penal, en los terminos siguientes: "Articulo 317º.- Asociacion ilicita El que forma parte de una organizacion de dos o mas personas destinada a cometer delitos sera reprimido por el solo hecho de ser miembro de la misma, con pena privativa de MORDAZA no menor de tres ni mayor de seis anos. Cuando la organizacion este destinada a cometer los delitos de genocidio, contra la seguridad y tranquilidad publicas, contra el Estado y la defensa nacional o contra los Poderes del Estado y el orden constitucional, la pena sera no menor de ocho ni mayor de treinta y cinco anos, de ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco dias-multa e inhabilitacion conforme al articulo 36º, incisos 1, 2 y 4. Articulo 393º.- Cohecho pasivo propio El funcionario o servidor publico que acepte o reciba donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violacion de sus obligaciones o el que las acepta a consecuencia de haber faltado a ellas, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de cinco ni mayor de ocho anos e inhabilitacion conforme a los incisos 1 y 2 del articulo 36º del Codigo Penal. El funcionario o servidor publico que solicita, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violacion de sus obligaciones o a consecuencia de haber faltado a ellas, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de seis ni mayor de ocho anos e inhabilitacion conforme a los incisos 1 y 2 del articulo 36º del Codigo Penal. El funcionario o servidor publico que condiciona su conducta funcional derivada del cargo o empleo a la entrega o promesa de donativo o ventaja, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de ocho ni mayor de diez anos e inhabilitacion conforme a los incisos 1 y 2 del articulo 36º del Codigo Penal. Articulo 394º.- Cohecho pasivo impropio El funcionario o servidor publico que acepte o reciba donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio indebido para realizar un acto propio de su cargo o empleo, sin faltar a su obligacion, o como consecuencia del ya realizado, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de cuatro ni mayor de seis anos e inhabilitacion conforme a los incisos 1 y 2 del articulo 36º del Codigo Penal. El funcionario o servidor publico que solicita, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja indebida para realizar un acto propio de su cargo o empleo, sin faltar a su obligacion, o como consecuencia del ya realizado, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de cinco ni mayor de ocho anos e inhabilitacion conforme a los incisos 1 y 2 del articulo 36º del Codigo Penal.

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28354
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE MODIFICA LA RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 27947 QUE CREA LA COMISION NACIONAL ENCARGADA DE ORGANIZAR LOS ACTOS CONMEMORATIVOS DEL CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE MORDAZA REICHE
Articulo unico.- Modificacion de la Resolucion Legislativa Nº 27947 en cuanto a plazo Modificase el inciso 2.2 del articulo 2º de la Resolucion Legislativa Nº 27947 con el siguiente texto: "2.2 La Comision se instalara dentro de los 30 primeros dias calendario de vigencia de la presente Resolucion y concluira sus labores el 30 de diciembre de 2004." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de setiembre de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 4 de octubre de 2004 Cumplase, comuniquese, publiquese, registrese y archivese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17922

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