Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2005 (29/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2005

Articulo 4.- Disposicion derogatoria Dejese sin efecto el articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 006-2004-EF/68.01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de septiembre de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Director General Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico 08204

SECCION II : INSTANCIAS DE GESTION EDUCATIVA DESCENTRALIZADA TITULO I : INSTITUCION EDUCATIVA Capitulo I : Generalidades Capitulo II : Organizacion de la Institucion Educativa Capitulo III : Instrumentos de gestion Capitulo IV : Evaluacion de la gestion Capitulo V : Gestion de los recursos economicos Capitulo VI : Redes Educativas Institucionales TITULO II : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL Capitulo I : Definicion, funciones y organizacion Capitulo II : Consejo Participativo Local de Educacion Capitulo III : Proyecto Educativo Local TITULO III : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION Capitulo I : Definicion, funciones y organizacion Capitulo II : Consejo Participativo Regional de Educacion Capitulo III : Proyecto Educativo Regional TITULO IV : MINISTERIO DE EDUCACION Capitulo I : Definicion, finalidad y funciones Capitulo II : Descentralizacion DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS REGLAMENTO DE LA GESTION DEL SISTEMA EDUCATIVO SECCION I GENERALIDADES Articulo 1º.- Finalidad y alcance El presente reglamento MORDAZA la Gestion del Sistema Educativo, de conformidad con lo dispuesto en el Titulo V de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. Se aplica a las instancias de gestion educativa descentralizada: Instituciones Educativas (IIEE) y Programas Educativos publicos de los niveles y modalidades de la etapa de Educacion Basica y de la Educacion Tecnico-Productiva; Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL); Direcciones Regionales de Educacion (DRE) y Ministerio de Educacion (MED). En lo que corresponda, se aplica tambien a las Instituciones Educativas y Programas Educativos privados. Articulo 2 º.- Caracteristicas de la gestion Las principales caracteristicas de la gestion del Sistema Educativo son las siguientes: a) Es descentralizada, porque se realiza en cada instancia de gestion y articula las acciones del Ministerio de Educacion, Direcciones Regionales de Educacion, Unidades de Gestion Educativa Local e Instituciones Educativas, de acuerdo a las competencias que la ley les asigna, respetando sus autonomias en sus ambitos de jurisdiccion. b) Es simplificada y flexible, porque favorece la fluidez de los procesos y procedimientos de trabajo y permite que el sistema educativo se adapte a la diversidad de necesidades de aprendizaje y socializacion de los estudiantes de todas las regiones. c) Es participativa y creativa, porque la sociedad interviene en forma organizada, democratica e innovadora, en la planificacion, organizacion, seguimiento y evaluacion de la gestion en cada una de las instancias de gestion descentralizada del sistema educativo, por intermedio de su respectivo Consejo Educativo Institucional (CONEI), Consejo Participativo Local de Educacion (COPALE), Consejo Participativo Regional de Educa-

EDUCACION
Aprueban Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo
DECRETO SUPREMO Nº 009-2005-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28044 - Ley General de Educacion y su modificatoria la Ley Nº 28123, se establecen los lineamientos generales de la Educacion y del sistema educativo peruano, el mismo que comprende, entre otros, la Gestion del Sistema Educativo; Que, asimismo, senala que la Gestion del Sistema Educativo Nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible. Se ejecuta en un MORDAZA de respeto a la autonomia pedagogica y de gestion que favorezca la accion educativa y determina que las instancias de gestion educativa descentralizada son la Institucion Educativa, la Unidad de Gestion Local y la Direccion Regional de Educacion; Que, en ese sentido resulta necesario normar la composicion, funciones y participacion de las instancias de gestion educativa descentralizadas, tales como las Instituciones Educativas y Programas Educativos Publicos de los niveles y modalidades de la Etapa de Educacion Basica y de la Educacion Tecnico-Productiva, Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL), Direcciones Regionales de Educacion (DRE) y Ministerio de Educacion (MED); Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ley General de Educacion dispone que el Ministerio de Educacion reglamente la mencionada ley; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 28044, y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; DECRETA: Articulo 1º.- De la aprobacion Apruebese el Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo, el mismo que consta de dos (II) Secciones, setenta y dos (72) Articulos y siete (7) Disposiciones Complementarias. Articulo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion REGLAMENTO DE LA GESTION DEL SISTEMA EDUCATIVO INDICE SECCION I : GENERALIDADES

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