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PÆg. 290144 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de abril de 2005 Artículo Tercero.- Disponer la Colocación de seña- les o avisos indicativos con el logo de ZONA RÍGIDA para el Comercio Ambulatorio, con el objeto de regular lo establecido en la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Secretaria Gene- ral queda encargada de difundir y distribuir la Ordenan- za a las Gerencias y Subgerencias. Artículo Quinto.- Deróguese y déjese sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 06621 Disponen el cambio del sentido del trÆn- sito en vías del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2005-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 16 de marzo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO:El Informe Nº 031-2005-SGPMT/MDCLR, de la Subgerencia de Policía Municipal y Transporte, solici-tando el cambio de sentido de vías. CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre en su artículo 18º inciso c) establecela competencia de las Municipalidades Distritales en materia de viabilidad, la instalación, mantenimiento y re- novación de los sistemas de señalización de tránsito ensu jurisdicción, conforme al Reglamento Nacional res- pectivo; Que, el artículo 81º numeral 3, inciso 3.1. de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala como función específica compartida de la Municipalidad Distri- tal, establece la nomenclatura y señalización de calles yvías de acuerdo con la regulación provincial y en coordi- nación con la Municipalidad Provincial; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 119VT-2004- SGCA-IMT-SGPMT/MDCLR, del Inspector Municipal de Transporte, indica que habiendo evaluado las vías in- ternas del distrito y a fin de dar fluidez al tránsito en eljirón Julio C. Tello cuadras 5 a la 10 y el tramo com- prendido en el jirón José Santos Chocano cuadras 5 a la 8; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas a la Alcaldía por la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el Cambio de Sentido del Tránsito del Jr. Julio C. Tello desde la cuadra 2 a la cuadra 10, en un solo sentido de subida y del Jr. JoséSantos Chocano de la cuadra 5 a la cuadra 8 en un solo sentido de bajada a partir de la dación del presente dis- positivo municipal. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Policía Municipal y Transporte la difusión y notificación del presente Decreto a las Empresas de TransporteEspecial de Vehículos Menores. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del presen- te Decreto a la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo Cuarto.- Comunicar a la Comisaría del sec- tor para las coordinaciones correspondientes. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento del pre- sente Decreto a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Policía Municipal, Transporte y Subge- rencia de Logística.Regístrese, comuníquese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 06613 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA Declaran nulo otorgamiento de la bue- na pro del Proceso de Licitación Pœ- blica N” 002-2004-MPS (2da. Convo- catoria) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0116 Chimbote, 9 de marzo de 2005 VISTO: El Expediente Administrativo Nº 2497-2005, presentado por la Sra. Rosa Celmira Castro Burgos, Presidenta de la Asociación Fondo para el Fomento dela Ganadería del Valle Santa Lacra marca - Fongal; y, CONSIDERANDO: Que, la Impugnante Presidenta del Fondo para el Fo- mento de la Ganadería del Valle Santa - Lacramarca, interpone Recurso Impugnatorio de Apelación contra elActo de Otorgamiento de la Buena Pro, enervado de la Licitación Pública Nº 002-2004 (2da. Convocatoria), la cual resultó ganadora la Asociación "La Lecherita", fun-damentando su impugnación en el hecho calificativo del Comité de Evaluación al haber otorgado a su represen- tada "o" puntos al momento de calificar la Licencia deFuncionamiento Provisional presentada por la recurrente en dicho acto, toda vez que el numeral 4.2 Acápite "E" de las Bases indica como exigencia la presentación de lacopia simple de la Licencia de apertura de estableci- miento pero no indica que dicha Licencia debe ser defini- tiva o provisional, esgrime además como fundamentojurídico de su pretensión la Ley Nº 28015, Art. 38º, la cual refiere "da pleno valor a la Licencia Provisional de Funcionamiento"; Que, con Informe Nº 259-2005-GAJ/MPS, la Geren- cia de Asesoría Jurídica informa que al haber verificado la copia de la Solicitud de la Licencia Provisional de Fun-cionamiento presentada ante esta administración edil por la recurrente, se colige que ésta tiene fecha de presen- tación el 2-9-04, es decir fecha antes de llevarse a caboel presente proceso de licitación y que por letargo admi- nistrativo y/o por desidia de la actora no ha cumplido con recabar la licencia de funcionamiento definitiva, no obs-tante en este extremo resulta de aplicación lo dispuesto por el Art. 38º de la Ley Nº 28015 - Ley de Promoción y Formalización de la Micro Enpresa, el cual indica que "sivencido el plazo de 7 días la Municipalidad no se pronun- cia sobre la solicitud del usuario se entenderá otorgado la Licencia de Funcionamiento Provisional, la cual tendrávalidez de (12) meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud"; Que, siendo así el Comité Especial ha infringido las Bases Administrativas elaboradas y aprobadas para el presente Proceso de Selección, al no haberse otorgado el puntaje que le correspondía a la recurrente, hechoque ha originado la variación del resultado final del Pro- ceso (Acto de Otorgamiento de la Buena Pro), siendo de opinión la Gerencia de Asesoría Jurídica en aplicacióndel Art. 180º Inc. c) del D.S. Nº 013-2001-PCM, se decla- re Fundado el Recurso de Apelación interpuesto por la representante Legal de Fongal - Chimbote y en conse-cuencia, Nulo el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro a favor de la Asociación "La Lecherita" en el Proceso de Licitación Pública Nº 002-2004; estando a que los recur-sos impugnativos llevan implícito a que las nulidades deben retrotraerse al estado procesal del presente pro- ceso a la Etapa previa a la calificación de la LicenciaProvisional de Funcionamiento presentada en dicho acto concursal por la impugnante, otorgándosele el puntaje que corresponde y al mismo tiempo el Comité de Sele-cción en uso de sus facultades proceda a evaluar los