Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2005 (22/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de agosto de 2005

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA
ORDENANZA Nº 118-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de agosto del ano en curso, los Informes Nºs. 0422005-11-GPP/MSI y 061-2005-11-GPP/MSI de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, los Informes Nºs. 368-2005-10-OAJ/MSI y 483-2005-10-OAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Modificacion al Texto Unico de Procedimientos Administrativos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 077-MSI, modificada por Ordenanza Nº 108-MSI, se aprobo los procedimientos y derechos contenidos en el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Isidro; Que, de la revision de los procedimientos y derechos aprobados en el mencionado MORDAZA, es necesario efectuar las siguientes modificaciones: a) en aplicacion del articulo 154º, numeral 154.1, de la Ley del Procedimiento Administrativo General, suprimir el pago de derechos por concepto de formularios de los procedimientos: Modulo de Rentas: 1.1, 1.2, 1.4, 1.5, 1.6, 1.17, 1.18, 1.19, 1.20, 1.21; Modulo de Catastro Integral y Control Urbano: 2.1.2.2 y 2.5.1; Modulo de Obras Municipales: 3.1.1; Modulo de Obras Privadas 6.10.1 y 6.10.2; b) modificar el costo por simplificacion en la tramitacion de procedimientos: Modulo de Obras Privadas: 6.11.1, 6.11.2, 6.11.3; Modulo de Catastro y Control Urbano: 2.3.3; Modulo de Registro Civil: 9.3.4; c) suprimir el pago de derechos en los

procedimientos: Modulo de Comercializacion; 4.3 y 4.9; y, d) modificar la denominacion del procedimiento: Modulo de Comercializacion: 4.3; Que, por Informe Nº 061-2005-11-GPP/MSI la Gerencia de Planificacion y Presupuesto senala que los procedimientos 6.1, 6.2, 6.3.1, 6.3.2, 6.3.2.2, 6.3.2.3, 6.3.3, 6.3.4, 6.3.5, 6.3.6, 6.3.7, 6.3.8, 6.3.9, 6.3.10, 6.4, 6.5, 6.6.1, 6.7 y 6.8, referidos al Modulo 6: Obras Privadas, de conformidad con lo opinado en el Informe Nº 3682005-10-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica, se encuentran en MORDAZA de actualizacion para su proxima aprobacion y publicacion por la Municipalidad de San Isidro; Que, de acuerdo a lo prescrito por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y la MORDAZA IV del Codigo Tributario, la Ordenanza es la MORDAZA mediante la cual los gobiernos locales pueden crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, dentro de su jurisdiccion y con los limites establecidos por ley; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º, numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa de tramite de aprobacion de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA Articulo Unico.- MODIFICAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 077-MSI, modificado por Ordenanza Nº 108-MSI, segun los Anexos elaborados de acuerdo a la parte considerativa y que forman parte integrante de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en MORDAZA a los diecinueve dias del mes de agosto del ano dos mil cinco. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

3. 4.

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