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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (06/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G31/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de agosto de 2005 tirse del recurso impugnatorio interpuesto con anterioridad o conjuntamente con la presentación de su solicitud de inscripción en el Registro de Imprentas, a afecto de aco- gerse a lo dispuesto en la presente disposición. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE VEJARANO VELÁSQUEZ Superintendente Nacional (e) Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria 13765 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 033-05-GRA/CR Ayacucho, 15 de julio de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO:El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 30 de mayo del 2005, trató el tema relacionado alReglamento de Organización y Funciones - R.O.F. de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Sanea- miento; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión del Go- bierno Regional organizar y conducir la gestión públicaregional de acuerdo a sus competencias exclusivas, com- partidas y delegadas, en el marco de las políticas naciona- les y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sos-tenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribu-ción del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán consujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Cons- titución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentrali- zación y demás Leyes de la República; y el literal a) delartículo acotado señala que es función normativa y regula- dora del Gobierno Regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de sucompetencia; Que, los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Orgánica de GobiernosRegionales, establece la concordancia de políticas y fun- ciones del Gobierno Regional y políticas sectoriales, asi- mismo señala las funciones del Gobierno Regional se ejer-cerá con sujeción al ordenamiento jurídico, establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Des- centralización y demás leyes de la República, que es fun-ción normativa y reguladora del Gobierno Regional la ela- boración y aprobación de normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional con elvoto unánime de sus miembros aprobó la siguiente Orde- nanza Regional:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Orga- nización y Funciones - R.O.F. de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Órgano Descon- centrado de Línea Sectorial del Gobierno Regional deAyacucho), que consta de seis (6) Títulos, seis (6) Capítu- los y veinticuatro (24) Artículos, cuyo Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO toda Dispo- sición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento la publicación de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 13733 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G2D/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 022-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN POR CUANTO: El Dictamen Nº 001-2005-GRJ/CR/CPPPAT de fecha 16 de mayo del 2005, con el cual la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Terri- torial del Consejo Regional - Junín, eleva al Pleno el Pro-yecto de Ordenanza que aprueba el “Reglamento de Con- formación y Elección de los Miembros del Consejo de Coor- dinación Regional del Gobierno Regional de Junín”; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27902, que modifica en parte la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867; el Consejo de Coordi-nación Regional forma parte de la estructura del Gobierno Regional y constituye una instancia de consulta y concer- tación entre la autoridad regional, los gobiernos locales ylos representantes de la sociedad civil; Que, el artículo 11-A de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo de CoordinaciónRegional está conformado por el Presidente Regional quien lo preside, los Alcaldes Provinciales de la Región y los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil,los que son elegidos por un período de 2 años, por los delegados debidamente acreditados de las organizacio- nes a nivel regional y provincial, según corresponda, quese hayan inscrito en el registro que para tal efecto abrirá el Gobierno Regional de Junín; Que, el día 30 de julio del 2005 vence el período de representación de los miembros de la sociedad civil, siendo necesaria la renovación, previa convocatoria a elecciones para su respectiva representatividad; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en partepor la Ley Nº 27902; y el Reglamento Interno del Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONFORMACIÓN Y ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN” Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Confor- mación y Elección de los Miembros del Consejo de Coordi-