Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (06/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G31/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de agosto de 2005 Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades concor- dado con el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Estado, las ordenanzas son las normas decarácter general de mayor jerarquía en la estructura norma- tiva municipal, por medio de las cuales se aprueba la orga- nización interna, la regularización, administración y super-visión de los servicios públicos y las que la municipalidad tiene competencia normativa y cuyo rango es equivalente a la ley; Que, el artículo 33º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributario modificado por el artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 953 con fechade publicación el día 5 de febrero del año 2004, establece que la Tasa de Interés Moratorio (TIM) en los casos de tributos administrados por gobiernos locales, será fijadapor Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser ma- yor a la que establezca la SUNAT, salvo que se fije una diferente mediante Resolución Ministerial de Economía yFinanzas; Que, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicada por la Municipalidad Distrital de Santa Anita a las deudas genera-das por tributos no pagadas dentro de los plazos, es el 2,2% de acuerdo a las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 011-1996 y 085-2000 -EF/SUNAT desde el 3 de febre-ro de 1996 al 31 de diciembre del año 2000; el 1,8% conforme a la Resolución de Superintendencia Nº 144- 2000/SUNAT desde el 1 de enero al 31 de octubre del2001; el 1,6% por Resolución de Superintendencia Nº 126- 2001-SUNAT desde el 1 de noviembre del 2001 al 6 de febrero del 2003, siendo a partir del 7 de febrero del 2003el 1,5% la Tasa de Interés Moratorio (TIM), tasa actualmen- te vigente y aplicable a las deudas en moneda nacional, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Superin-tendencia Nº 032-2003-SUNAT publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano con fecha 6 de febrero de 2003; Que, ante ello es necesario establecer la Tasa de Inte- rés Moratorio (TIM) para aquellas deudas tributarias admi- nistradas por la Municipalidad Distrital de Santa Anita y no pagadas dentro de los plazos establecidos, considerándo-se un porcentaje menor al que se viene aplicando, toman- do en consideración la situación socio-económica por la que viene atravesando el país, y fundamentalmente losvecinos de este distrito; y, Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972,debatido en el pleno del Concejo, con la dispensa de lec- tura y aprobación del Acta y con el voto unánime de los señores Regidores, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA DE INTERÉS MORATORIO APLICABLE A LOS TRIBUTOS NO PAGADOS DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SANTA ANITA Artículo Primero.- Establézcase la Tasa de Interés Moratorio (TIM) de 1,0% mensual, aplicable a las deudas tributarias administradas por la Municipalidad Distrital de Santa Anita y no pagadas dentro de los plazos establecidos. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Secretaría General, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y Gerencia de ImagenInstitucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 13720 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G43/G72/G6F/G6E/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G45/G6C/G65/G63/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G56/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G44/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G34/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G41/G4C/G43/G2F/G4D/G44/G53/G41 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2005-ALC/MDSA Santa Anita, 4 de agosto del 2005EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 004-2005-MDSA de fecha 28 de febrero de 2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de marzo de 2005 y su modificatoria laOrdenanza Nº 012-MDSA, publicada el 1º de junio del 2005 se establecieron disposiciones relativas a la Consti- tución, Reglamento de Elecciones, Reglamento de Or-ganización y Funciones de las Juntas Vecinales Comu- nales del distrito; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 004-2005-ALC/MDSA fecha de 6 de abril del 2005, se Reconoció al Comité Elec- toral de las Juntas Vecinales del distrito de Santa Anita; se aprobó la Determinación de los Doce Sectores constituidospor vecinos residentes, se estableció el cronograma del Proceso Eleccionario y se convocó a Elección de Juntas Vecinales Comunales; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2005-ALC/ MDSA de fecha 20 de julio de 2005 se modifica el artículo segundo del Decreto de Alcaldía mencionado en el consi-derando anterior, modificado por Decreto de Alcaldía Nº 007-2005-ALC/MDSA en el extremo referido al Crono- grama del Proceso Eleccionario, estableciéndose en dichanorma municipal un nuevo cronograma de Proceso Elec- cionario; Que, el referido Comité Electoral de las Juntas Vecina- les del distrito de Santa Anita mediante Oficio Nº 025- CEJVCDSA/MDSA hace conocer que en los últimos días ha recibido diversos pedidos de las Organizaciones Socia-les de Base y/o posible candidatos manifestando que se amplíe el plazo de inscripción de la lista de candidatos, petitorio que es necesario atender dado que es la primeravez que se lleva a cabo en el distrito de Santa Anita esta jornada electoral y además es necesario garantizar el dere- cho de participación de los vecinos tal como lo establece elnumeral 6) del artículo 113º de la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 27972; En uso de las facultades que le confiere el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con los vistos buenos de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Desarrollo Económico y Social; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo segundo del Decreto de Alcaldía Nº 004-2005-ALC/MDSA modifi-cado por Decreto de Alcaldía Nº 009-2005-ALC/MDSA en el extremo referido al Cronograma del Proceso Eleccionario, la misma que quedará establecido de lasiguiente manera: Fecha de Inscripción de del 11 de julio al 8 de agosto Lista de Candidatos Fecha de Publicación de del 9 de agosto al 10 de agosto Listas Iniciales Fecha de Formulación de del 11 de agosto al 12 de agosto Tachas. Resolución de Tachas del 15 de agosto al 16 de agosto.Publicación de Listas Oficiales A partir del 17 de agosto Fecha y Hora de las Elecciones 28 de agosto de 9.00 a.m. a 03.00 p.m. Publicación de Resultados en el Palacio Municipal y Página Web Lunes 29 de agosto 2005. de la Municipalidad Artículo Segundo.- Mantener vigente los demás ex- tremos del Decreto de Alcaldía Nº 004-2005-MDSA mo- dificado por Decreto de Alcaldía Nº 009-2005-MDSA. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANI Alcalde 13763