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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (03/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 290143 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de abril de 2005 las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Orgá- nica de Municipalidades y con el voto por UNANIMI- DAD de los señores regidores se aprobó la siguien- te: ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Dis- trital de Carmen de la Legua-Reynoso, en el Procedi-miento Nº 7, 7.2 sobre Rectificación Administrativa, en el extremo que se elimina el cobro de S/.20.00 Nuevos Soles por concepto de este trámite, siempre y cuandoéste sea producto de la omisión u error comprobado del registrador. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 06617 Disponen otorgar partidas de naci- miento en forma gratuita para la obten-ción del DNI de menores de edad ORDENANZA Nº 014-2005-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 7 de marzo del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO:En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fe- cha mediante Acuerdo de Concejo Nº 025-2005-MDCLR,se aprobó la Expedición Gratuita de Partidas de Nacimiento a Menores de Edad, con la finalidad de trami- tar su D.N.I. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de febrero mediante Informe Nº 054-2005-RR.CC-MDCLR, la Subgerencia deRegistros Civiles informa que requiere la opinión le- gal sobre la expedición de partidas de nacimiento gratuitas para los menores de edad con la finalidadque obtengan su DNI y que tal hecho beneficiaría a los menores de 0 años a 17 años, debiendo indicarse en la partida de nacimiento que se extiende el usoque se le va a destinar; Que, con fecha 7 de marzo del 2005 la Subgerencia de DEMUNA informa que es procedente la expediciónde la partida de Nacimiento Gratuita par los menores de edad que van a obtener su DNI y que es función de la Municipalidad según la Ley Orgánica de Municipalida-des difundir y promover los derechos del niño, adolescente, asimismo se debe velar por los principios fundamentales como el interés superior del niño y deladolescente, la gratuidad de los servicios y la no discri- minación; Que, la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en su Artículo 84º sobre los programas sociales, defen- sa y promoción de derechos establece en los subnume- rales 2.4, 2.9 Numeral 3 subnumerales 3.1, 3.3 la pro-moción y defensa de los niños y adolescentes en todos sus sentidos; Que, con fecha 7 de marzo, mediante Informe Nº 131-2005-GAL-MDCLR, el Gerente de Asesoría Legal opina que es procedente el otorgamiento de la Partida de Nacimiento en forma Gratuita para la obtención del DNIde los menores de edad; Que, por lo expuesto se hace necesario promul- gar el dispositivo legal correspondiente y en uso delas facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Orgá- nica de Municipalidades y con el voto por UNANIMI- DAD de los señores regidores se aprobó la siguien-te:ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar Partidas de Nacimiento en forma Gratuita para la Obtención del DNI de los meno-res de edad (de 0 a 17 años de edad). Artículo Segundo.- Autorizar a la Subgerencia de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en lapresente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 06623 Declaran diversas Æreas destinadas a alamedas como zona rígida para el co-mercio ambulatorio ORDENANZA Nº 015-2005-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 7 de marzo del 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fe- cha mediante Acuerdo de Concejo Nº 026-2005-MDCLR, aprobó la Ordenanza que declara las Áreas Destinadasa Alamedas como Zona Rígida para el Comercio Ambula- torio. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Inc. 6 del artículo 195º de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la econo- mía local y la prestación de los servicios públicos de suresponsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, en el marco especial establecido por la legisla- ción y reglamentación corresponde a las municipalida- des Distritales la definición y aprobación de las seccio- nes viales normativas y los derechos de vía de las víaslocales; Que, las áreas que forman parte de Derecho de Vía son de uso público, irrestricto, inalienables e impres-criptibles, quedando terminantemente prohibido su utiliza- ción para otros fines; Que, las Municipalidades Distritales que conforman la Provincia Constitucional del Callao, tendrán a su car- go la ejecución mantenimiento, rehabilitación, señaliza- ción, ornato y mobiliario de las vías locales de su juris-dicción; Que, las áreas destinadas a alamedas son de uso público irrestricto y no pueden aprovecharse de maneraexclusiva por particulares salvo que se autorice su con- cesión administrativa de acuerdo a Ley; Que, estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º, Inc. 8 de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades y con el voto por UNANI- MIDAD de los señores regidores se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA LAS ÁREAS DESTINADAS A ALAMEDAS COMO ZONA RÍGIDA PARA EL COMERCIO AMBULATORIO Artículo Primero.- Declarar zona rígida para el co- mercio ambulatorio y de uso por particulares las alame- das ubicadas en: - Alameda de los Conquistadores, ubicado en la cua- dra 7 de la Av. Elmer Faucett (entre Av. 28 de Julio y Jr. Ica). - Alameda del Sector Chacra Puente Ubicado en la Av. 28 de Julio (entre Jr. Cecilia Túpac Amaru y Jr. Daniel Alcides Carrión). Artículo Segundo.- Prohibir el Comercio Ambula- torio en las indicadas vías.