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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (04/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G30/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de agosto de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO: VISTO, en la XVIII-2005 Sesión Ordinaria de Conce- jo de fecha 27.7.2005, el Dictamen Nº 007-2005-MSB- CDU y Dictamen Nº 056-2005-MSB-CAL, de la Comi-sión de Desarrollo Urbano y Comisión de Asuntos Lega- les, respectivamente. Conforme a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Ju- rídica mediante Informe Nº 295-2005-MSB-GAJ e Informe Nº 125-2005-MSB-GM-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, y de conformidad a lo normado por la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972; con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de aprobación de Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 345-MSB Artículo Primero.- Modifíquese los artículos 3º, 4º, 5º y 6º de la Ordenanza Nº 345-MSB, Ordenanza que Establece Normas de Control de Registro Visual desde Edificaciones en Altura hacia Propiedades Vecinas, conel siguiente texto: “Artículo 3º.- Cuando en las edificaciones en altura se abran ventanas a pozos de luz que colinden lateral o posteriormente con predios vecinos que permitan regis- tro visual hacia éstos, se debe establecer control visualde la siguiente manera: a) La altura de los cercos de los pozos de luz a predios colindantes, deberán tener una altura mínima de 3.50 m. b) A partir de dicha altura, se deberá establecer con- trol visual a las ventanas de los ambientes que abran adichos pozos de luz. Artículo 4º.- Los proyectistas o promotores de es- tas edificaciones en altura, deberán presentar una solu- ción que garantice el control del registro visual a las propiedades vecinas, la misma que deberá figurar entodos los planos y formará parte del Anteproyecto o Proyecto de Arquitectura, que será evaluado y aproba- do por la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos,constituyendo ello una condición previa para el otorga- miento de la Licencia de Obra solicitada. Del mismo modo, será condición previa del otorga- miento del Certificado de Finalización de Obra, que la solución propuesta para el Control del Registro Visual esté ejecutada de acuerdo a los planos aprobados yverificada en la inspección ocular correspondiente. En el caso de Ampliaciones por Obra Menor en edifi- caciones, se ajustarán a lo señalado en los artículosprecedentes. Artículo 5º.- Las edificaciones con zonificación de Alta Densidad, que colinden por el fondo con lotes deDensidad Baja R1 y R2, deberán dejar un retiro de 5.00 m. en todo el lindero posterior, no permitiéndose balcones, ni terrazas o similares con registro visual a lapropiedad vecina. Las ventanas que abran hacia este retiro posterior, deberán adecuarse a lo establecido en los artículos 3º y4º de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- En las edificaciones que se permita el uso de la azotea, los cercos perimétricos alrededor deésta, excepto al del frente de la propiedad, deberán te- ner una altura de 1.60 m. como mínimo, para evitar el registro visual hacia propiedades vecinas. Estos cercos deberán respetar los retiros hacia los linderos de la azotea, en los casos que así lo determine la normativa municipal o reglamentaria.” POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 13540MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G62/G75/G65/G6E/G61/G20/G70/G72/G6F/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G4C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20 /G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G2D /G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G6A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F LICITACIÓN PÚBLICA ESPECIAL NACIONAL Nº 001-2005-CEPRI/MSI RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN San Isidro, 3 de agosto de 2005 EL CEPRI DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Siendo las diez horas del día 3 de agosto de 2005, en el Auditorio de la Biblioteca Municipal de San Isidro, se reunió el Comité Especial de Promoción a la Inversión Privada de la Municipalidad de San Isidro - CEPRI/MSI,conformado por el Sr. ULISES LUCENA AMOROS, quien lo preside, y por los miembros Sra. CILA MUGUERZA OBANDO, Sr. RAMÓN PEDRAZ CALDERÓN, designa-do por Resolución de Alcaldía Nº 011-2005-ALC/MSI, a quien en adelante se denominará EL CEPRI, a fin de dar lectura a la calificación obtenida en los Sobres Creden-cial y Propuesta Técnica, para luego proceder a la aper- tura del Sobre Propuesta Económica y su consiguiente evaluación y calificación para el otorgamiento de la Con-cesión del Servicio Integrado de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines del Distrito de San Isidro, convocada por Licitación Pública Especial Nacional Nº 001-2005-CEPRI/MSI; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 10.5 de las Ba- ses Administrativas y con fecha 11 de julio del año encurso se realizó el acto público de recepción de pro- puestas; habiéndose presentado como único postor la Empresa Vega Upaca SA - RELIMA; Que, tanto el Sobre Credencial como el Sobre Pro- puesta Técnica, fueron sometidos a revisión y análisis por los asesores del CEPRI, economistas JennerFrancisco Alegre Elera y Paul Amoretti Ismodes, en re- presentación del Colegio de Economistas de Lima, y de los ingenieros César E. Naveros Quillama y Marcos Ale-gre Chang, en representación del Colegio de Ingenieros del Perú -Capítulo de Ingeniería Sanitaria y Ambiental-, los cuales mediante informes de fechas 27 de julio y 1 deagosto respectivamente, pusieron en conocimiento del CEPRI el resultado de su evaluación; Que, por la fundamentación realizada por dichos pro- fesionales, el CEPRI hace suya dicha evaluación, la cual arroja como resultado un puntaje de 90 puntos sobre un máximo de 100 para el rubro de CALIFICACIÓN SOBRELOS ANTECEDENTES Y PROPUESTA TÉCNICA; Que, por tratarse del Autor de la Iniciativa, le corres- ponde al postor Vega Upacá SA - RELIMA, la bonifica-ción del 2% sobre el puntaje de la Propuesta Técnica, establecida en el numeral IV del Anexo VII de la Bases Administrativas; lo que da como resultado un puntajetotal de 91.8; Que, al haber superado el puntaje mínimo exigido de 70 puntos contemplado en el numeral 13.3 de las BasesAdministrativas, procede la apertura, evaluación y califi- cación del sobre Propuesta Económica del postor; Que, el día 3 de agosto del año en curso se realizó el acto público de apertura del Sobre Propuesta Económi- ca, la cual señala como monto mensual de retribución la suma de S/. 1'239,856.89 incluido IGV, el cual anualiza-do da la suma de S/ 14’878,282.68 incluido IGV y como monto de inversión el importe de S/. 16'638,341.55; asi- mismo proponen como monto de retribución mensualdurante el periodo de implementación la suma de S/. 1'167,469.85 incluido IGV, procediéndose a realizar