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PÆg. 290981 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de abril de 2005 048-2004-PCM en sesenta días adicionales y, poste- riormente, por Decreto Supremo Nº 061-2004-PCM, hastala expedición y vigencia de los dispositivos legales pro-puestos por la Comisión Especial, designada por Reso-lución Suprema Nº 097-2004-PCM; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, en cualquier estado delproceso, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro,la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razonesde fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca lanecesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendola necesidad, el presupuesto asignado tenga que desti-narse a otros propósitos de emergencia declarados ex-presamente, bajo su exclusiva responsabilidad; Que, con fecha 24 de diciembre de 2004, el Comité Especial designado por Resolución de la Presidencia delConsejo Nacional de Inteligencia Nº 096-2004-CNI, defecha 30 de noviembre de 2004, procedió a efectuar laconvocatoria del proceso de selección de ConcursoPúblico Nº 0002-2004-CNI, para la contratación del ser-vicio de internet, el mismo que en acto público celebradocon fecha 25 de enero de 2005, fue declarado desierto,al no haberse presentado postores; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, la declaratoria de desiertode un proceso de selección obliga a la Entidad a evaluarlas causas que motivaron dicha declaratoria antes deconvocar nuevamente; Que, como consecuencia de la declaratoria de de- sierto y evaluación efectuada, el Jefe de la Oficina Ge-neral de Planificación, Presupuesto y Administración,mediante Memorando Nº 704-2005-OGPPA-CNI, de fe-cha 3 de marzo de 2005, solicitó al Director de DITECI-TE, que emita opinión sobre la posibilidad de mantener elservicio de internet con las especificaciones técnicascon las que actualmente se cuenta; Que, mediante Memorandos Nºs. 135 y 147-2005- DITECITE-CNI, el Director de Telemática, Ciencia y Tec-nología, precisa que en vista de la necesidad de la orga-nización de contar con el servicio de internet de formaininterrumpida, considera que es factible mantener elservicio con las características actuales, sin que ellosignifique abdicar de la necesidad de que el CNI puedacontar, en un futuro cercano con mejores y segurascondiciones en la prestación del servicio en mención, deacuerdo a las especificaciones técnicas remitidas en suoportunidad y que sirvieron de base para la realizacióndel Concurso Público Nº 0002-2004-CNI; Que, como consecuencia de los hechos expuestos, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Na-cional de Inteligencia Nº 029-2005-CNI, de fecha 8 demarzo de 2005, se modificó el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones de la Entidad, excluyéndosedel mismo, el proceso de Concurso Público Nº 0002-2004-CNI e incluyéndose la realización de una Adjudica-ción Directa Selectiva a efectos que se proceda a efec-tuar la contratación del servicio de internet con las condi-ciones técnicas con las que actualmente se cuenta; Que, adicionalmente, mediante Informe Nº 016-2005- UA-OGPPA-CNI, de fecha 9 de marzo de 2005, el Jefede la Unidad de Abastecimiento precisa que por razonesde disponibilidad presupuestal y operativas de la entidady según las coordinaciones efectuadas con la OficinaGeneral de Planificación, Presupuesto y Administración,se ha determinado la necesidad de priorizar la atencióndel servicio de internet con fibra óptica, para realizarladurante el año fiscal 2006, pudiendo mantenerse el ser-vicio en el presente, con las especificaciones actuales,esto es utilizando como medio físico de última milla el parde cobre; Que, mediante Memorando Nº 932-2005-OGPPA- CNI, de fecha 23 de marzo de 2005, el Jefe de la OficinaGeneral de Planificación, Presupuesto y Administraciónsolicita a la Dirección de Asesoría Jurídica, la elabora-ción del acto resolutivo por medio del cual se cancele elproceso de selección de Concurso Público Nº 0002-2004-CNI;B. Empresas Especializadas 1. Empresa de Capitalización Inmobiliaria. 9,956,627 2. Empresa de Arrendamiento Financiero. 3,239,223 3. Empresa de Factoring. 1,800,158 4. Empresa Afianzadora y de Garantías. 1,800,158 5. Empresa de Servicios Fiduciarios. 1,800,158 C. Bancos de Inversión 19,799,085 D. Empresas de Seguros 1. Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos 3,600,316 generales o de vida). 2. Empresa que opera en ambos ramos (de riesgos 4,949,107 generales y de vida). 3. Empresa de Seguros y Reaseguros. 12,599,780 4. Empresa de Reaseguros. 7,650,672 E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 3,239,223 2. Empresa de Transporte, Custodia y Administración de 13,275,503 Numerario. 3. Empresa Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito. 900,079 4. Empresa de Servicios de Canje. 900,079 5. Empresa de Transferencia de Fondos. 900,079 F. Empresas en el Esquema Modular 1. Módulo 1 4,978,314 2. Módulo 2 9,956,627 3. Módulo 3 19,799,085 Índice Base : Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 – marzo 2005: 1.32755029 *Las actualizaciones se realizan respecto del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, artículo 18º de la Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias. 07302 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Cancelan proceso de selección convocado para contratar servicio deinternet RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 042-2005-CNI Chorrillos, 12 de abril de 2005 VISTO:El Memorando Nº 704-2005-OGPPA-CNI, de fecha 3 de marzo de 2005, el Memorando Nº 135-2005-DITECI-TE-CNI, de fecha 3 de marzo de 2005, el Memorando Nº147-2005-DITECITE-CNI, de fecha 8 de marzo de 2005,el Informe Nº 016-2005-UA-OGPPA-CNI, de fecha 9 demarzo de 2005, el Memorando Nº 932-2005-OGPPA-CNI, de fecha 23 de marzo de 2005, el Informe Nº 022-2005-DIAJU-CNI, de fecha 8 de abril de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27479 - Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) se crea el Consejo Nacio-nal de Inteligencia (CNI); Que, por Decreto Supremo Nº 012-2004-PCM se dis- puso la fusión de la Dirección Nacional de InteligenciaEstratégica con el Consejo Nacional de Inteligencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2004-PCM, se declara en reorganización al Consejo Nacional deInteligencia por el plazo de noventa días, el mismo quefuera prorrogado inicialmente por Decreto Supremo Nº