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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G30/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de agosto de 2005 riesgo, en cuyo caso se considerará los valores declarados y no las sumas aseguradas. d) Monto Total Expuesto Corresponde al cúmulo de la zona geográfica de mayor exposición que podría ser afectado al mismo tiempo por un mismo evento catastrófico. e) Pérdida Máxima Probable (PML) La Pérdida Máxima Probable o Probable Maximum Loss (PML) de una cartera de edificaciones, es unestimador del tamaño de las pérdidas máximas que sería razonable esperar, en dicha cartera, durante un tiempo de exposición dado y asociado a un período de retornodeterminado. f) Nota Técnica Documento emitido por el CISMID denominado “Bases técnicas para la estimación de pérdidas con fines de seguros de terremoto” que resume la metodologíadesarrollada para el cálculo del PML. Cálculo de la Reserva Catastrófica Artículo 3º.- Las empresas constituirán mensualmente la reserva catastrófica por un monto equivalente al producto del PML por el Monto TotalExpuesto. En caso que la empresa cuente con un contrato de exceso de pérdida catastrófico vigente, considerarácomo reserva la retención neta, de acuerdo a la fórmula siguiente: RC = P + MAX [((PML*MTE) - CXL), 0] donde:RC =Reserva catastrófica. P =Prioridad o deducible del contrato de reaseguro de exceso de pérdida catastrófica. PML =Pérdida Máxima Probable MTE =Monto total expuestoCXL =Capacidad del contrato de reaseguro de exceso de pérdida catastrófica, el mismo queincluye la prioridad del contrato. En caso que la empresa cuente con dos o más contratos de exceso de pérdida catastrófico, la reserva estará constituida por la sumatoria de los resultados obtenidos por cada uno de dichos contratos, luego deefectuado el cálculo individual señalado anteriormente. Información a esta Superintendencia Artículo 4º.- Las empresas presentarán trimestralmente a esta Superintendencia, conjuntamente con los estados financieros correspondientes, la siguiente información - Anexo II Cúmulos de terremoto en los ramos de incendio y líneas aliadas, lucro cesante eingeniería. - Anexo III Cálculo de la Reserva Catastrófica. Asimismo, bajo responsabilidad de la Gerencia General, las empresas deberán remitir dentro de los treinta (30) días siguientes al inicio de vigencia, copia delos contratos de exceso de pérdida catastrófico (CATXL) que suscriban, los cuales deberán contener los amparos o límites contratados, vigencia del contrato, prioridad odeducible a cargo de la empresa y el porcentaje cubierto por cada reasegurador en cada capa. Sistema de información automatizado Artículo 5º.- Las empresas deberán disponer de un sistema informático que permita identificar las pólizasque conforman la base de datos de los riesgos de incendioy líneas aliadas, ramos de ingeniería y lucro cesante, de cada zona geográfica detallada en el Anexo I. Dichosistema debe contener como mínimo la siguiente información referida a cada inmueble asegurado: año de construcción, número de pisos, número de sótanos,material de construcción predominante, tipo de edificación, dirección del riesgo, uso, valor declarado y suma asegurada correspondiente a cada inmueble,considerando en forma disgregada las sumas aseguradas del contenido y lucro cesante respectivamente. Aplicación de la reserva catastrófica Artículo 6º.- Las empresas podrán aplicar hasta el cien por ciento (100%) de su reserva catastrófica para cubrir un evento catastrófico. Para tal fin, las empresas deberán presentar a la Superintendencia, para suaprobación, un reporte de los siniestros catastróficos retenidos, considerando los límites superiores de cobertura y la capacidad máxima de cada contrato deexceso de pérdida catastrófico que se encuentren vigentes a la fecha del evento. Restitución de la Reserva Artículo 7º.- Las empresas deberán restituir la reserva aplicada, en un plazo que no podrá exceder delos seis (6) trimestres siguientes de dicha aplicación. Para tal efecto, entre otros, deberán trasladar a la reserva catastrófica, la liberación mensual de la reserva deriesgos en curso (RRC) para el riesgo de terremoto. Cálculo del PML según la Nota Técnica Artículo 8º.- El PML será calculado de acuerdo a la cartera de inmuebles y naves industriales aseguradas por las empresas al 31 de diciembre de cada año, deacuerdo con la metodología contenida en la Nota Técnica desarrollada por el CISMID, la misma que forma parte de la presente norma, considerando un período de retornode 1000 años. Los suelos no evaluados en el estudio elaborado por el CISMID, serán considerados como suelos de la zonaIII de la Nota Técnica. Asimismo tratándose de estructuras diferentes a edificios y naves industriales, las empresas deberán evaluar de manera individual lacorrespondiente vulnerabilidad sísmica previamente al cálculo pertinente. El cálculo del PML conforme a lo indicado, deberá ser remitido a más tardar el 30 de marzo del ejercicio al que corresponda, debidamente suscrito por la institución que haya efectuado el cálculo, previamente acreditada anteeste Organismo de Control. Esta información deberá encontrarse a disposición de esta Superintendencia Información proporcionada por las empresas bancarias y por los corredores de seguros Artículo 9º.- Los corredores de seguros y las empresas del sistema financiero, cuando intermedien o comercialicen respectivamente, seguros relacionados con daños a la propiedad que incorporen el riesgo deterremoto deberán proporcionar la información de los bienes asegurados, requerida en el artículo 5º, de acuerdo con las instrucciones que para el efectoestablezcan las empresas. El incumplimiento de la obligación señalada en el párrafo precedente constituye infracción grave y serásancionada de acuerdo con las disposiciones de la Superintendencia. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Las empresas para la renovación de los contratos catastróficos del año 2005 podrán calcular el PML aplicando la metodología descrita en el artículo 8º de la presente Resolución. En caso contrario, deberánaplicar el PML promedio de 6.1% anual, determinado en el estudio del CISMID. Segunda.- El cálculo del PML según lo establecido en la metodología de la Nota Técnica deberá efectuarse obligatoriamente a partir de la información de cúmulos