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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (16/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 290968 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de abril de 2005 Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órde-nes de Inspección Nºs. 593-2005-MTC/12.04-SDO y594-2005-MTC/12.04-SDO designando a los Inspec-tores Ricardo Rafael Pazos Raygada y Elías EllardRobles Stambury, respectivamente, para realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo del equipoDC-10, en el Centro de Entrenamiento de Pan Am Inter-national Flight Academy, al personal aeronáutico pro-puesto por la empresa Cielos del Perú S.A., en la ciu-dad de Miami, Estados Unidos de América, durante losdías 16 al 19 de abril de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección Gene-ral de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamen-to, puedan realizar los chequeos técnicos a que se con-traen las Órdenes de Inspección Nºs. 593-2005-MTC/12.04-SDO y 594-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre-mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Ricardo Rafael Pazos Raygada y Elías Ellard RoblesStambury, Inspectores de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Améri-ca, durante los días 16 al 19 de abril de 2005, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Cielos del Perú S.A. a través de los Recibosde Acotación Nºs. 4014, 5360, 5361, 6281 y 6284, abona-dos a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, incluyendo las asignacionespor concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto,de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos Inspectores) US$ 1,760.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto(por dos Inspectores) US$ 56.48 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, losInspectores mencionados en el artículo 1º de la presen-te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre-sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a laOficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via-je autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07274 Declaran resuelto contrato de conce- sión suscrito con Nortek Commu-nications S.A.C. para la prestación deservicios portadores de larga distancia nacional e internacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 213-2005-MTC/03 Lima, 12 de abril de 2005CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 089-99-MTC/ 15.03, de fecha 17 de marzo de 1999, se otorgó a laempresa NORTEK COMMUNICATIONS S.A.C. conce-sión para la prestación de los servicios públicos portado-res de larga distancia nacional e internacional en la Re-pública del Perú, habiéndose suscrito el respectivo con-trato el 6 de abril de 1999; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 107-99- MTC/15.03, de fecha 19 de marzo de 1999, se asignó ala empresa NORTEK COMMUNICATIONS S.A.C.,espectro radioeléctrico y se aprobaron las carac-terísticas técnicas específicas de operación para la pres-tación de los servicios concedidos mediante ResoluciónMinisterial Nº 089-99-MTC/15.03; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 329-99- MTC/15.03, de fecha 12 de octubre de 1999, se autorizóa NORTEK COMMUNICATIONS S.A.C. la modificaciónde las características técnicas de operación, sustitu-yendo los anexos 1 y 2 aprobados mediante ResoluciónViceministerial Nº 107-99-MTC/15.03, se dejó sin efecto2 estaciones autorizadas con la citada resolución y se leotorgó permiso para la instalación de cuatro estacionesradioeléctricas; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 020- 2000-MTC/15.03, de fecha 25 de enero del 2000, seotorgó a NORTEK COMMUNICATIONS S.A.C. permisode instalación de dos estaciones radioeléctricas para laprestación de los servicios concedidos, asimismo se leasignó espectro radioeléctrico; Que, Mediante Resolución Viceministerial Nº 282- 2000-MTC/15.03, de fecha 2 de agosto de 2000, se au-torizó a NORTEK COMMUNICATIONS S.A.C. la modifi-cación de las características técnicas de seis estacio-nes terrenas satelitales, autorizadas mediante Resolu-ciones Viceministeriales Nºs 107-99-MTC/15.03, 329-99-MTC/15.03 y 020-2000-MTC/15.03, para la presta-ción de los servicios otorgados en concesión medianteResolución Ministerial Nº 089-99-MTC/15.03. Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado con Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, es-tablece que los servicios portadores se prestan bajo elrégimen de concesión, la cual se otorga previo cumpli-miento de los requisitos y trámites que establecen la Leyy el Reglamento y se perfecciona por contrato escritoaprobado por el Titular del Ministerio; Que, el artículo 136º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,señala que entre las obligaciones principales del conce-sionario se encuentra el pagar oportunamente los dere-chos, tasas, canon y demás obligaciones que genere laconcesión; Que, el numeral 6.03 de la cláusula sexta del Contra- to de Concesión suscrito con la empresa NORTEK COM-MUNICATIONS S.A.C. establece la obligación de la con-cesionaria de cumplir con el pago de la tasa anual por laexplotación comercial del servicio concedido; Que, el literal a), del numeral 18.01, de la cláusula décima octava del contrato de concesión, dispone queéste quedará resuelto cuando la empresa concesiona-ria incurra en alguna de las causales de resolución delcontrato de concesión previstas en el Reglamento Ge-neral; Que, el artículo 144º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,en su numeral 5, dispone que el contrato de concesiónse resuelve por incumplimiento del pago de la tasa du-rante dos (2) años calendario consecutivos, salvo quecuente con fraccionamiento vigente; asimismo estable-ce que para este caso, la resolución opera de plenoderecho, sin perjuicio de su formalización mediante laresolución correspondiente; Que, mediante Hoja Informativa Nº 166-2004-MTC/ 03.03.Acot.Servicio Público, la Oficina de Recaudacióny Soporte Operativo señala que la empresa NORTEKCOMMUNICATIONS S.A.C., no ha cumplido con reali-zar los pagos correspondientes a la tasa por explota-ción del servicio de telecomunicaciones desde el año1999 al 2003;