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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (06/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 68

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G31/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de agosto de 2005 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G2D /G74/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G37/G2D/G30/G32/G2D/G4D/G50/G43/G2C/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G76/G65/G72/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G61/G20/G69/G6E/G2D/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000021 Callao, 2 de agosto de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 2 de agosto de 2005, aprobó la siguiente Orde- nanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DEJA SIN EFECTO LA ORDENANZA Nº 000011 MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 07-02-MPC, QUE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS A INCORPORARSE EN EL PATRIMONIO MUNICIPAL Artículo Primero.- Déjase sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 0000011 de 10 de mayo de 2005. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, cumpla y publique. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 13697 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G71/G75/G65 /G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G2D/G63/G69/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000021 Callao, 2 de agosto de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 000019-2005, se prorrogó la vigencia de las Ordenanzas Nº 000003- 2005 y Nº 000007-2005, que aprueban el régimen de di- versos beneficios tributarios y administrativos; Que, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de las mencionadas Ordenanzas, a efectos que un mayor número de contribuyentes se puedan acoger a los beneficios otorgados; Que, la Tercera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 000003-2005, así como el Artículo Terce- ro de la Ordenanza Nº 000007-2005, señalan las facul-tades para que el Alcalde pueda establecer la prórroga de los plazos fijados; Estando a lo dispuesto y en ejercicio de las facultades que confiere al Alcalde el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 30 de setiem- bre del 2005, la vigencia de las Ordenanzas Nº 000003- 2005 y Nº 000007-2005.Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento del pre- sente Decreto de Alcaldía. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 13701 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G61/G72/G6A/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/GF1/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G34 /G79/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G61/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000022 Callao, 2 de agosto de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 000015, de fecha 31.5.2005, se autorizó a la Gerencia General de TransporteUrbano a renovar las autorizaciones otorgadas a las empresas de Transporte Público, cuya autorización y/o permiso de opera- ción hayan vencido el 31 de mayo del 2005; previo cumpli-miento de los requisitos establecidos en el presente Decreto; Que, el artículo segundo del Decreto de Alcaldía Nº 000015, fijó hasta el 25 de junio del 2005, el plazo para lapresentación de solicitudes de renovación de las autoriza- ciones otorgadas a empresas de transporte público de pasajeros cuya autorización haya vencido el 31 de mayodel 2005; ampliándose dicho plazo hasta el 5 de julio del 2005, mediante la Resolución Gerencial Nº 0160-2005- MPC/GGTU, de fecha 24 de junio del 2005; Que, encontrándose por vencer el cronograma fijado para el proceso de calificación para el otorgamiento de las autorizaciones para la prestación del servicio público detransporte regular de pasajeros, y no habiendo culminado el proceso de evaluación de los mismos, resulta necesario dictar las medidas correspondientes a efectos de no des-atender el servicio de transporte público a la colectividad; Por lo que, estando a las consideraciones expuestas, con la visación de la Gerencia General de Transporte Urbano yGerencia General de Asuntos Jurídicos y Conciliación, y en ejercicio de las facultades que confiere al señor Alcalde el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 31 de agosto del 2005, la vigencia de las autorizaciones otorgadas por la Ge- rencia General de Transporte Urbano del Callao a las Empre-sas de Transporte Público regular de pasajeros, que hayan vencido 31.5.2005, por las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- Amplíese automáticamente la vigencia de las tarjetas de circulación emitidas por la Gerencia General de Transporte Urbano en los años 2004 y 2005, a los vehículos que presten servicio de transporte público en las rutas urbanas einterurbanas conforme al plazo señalado en el artículo primero. No encontrándose comprendidos en este artículo, las unidades vehiculares que conforme al procedimiento establecido en elTexto Único de Procedimientos Administrativos de esta Corpora- ción Edil, hayan sido dados de baja. Artículo Tercero.- La Renovación de la Autorización de Rutas que otorgue la Gerencia General de Transporte Ur- bano tendrán vigencia hasta el 30 de junio del 2007. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Policía Nacional de Perú. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 13703