Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2004 (17/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 17 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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caldes provinciales de ciudades capitales de Departamento, la modificacion normativa que se propone. ANALISIS COSTO BENEFICIO Los costos que tiene para el Estado la no-incorporacion automatica de los Gobiernos Locales al Sistema Nacional de Inversion Publica, y que podrian explicarse por la falta de analisis tecnico de preinversion; se justifican ampliamente en consideracion a que la presente MORDAZA dispone: 1. Los requisitos minimos para su incorporacion (es decir varia un mecanismo establecido basandose en un criterio cuantitativo, por otro fundamentado en un criterio cualitativo) y 2. MORDAZA las distorsiones y consideraciones negativas que surgen de quienes no cuentan con elementos minimos para la labor profesional de formulacion y evaluacion de proyectos que el Sistema Nacional de Inversion Publica demanda. INCIDENCIA DE LA MORDAZA PROPUESTA SOBRE LA LEGISLACION VIGENTE La MORDAZA propuesta es una modificacion directa de un articulo y dos disposiciones complementarias (una por sustitucion y la otra por adicion) de la Directiva Nº 0042003-EF/68.01, Directiva del Sistema Nacional de Inversion Publica para Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobada por Resolucion Directoral Nº 007-2003EF/68.01; modificada por Resolucion Directoral Nº 0012004-EF/68.01 MORDAZA, 10 de septiembre de 2004 Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico 16816

rrollo sostenible, para el caso de concesiones aprobadas y en tramite; Con la opinion favorable del Viceministro de Minas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y el articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formulario de declaracion jurada Aprobar el formato de Declaracion Jurada de Compromiso Previo a que se refiere el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 042-2003-EM, que debe presentarse conjuntamente a las solicitudes de concesion de beneficio, de acuerdo con el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Declaracion Anual Aprobar el formato de Declaracion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible a que se refiere el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 042-2003-EM, que hayan sido realizadas por el titular de actividad minera durante el ejercicio anterior a la mencionada declaracion, de acuerdo con el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Remision de las Declaraciones a la Direccion General de Mineria La Declaracion de Compromiso Previo presentada con el petitorio de concesion minera, sera remitida en MORDAZA certificada por el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero a la Direccion General de Mineria, dentro de los 5 primeros dias utiles del mes siguiente a aquel en que quedaron consentidas las resoluciones que otorgaron los titulos de concesion minera. Articulo 4º.- Supervision de eficacia de actividades realizadas La Direccion General de Mineria realizara la supervision de la eficacia de las actividades declaradas de conformidad con lo establecido en el Articulo 2º de la presente Resolucion Ministerial. Con esta finalidad, la Direccion General de Mineria, de acuerdo a su competencia, dictara las disposiciones que se requieran. Disposiciones Finales y Transitorias Primera.- Unidades mineras con operaciones en marcha En los casos de concesiones mineras y de beneficio que se encuentren en actual operacion, los titulares presentaran la Declaracion Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible desde la correspondiente al ano 2004. Segunda.- Petitorios de concesion minera en tramite En los casos de petitorios de concesion minera, formulados con anterioridad a la aprobacion del Decreto Supremo Nº 042-2003-EM y que se encuentren en tramite, los titulares se ceniran a lo dispuesto en el articulo 3º de la citada MORDAZA, luego de la aprobacion del titulo que otorga la concesion. Tercera.- Solicitudes de concesion de beneficio en tramite En el caso de solicitudes de concesion de beneficio o de su ampliacion, cuyo tramite se MORDAZA iniciado con anterioridad a la aprobacion del Decreto Supremo Nº 042-2003EM, que se encuentren en tramite, y en sus respectivos Estudios de Impacto Ambiental no tengan previsto los compromisos a los que se refiere la MORDAZA referida, los solicitantes presentaran la Declaracion Jurada de Compromiso Previo, dentro del procedimiento ordinario, MORDAZA de la aprobacion del titulo de concesion o de la ampliacion solicitada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Formatos de Declaracion Jurada de Compromiso Previo y de Declaracion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible a que se refiere el D.S. Nº 042-2003-EM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 356-2004-MEM/DM MORDAZA, 16 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2003-EM se establecio incorporar como requisito para la formulacion de petitorios de concesion minera y de concesion de beneficio, la MORDAZA de una declaracion jurada de compromiso previo por parte del peticionario y del titular de actividad minera, respecto a la conservacion del medio ambiente y el respeto a la poblacion del area de influencia; Que, el citado Decreto Supremo tambien establecio incluir el requisito MORDAZA mencionado, en los documentos ambientales que se presentan para el inicio de actividades mineras en concesiones ya otorgadas; Que, asimismo, la MORDAZA MORDAZA mencionada establece que los titulares de actividad minera deben presentar un informe anual sobre las actividades de desarrollo sostenible realizadas en el ano anterior en el MORDAZA del compromiso adquirido; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 00002-2004-INACC/J del 8 de enero de 2004, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, aprobo el formato de Compromiso Previo en el caso de formulacion de nuevos petitorios de concesiones mineras; Que es necesario, emitir las disposiciones que permitan dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 042-2003-EM, en lo que se refiere a concesiones de beneficio, declaraciones anuales de actividades de desa-

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