NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (18/09/2004)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G36/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de setiembre de 2004 la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las municipalida- des gozan de autonomía política, económica y administra-tiva en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 41-MDSM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de mayo de 2004,se ha establecido el Beneficio de Regularización Tribu- taria, para aquellos contribuyentes omisos a la presen- tación de la Declaración Jurada de Impuesto Predial (Ins-cripción), así como para quienes no hayan presentadola respectiva Declaración Jurada de Impuesto Predial derectificación o que habiendo presentado la misma, hayasido realizada en forma indebida o incorrecta, o que no hayan declarado las modificaciones realizadas en el pla- zo de ley (subvaluación), beneficio que tuvo vigenciahasta el 19 de junio de 2004; el cual fue prorrogado has-ta el 14 de julio de 2004, mediante Decreto de AlcaldíaNº 15-2004-MDSM, publicado en el Diario Oficial El Pe-ruano el 19 de junio de 2004, y mediante Decreto de Alcaldía Nº 17-2004-MDSM, publicado en el Diario Ofi- cial El Peruano el 19 de sgosto del presente año se pro-rrogó hasta el 15 de setiembre ; Que, actualmente se viene recibiendo la solicitud de contribuyentes, quienes tienen el deseo de acogerse alBeneficio de Regularización por Fiscalización, pero que por motivos ajenos a su voluntad no les ha sido posible acogerse al citado beneficio, en ese sentido y siendoconscientes que el país actualmente viene atravesan-do una situación económica agobiante, es necesarioestablecer una nueva prórroga a fin que aquellos con-tribuyentes que hasta la fecha no han regularizado la situación actual de su predio, tengan una nueva opor- tunidad para que puedan cumplir con sus obligacionesformales y sustanciales ante esta Corporación Edil,brindándosele para ello las mayores facilidades delcaso; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la segunda disposición final de la Ordenanza Nº 41-MDSM y en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el Beneficio de Re- gularización Tributaria, establecido mediante Ordenanza Nº41-MDSM, hasta el 30 de octubre de 2004. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Secretaría de Imagen Institu- cional, Subgerencia de Tesorería y Subgerencia de Infor- mática, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 16943 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G75/G62/G64/G69/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G20/G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G49/G4E/G20/G2D/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C GERENCIA DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 022-04-GOD/MDS Surquillo, 24 de agosto del 2004 EL GERENTE DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto el Expediente Nº 77338-2004, seguido por el re- currente RAUL NICANOR GARCIA RODRIGUEZ, sobreSubdivisión del Lote Matriz de 1,133.40 m2 de área, ubica- do con frente a la Av. Angamos Este Nº 1715, esquina conla calle Uno del distrito de Surquillo, de la provincia y de-partamento de Lima, con Zonificación CIN - Zona de Co-mercio Industrial; CONSIDERANDO: Que, con Zonificación CIN - Zona de Comercio Indus- trial asignada al lote matriz permite la subdivisión con áreassuperiores; Que, el recurrente ha cumplido con presentar los requi- sitos exigidos en el TUPA de la Municipalidad de Surquillo; Que, con el informe favorable de la Subgerencia de Obras Privadas Nº 647-04/SGOP/GODU del 11-8-2004,concordante con el Reglamento Nacional de Construccio-nes y la cancelación con el recibo Nº 231546 por derechos de Subdivisión del Lote Matriz, se ha cumplido con los re- quisitos exigidos; Que de acuerdo al Informe Nº 035-04-AL/GODU-MDS, de Asesoría Legal de la Gerencia de Obras y DesarrolloUrbano, de fecha 12-8-2004 y conforme a las atribucionesconferidas a esta Gerencia por la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, y demás normas de la materia vigen- tes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Subdivisión del Lote Matriz de 1,133.40 m2 de área, ubicado con frente a la Av.Angamos Este Nº 1715, esquina con la calle Uno del distri-to de Surquillo, de la provincia y departamento de Lima,cuya Zonificación es CIN - Zona de Comercio Industrial,de la siguiente forma: SUBLOTE 1.- Con área de 677.70 m2, con los linderos y medidas perimétricas siguientes: Por el Frente, con la Av. Angamos - Este, con 27.00 ml. Por la Derecha entrando, con propiedad de terceros, con 25.10 ml. Por la Izquierda entrando, con la calle Uno, con 25.10 ml. Por el Fondo, con el Lote 2, con 27.00 ml. SUBLOTE.- Con un área de 455.70 m2, con los linde- ros y medidas perimétricas siguientes: Por el Frente, con la calle Uno, con 11.90 ml. Por la Derecha entrando, con el Lote 1, con 39.00 ml.Por la Izquierda entrando, con propiedad de terceros, con 37.30 ml. Por el Fondo, con propiedad de terceros, con 12.00 ml. Cada lote independiente y/o Sublotes 1 y 2, tienen como único titular de dominio al señor Raúl N. GarcíaRodríguez. Artículo Segundo.- Las características de los Lotes 1 y 2, resultantes de la subdivisión, figuran en los Planos yMemoria Descriptiva, anexos que forman parte de la pre-sente Resolución debidamente visados. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la misma que corre a cargo del recurrente, y que debe efectuarsedentro del plazo máximo de 30 días, a partir de la fecha desu notificación. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad de Lima para la revisión de los aportes que corresponde, así como a la Oficina Registral de Lima y Callao, para la inscripción in-mobiliaria correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO Gerente 16856