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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G30/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de agosto de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2005-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN DE CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en su Artículo 53º, Literal e), establece que es política de los Gobiernos Regionales:“Promover la educación e investigación ambiental en la región e incentivar la participación ciudadana en todos los niveles.” Que, del análisis de la realidad ambiental en la Región Cajamarca, se ha otorgado una considerable importancia al aspecto cultural y educativo, habiéndose identificadoque ciertas prácticas relacionadas con el manejo de los recursos naturales son impactantes y amenazan su conservación; Que, la deficiente información de carácter ambiental, incluyendo la normatividad, políticas y prácticas de gestión, tecnologías limpias, diagnósticos ambientales,etc. Es un problema constante que afecta desde las autoridades hasta el ciudadano; Que, el poco nivel de cultura y conocimiento ambiental tiene repercusión en la salud, la calidad de vida, la producción, y los valores culturales de los grupos indígenas, localizados en el norte de la región; problemaque amenaza la conservación de un legado cultural valioso y poco difundido; Que, trabajar el conocimiento, la cultura y conciencia ambiental, constituye un eje estratégico para alcanzar cambios sustanciales en la relación hombre - naturaleza, pero al mismo tiempo significa un reto frente a las diversascircunstancias que condicionan su permanente expresión, por lo que la Comisión Ambiental Regional Cajamarca ha propuesto la organización de expertos enun Grupo Técnico Regional; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en suSesión Ordinaria de fecha 19 de julio del año 2005; y, a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica deGobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado porOrdenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC, el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- CREAR el GRUPO TÉCNICO REGIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL DE CAJAMARCA, el mismo que se encargará de elaborar una propuesta de contenidos de Educación Ambiental en la ejecución delos Lineamientos de la Política Educativa Regional de Cajamarca, a ser implementadas en el Sistema de Educación Formal y no formal, dentro de la RegiónCajamarca; propuesta que será articulada al ProyectoEducativo Regional. Asimismo, el Grupo Técnico Regional de Educación Ambiental de Cajamarca respondedirectamente a la Comisión Ambiental Regional Cajamarca y a través de ella, al Gobierno Regional de Cajamarca. Segundo.- El Grupo Técnico Regional de Educación Ambiental de Cajamarca estará integrado por: - Dirección Regional de Educación, quien presidirá el Grupo Técnico Regional. - El Gobierno Regional de Cajamarca, a través de sus Gerencias Regionales de Desarrollo Social y de Recursos Naturales. - La Dirección Regional de Salud.- La Universidad Nacional de Cajamarca. - Pro Naturaleza. - ASODEL.- CEDEPAS. - CONAM. La Secretaría Técnica del Grupo Técnico Regional, será elegida entre los miembros, de acuerdo a las capacidades y experiencia que cada integrante. Tercero.- El plazo de funcionamiento del Grupo Técnico Regional de Educación Ambiental de Cajamarca, es de un año (doce meses), a partir de su instalación. Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo el Gobierno Regional de Cajamarca, facilite las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presenteOrdenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil cinco. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 14558 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G32/G30/G30/G35/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G52/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G41/G73/G66/G61/G6C/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G61/G72/G72/G65/G74/G65/G72/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G20/G2D/G20/G43/G65/G6C/G65/G6E/G64/GED/G6E/G22 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 052-2005-GR.CAJ-CR Cajamarca, 1 de agosto de 2005 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 19 de julio del año 2005; VISTO y debatido el INFORME Nº 014-2005-GR.CAJ-GRI, presentado por la Gerencia Regional de Infraestructura, referente al Presupuesto del Proyecto: “ Rehabilitación y Mejoramiento a Nivel de Asfaltado dela Carretera Cajamarca - Celendín”, correspondiente al Programa de Inversiones 2005 del Gobierno Regional de Cajamarca; con el voto unánime del Pleno, dispensadel Dictamen correspondiente; y, estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de laDescentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional delGobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Primero.- MODIFICAR EL PROGRAMA DE INVERSIONES 2005 del Gobierno Regional de