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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 276549 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de setiembre de 2004 70 CS OP GN 28.044.140 BARRAZA MAR TIN ROBERTO 71 CS CV CM 29.906.093 DIAZ GONZALO FABIAN 72 CS MQ MO 28.310.566 Q UISPE ELBIO ROLANDO 73 CS MQ CA 25.591.087 MOLINA JOSE MARCELO 74 CS OP SO 26.745.829 BUTTAN ARRUA RICARDO DAVID 75 CS SV CC 28.338.162 Y APURA CLAUDIO ALBERTO 76 CS MQ TB 28.251.508 LERA RICARDO DANIEL 77 CS SV CM 28.789.423 GALLARDO ANGEL MAURICIO 16870 PODER EJECUTIVO P C M Prorrogan Estado de Emergencia en provincias y distritos de los departa- mentos de Apurímac, Ayacucho,Huancavelica, Cusco y Junín DECRETO SUPREMO Nº 067-2004-PCM CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2004-PCM de fecha 22 de julio de 2004, se prorrogó el Estado deEmergencia por el término de sesenta (60) días en lasprovincias de Andahuaylas y Chincheros del departamentode Apurímac, en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, en la provincia de LaConvención del departamento del Cusco; en la provinciade Satipo, en el distrito de Andamarca de la provincia deConcepción, y en el distrito de Santo Domingo de Aco-bamba de la provincia de Huancayo del departamento deJunín; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido, aún subsisten las condiciones que determi-naron la declaratoria del Estado de Emergencia en determinadasprovincias y distritos de los departamentos antes citados; Que, el artículo 137º de la Constitución Política del Perú, establece en el numeral 1) que la prórroga del Estado de Emergencia requiere de nuevo decreto; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Prórroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el término de sesenta (60) días, a partir del 22 de setiembre del 2004, el Estado de Emergencia enlas provincias de Andahuaylas y Chincheros del departa-mento de Apurímac, en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, en la provincia de LaConvención del departamento del Cusco; en la provincia deSatipo, en el distrito de Andamarca de la provincia de Con-cepción, y en el distrito de Santo Domingo de Acobamba dela provincia de Huancayo del departamento de Junín. Artículo 2º.- Suspensión de Derechos Constitu- cionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el artículo anterior, quedan suspendidos los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11) y 12) del artículo 2º, y en el inciso 24) apartado f) delmismo artículo, de la Constitución Política del Perú. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro deDefensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justi- cia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la ProducciónEncargado de la Cartera de Defensa JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 16871 AGRICULTURA Aceptan renuncia de Secretario Gene- ral del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0673-2004-AG Lima, 16 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0218-2004-AG, de fecha 23 de febrero de 2004, se designo al Dr. MarioAlfonso Liendo Seminario en el cargo de Secretario Gene- ral del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha presentado su re- nuncia al cargo que venia desempeñando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia presentada por el Dr. Mario Alfonso Liendo Seminario al cargo de Secretario General del Ministerio de Agricultura dándole las gracias por los servicios prestados al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 16862 Designan Secretaria General y Asesor de la Alta Dirección del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0674-2004-AG Lima, 16 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Ge- neral del Ministerio de Agricultura; por lo que resulta nece-sario proceder a su designación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902y Ley Nº 27594;Nº GR ES OR D.N.I. APELLIDO/S NOMBRE/S Ord.