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PÆg. 291706 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de abril de 2005 conformado por representantes del Sector Público y del Sector Privado; Que, mediante el documento del visto, el Presidente del Comité Directivo del PROSAAMER, propone la incorporación del Director General de Administración del Ministerio de Agricultura, como miembro del Comité Directivo a su cargo, debido a que será el responsable de la administración financiera del programa; Que, teniendo en consideración que para tal efecto se cuenta con la no objeción de la Dirección General de Progra- mación Multianual del Sector Público del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, y, del Banco Interamericano de Desarro- llo, resulta procedente efectuar la incorporación solicitada; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgáni- ca del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902 y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar, en el Comité Directivo del "Programa de Servicios de Apoyo para Acceder a los Mer- cados Rurales - PROSAAMER", como representante del Sector Público, al Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 08228 Designan funcionarios en la Dirección Regional Agraria Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0437-2005-AG Lima, 26 de abril de 2005CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0056-2004- AG de fecha 21 de enero de 2004, se designó a los Ings. Lizandro Irigoin Gonzales, Carlos E. Gastelo Villanueva y Julio César Gonzales Soto en las plazas de Director de Programa Sectorial II de la Administración Técnica de Distrito de Riego Acarí - Yauca - Puquio; Ocoña - Pausa y Camaná - Majes, respectivamente, de la Dirección Regional Agraria Arequipa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0810-2003- AG de fecha 7 de noviembre de 2003, se designó al Ing. José Ignacio Paredes Sánchez en la plaza de Director de Programa Sectorial II, de la Administración Técnica de Distrito de Riego Tambo - Alto Tambo, de la Dirección Regional Agraria Arequipa; Que, se ha visto por conveniente realizar la rotación de los citados Administradores Técnicos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594, el Artículo 29º del Reglamento de Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003- AG, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de los siguientes funcionarios, en las pla- zas que a continuación se indican: Dirección Regional Agraria Arequipa Administrador Técnico del Distrito de Riego Acarí - Yauca - Puquio Director Programa Sectorial II - Ing. Lizandro Irigoin Gonzales Administrador Técnico del Distrito de Riego Ocoña - Pausa Director Programa Sectorial II - Ing. Carlos E. Gastelo Villanueva Administrador Técnico del Distrito de Riego Camaná - Majes Director Programa Sectorial II - Ing. Julio César Gonzales Soto Administrador Técnico del Distrito de Riego Tambo - Alto Tambo Director Programa Sectorial II - Ing. José Ignacio Paredes Sánchez Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a los si- guientes funcionarios en las plazas que a continuación se indican:Dirección Regional Agraria Arequipa Administrador Técnico del Distrito de Riego Acarí - Yauca - Puquio Director Programa Sectorial II - Ing. Julio César Gonzáles Soto Administrador Técnico del Distrito de Riego Ocoña - Pausa Director Programa Sectorial II - Ing. José Ignacio Paredes Sánchez Administrador Técnico del Distrito de Riego Camaná - Majes Director Programa Sectorial II - Ing. Carlos E. Gastelo Villanueva Administrador Técnico del Distrito de Riego Tambo - Alto Tambo Director Programa Sectorial II - Ing. Lizandro Irigoin Gonzales Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 08231 Comprenden donación a que se refiere la R.M. N” 0494-2003-AG dentro de los alcan- ces del TUO de la Ley del IGV e ISC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0439-2005-AG Lima, 26 de abril de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0494-2003- AG, del 2 de junio de 2003, se aprobó y aceptó la dona- ción efectuada por el Gobierno de los Estados Unidos de América a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, consistente en medicinas veterina- rias, por un valor FOB de US $. 3,973.13 (TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON 13/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, sin embargo, no se procedió a expedir la Resolu- ción Suprema correspondiente a efectos de liberar a lamencionada donación del pago de la obligación tributa- ria, conforme se señala en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, según el cual no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Minis- terio de Economía y Finanzas, a través de su Informe Nº 447-2005-EF/60, ha dictaminado en el sentido que de conformidad con el texto del inciso k) del artículo 2º del referido Texto Único sustituido por el Decreto Legislativo Nº 935, para el goce de beneficio tributario basta con Resolución Ministerial del Sector correspondiente; De conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902 y el Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001- AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Comprender la donación citada en el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0494-2003- AG, del 2 de junio de 2003, en los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055- 99-EF. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales, Su- perintendencia Nacional de Administración Tributaria, Contraloría General de la República y a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI del Minis- terio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 08229