Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (16/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 290980 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de abril de 2005 SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la Contrata-ción del “Servicio de Telefonía Móvil” del MinisterioPúblico, por el plazo de 90 días, a partir de la sus-cripción del contrato correspondiente, por un valorreferencial ascendente a S/. 30,616.78 (Treinta MilSeiscientos Dieciséis y 78/100 Nuevos Soles) men-suales, con Fuente de Financiamiento: 00: RecursosOrdinarios, dado que los hechos implican que severían afectados en forma directa e inminente la con-tinuidad de los servicios esenciales a cargo del Mi-nisterio Público, en mérito a los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo Segundo.- EXONERAR a la Gerencia Central de Logística de la realización del proceso deselección correspondiente y autorizarla para efec-tuar la contratación del “Servicio de Telefonía Móvil”mediante una acción inmediata, invitando a un soloproveedor, cuya propuesta cumpla con las caracte-rísticas y condiciones establecidas en las Bases,dejando constancia que si dentro del plazo de 90días, se logra suscribir un nuevo contrato de servi-cio, la situación de Desabastecimiento Inminente con-cluirá inmediatamente. Artículo Tercero.- Disponer se efectúe la publica- ción de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano dentro de los diez (10) días hábiles de suemisión, así como en el SEACE, y asimismo, se re-mita a la Contraloría General de la República copiade la misma y de los informes que sustentan estaexoneración, dentro de los diez (10) días naturalessiguientes a su aprobación. Artículo Cuarto.- Disponer que el Órgano de Con- trol Institucional inicie el examen correspondiente a finde adoptar las medidas correctivas a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- Remitir copia de la presente Resolución a la Gerencia General, Gerencias Centralesde Logística, de Recursos Económicos, Oficina deAsesoría Jurídica y al Órgano de Control Institucional,para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 07399 Disponen que Fiscalías Provinciales de Huamanga, Distrito Judicial de Ayacucho, asuman competencia sobre los distritos de Paras y Totos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 797-2005-MP-FN Lima, 15 de abril de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO:El Oficio Nº 845-2005-MP-FSDDJ-AY, de fecha 31 de marzo del 2005, cursado por el Fiscal Superior Decanodel Distrito Judicial de Ayacucho, mediante el cual infor-ma que por Resolución Administrativa Nº 019-2005-CE-PJ, de fecha 28 de enero del 2005, el Consejo Ejecutivodel Poder Judicial, dispone que los distritos de Paras yTotos, de la provincia de Cangallo y Vilcanchos, de laprovincia de Víctor Fajardo, dependerán de los órganosjurisdiccionales que funcionan en la provincia deHuamanga, departamento y Distrito Judicial de Ayacu-cho, lo que hace necesario adecuar la citada competen-cia a las Fiscalías Provinciales que funcionan en la pro-vincia de Huamanga. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica delMinisterio Público.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que las Fiscalías Pro- vinciales de la provincia de Huamanga, Distrito Judicialde Ayacucho, asuman competencia sobre los distritosde Paras y Totos, de la provincia de Cangallo yVilcanchos, de la provincia de Víctor Fajardo. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Dis-trito Judicial de Ayacucho, Gerencia Central de Personaly Gerencia de Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 07400 S B S Actualizan capital social mínimo de empresas supervisadas correspondien- te al trimestre abril-junio de 2005 CIRCULAR Nº G-121-2005 Lima, 13 de abril de 2005 ------------------------------- Ref.: Actualización del capital social mínimo corres-pondiente al trimestreabril-junio de 2005.------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atri- buciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349ºde la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias,esta Superintendencia dispone la actualización trimes-tral, correspondiente al período abril-junio de 2005, delos capitales sociales mínimos de las empresas indi-cadas en los artículos 16º y 17º de la referida LeyGeneral, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 18º de dicha norma, así como de los capitalesmínimos requeridos en el esquema modular a que serefiere el artículo 290º de la Ley antes citada, según elanexo adjunto. Atentamente,JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros ANEXO ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LAS EMPRESAS SUPERVISADAS CORRESPONDIENTE AL TRIMESTRE ABRIL-JUNIO DE 2005 (EN NUEVOS SOLES) CAPITAL SOCIAL MÍNIMO* A. Empresas de Operaciones Múltiples 1. Empresas Bancarias. 19,799,085 2. Empresas Financieras. 9,956,627 3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 900,079 4. Caja Municipal de Crédito Popular. 5,310,201 5. Entidad de Desarrollo a la Pequeña y 900,079 Micro Empresa - EDPYME. 6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar 900,079 recursos del público. 7. Caja Rural de Ahorro y Crédito. 900,079