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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G32/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de octubre de 2004 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado , se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere. 3. La documentación a publicar se enviará además al siguiente correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso quese adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una líneapor celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERUgina Web de la Municipalidad y se realiza la Audiencia Pública el 8 de setiembre, con la finalidad de dar a cono-cer a las Instituciones y ciudadanía los alcances del Plan.Vencido el plazo el 20 de setiembre y resueltas las ob-servaciones e incluido las sugerencias más importan-tes, el equipo técnico, presenta al Pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial de San Román el documento final el 29 de setiembre del 2004; Que, el Plan Director de la ciudad de Juliaca, que aprueba la presente Ordenanza, ha sido pensado parael período 2004-2015 y concebido para promover el desa-rrollo local en base a consensos colectivos; Que, el Plan Director, asimismo, establece los linea- mientos básicos de crecimiento y desarrollo de la ciu-dad, a través del aprovechamiento sostenible del espa-cio, zonificación y usos del suelo, del sistema vial, de lainfraestructura de servicios y de los requerimientos deexpansión urbana; Que, la ciudad de Juliaca ha venido creciendo sin pla- nificación por lo que resulta imperativo aprobar y poneren vigencia el nuevo Plan Director elaborado por la Ofi-cina PD/JUL 2004-2015, adecuado a las condiciones rea-les de crecimiento y desarrollo urbano planificado de unaciudad como Juliaca; Que, habiéndose cumplido con los requisitos de Ley sobre procedimientos y plazos fijados por el D.S. Nº 027-2003-Vivienda, Reglamento de Acondicionamiento Terri-torial y Desarrollo Urbano; la Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972 y el Acuerdo de Concejo Municipal del7 de agosto del 2003; con el voto unánime de los seño- res Regidores del Concejo Provincial de San Román - Juliaca y en aplicación de lo dispuesto por el Art. 40º dela Ley Nº 27972, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Apruébese EL PLAN DIRECTOR de la ciudad de Juliaca, planos y documentos sustentatorios,que consta de: PRIMERA PARTE: DIAGNÓSTICO INTEGRADO I. INTRODUCCIÓN II. JULIACA Y SU ARTICULACIÓN MACRORRE- GIONAL III.CARACTERÍSTICAS DE LA CIUDAD ACTUAL: LO INTERNO IV. APTITUD URBANA INTEGRALV. CONFLICTOS Y POTENCIALIDADES DE LA CIUDAD DE JULIACA VI. REQUERIMIENTOS AL 2015 SEGUNDA PARTE: PROPUESTAS DEL PLAN VII. PROPUESTAS GENERALES. VISIÓN Y EJES ESTRATÉGICOS DE DESARROLLO VIII.MODELO TERRITORIALIX. PROPUESTAS ESPECÍFICAS AL 2015X. LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS DEL PLAN DIRECTOR XI. LA GESTIÓN DEL PLAN DIRECTOR. Artículo 2º.- El incumplimiento de lo establecido en el Plan Director, compuesto por el documento sustenta-torio y planos que se aprueban por la presente ORDE-NANZA MUNICIPAL, dará lugar a las sanciones previs-tas por el Código Penal vigente. Las autoridades o fun- cionarios del sector público o privado que los incumplan o modifiquen sin cumplir los procedimientos normadosen la Ley Orgánica de Municipalidades, serán sujetosde la denuncia penal correspondiente. Artículo 3º.- Créase la Oficina del Plan Director, PD/ JUL, como organismo supervisor de Planificación y ges- tión urbano-ambiental, cuyas funciones serán fijadas me- diante Decreto de Alcaldía, sin duplicar las funciones in-herentes a los Organismos existentes en la Municipali-dad Provincial de San Román. La oficina PD/JUL, de-pende del Despacho de Alcaldía o su representante elDirector Municipal. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Déjese sin efecto cualquier plano, documento o disposiciones que se opongan parcial o totalmente a lodispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. MIGUEL RAMOS BENIQUE Alcalde 18308