Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2004 (06/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 2004 Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 Oficial

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado Oficial General, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 17993

Del 3 al 7 octubre de 2004 CIA LUFTHANSA TECHNICAL TRAINING - MORDAZA Tec. 2da. FAP MORDAZA SERRATO MORDAZA MORDAZA E.C. FAP MORDAZA MORDAZA Guilino. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru - Servicio de Mantenimiento, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - MORDAZA (Santiago) - MORDAZA US$ 450.00 x 2 Personas Viaticos: US$ 200.00 x 5 dias x 2 Personas Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 2 Personas. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado personal, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 17994

Autorizan viaje de personal FAP a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 432-2004-DE/FAP MORDAZA, 4 de octubre de 2004 Visto la Hoja Informativa V-900-MADP-Nº 0035 del 13 de MORDAZA de 2004 del Comandante de Material y la Papeleta de Tramite Nº 3097-SGFA del 14 de MORDAZA del 2004 del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, el Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aerea del Peru, cuenta con certificaciones que otorga la Direccion General de Aeronautica Civil, la Federal Aviation Administration de los Estados Unidos y la Joint Aviation Authorities de Europa; Que, por lo anteriormente expuesto, es conveniente autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al Personal FAP que se indica en la parte resolutiva, con la finalidad de cumplir con los requisitos que exigen las companias para las certificaciones; Que, los gastos que ocasione la participacion del personal designado, seran solventados con el presupuesto RDR del Servicio de Mantenimiento; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004 y Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios a la Republica de MORDAZA, al Personal que a continuacion se indica, a merito de lo expuesto en la parte considerativa, de acuerdo al siguiente detalle: - Curso INCOMING A/C MATERIALS INSPECTION AND SUPPLIER ASSESSMENT

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el D.S. Nº 055-2004-EF sobre emision internacional de bonos soberanos
DECRETO SUPREMO Nº 135-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2004-EF se autorizo la emision internacional de Bonos Soberanos, en una o mas colocaciones, y hasta por los montos maximos establecidos en la Ley Nº 28130 para apoyar la Balanza de Pagos, en tanto se encuentren dentro de las autorizaciones otorgadas en virtud al Decreto Supremo Nº 035-2000EF para el presente ano, los cuales serian fijados a traves de Resoluciones Ministeriales del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, para las proximas colocaciones internacionales en virtud a dicho decreto supremo se ha considerado variar las caracteristicas de los referidos Bonos Soberanos, para poder emitirlos en monedas distintas al Dolar de Estados Unidos de MORDAZA, asi como pagar el cupon en una periodicidad distinta a la semestral con base 30/360; Que, para tal efecto es necesario modificar el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 055-2004-EF, en lo referente a "Transacciones", "Moneda" y "Pago de Cupon";

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