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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (22/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G30/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de agosto de 2005 Cajamarca, a fin de HABILITAR el Proyecto “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO A NIVELASFALTADO DE LA CARRETERA Cajamarca - CELENDÍN ”, con un monto de S/. 5’430,000.00 (Cinco millones cuatrocientos treinta mil con 00/100 NuevosSoles), mediante el aporte de los siguientes proyectos, en calidad de Habilitadores: 1. El Proyecto: Construcción Camino Vecinal Quebrada la Sintuca - Sadín - San Lorenzo,correspondiente a Proyectos Multiprovinciales, que tiene un monto asignado de S/. 3’080,678.00 (Tres millones ochenta mil seiscientos setenta y ocho con00/100 Nuevos Soles), habilitará con un presupuesto de S/. 2’780,000.00 (Dos millones setecientos ochenta mil con 00/100 Nuevos soles); quedando conS/.300,678.00 (Trescientos mil seiscientos setenta y ocho con 00/100 Nuevos Soles) en el Programa de Inversiones 2005. 2. El Proyecto: Construcción y Equipamiento Hospital Celendín, correspondiente a los Proyectos de la Provincia de Celendín, que tiene un monto asignado deS/. 2’809,643.00 (Dos millones ochocientos nueve mil seiscientos cuarenta y tres con 00/100 Nuevos Soles), habilitará con un presupuesto de S/. 2’000,000.00 (Dosmillones con 00/100 Nuevos Soles); quedando con S/. 809,643.00 (Ochocientos nueve mil seiscientos cuarenta y tres con 00/100 Nuevos Soles) en el Programade Inversiones 2005. 3. El Proyecto: Mejoramiento y Rehabilitación Infraestructura de Riego Región Cajamarca: Canal ELAPTO, correspondiente a los Proyectos Multiprovinciales, que tiene un monto asignado de S/. 300,000.00 (Trescientos mil con 00/100 Nuevos Soles), habilitará conun Presupuesto de S/. 300,000.00 (Trescientos mil con 00/100 Nuevos Soles). 4. El Proyecto: Mejoramiento el Canal EL APTO, correspondiente a los proyectos de la provincia de Santa Cruz, que tiene un monto asignado de S/. 300,000.00 (Trescientos mil con 00/100 Nuevos Soles), habilitarácon un presupuesto de S/. 300,000.00 (Trescientos mil con 00/100 Nuevos Soles). 5. El Proyecto: Mejoramiento Carretera Cruce Jesús - Jesús, correspondiente a la Provincia de Cajamarca, que tiene un monto asignado de S/. 4’000,000.00 (Cuatro millones con 00/100 Nuevos Soles), habilitará con unpresupuesto de S/. 50,000.00 (Cincuenta mil Nuevos Soles); quedando con S/.3’950,000.00 (Tres millones novecientos cincuenta mil con 00/100 Nuevos Soles) enel Programa de Inversiones 2005. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, ejecute las accio- nes necesarias para dar cumplimiento al presenteAcuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 14559 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAL Nº 170-2005-GR.CAJ/GGR Cajamarca, 19 de julio de 2005VISTO: El Oficio Nº 005-2005-GR.CAJ-/PCE/ADQ.CCC, de fecha 14 de julio de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto el Presidente del Comité Especial, Ing. WALTER TORRES AGUIRRE, solicita la nulidad del Proceso de Selección derivado de la Licitación Pública Nº 002-2005-GR.CAJ"ADQUISICIÓN DE CEMENTO, CALAMINA Y CLAVOS"; Que, el Comité Especial encargado del proceso referido en el considerando que antecede está conformado por los señores: Ing. WALTER ANTONIO TORRES AGUIRRE, Presidente; Ing. OSCARROLANDO ALCÁNTARA MENDOZA, Primer Miembro y Sr. LUIS OBESO MONCADA, Segundo Miembro, según se desprende de la Resolución Gerencial de GerenciaGeneral Nº 119-2005-GR.CAJ/GGR, de fecha 8 de junio de 2005, no habiendo actuado los suplentes, según se desprende del Acta de Nulidad del Proceso, de fecha 14de julio de 2005; Que, según lo dispuesto por el segundo acápite del Art. 26º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, el valor referencial será determinado en base a los costos estimados por ladependencia o dependencias responsables de la Entidad, con una antigüedad no mayor a los dos (2) meses anteriores a la convocatoria al proceso de selección; sinembargo, en el presente caso, el mismo Comité Especial advierte que la antigüedad del valor referencial consignado en las Bases corresponde al mes de abrildel año en curso, habiendo incurrido en error en el Aviso de Convocatoria, Ítem. 4) de las Bases, situación que contraviene a las normas legales, según la partepertinente del Art. 57º del dispositivo legal acotado y que es causal de nulidad de dicho acto administrativo y los posteriores generados por dicho Comité Especial, siendoconveniente formalizar dicha nulidad vía acto resolutivo y determinar las responsabilidades a que hubiere lugar, de acuerdo a ley; Estando a lo solicitado por el Presidente del Comité Especial, con el visto bueno del Director Regional de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,modificada por Ley Nº 27902 y Resolución Ejecutiva Regional Nº 08-2005-GR.CAJ/P; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la nulidad de oficio, de la Licitación Pública Nº 002-2005-GR.CAJ "ADQUISICIÓN DE CEMENTO, CALAMINA Y CLAVOS", retrotrayéndose el Proceso a la fase de Aprobación deBases, disponiéndose que el Comité Especial prosiga con el proceso conforme a sus atribuciones. Artículo Segundo.- RECOMENDAR al señor Presidente Regional, para que copia de la presente Resolución y sus antecedentes sean derivados a la Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios del Gobierno Regional de Cajamarca, para que proceda conforme a sus atribuciones por considerar que los integrantes del Comité Especial presidido por elIng. WALTER TORRES AGUIRRE, han incurrido en falta de carácter disciplinario. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Resolución se publique conforme a ley. Regístrese y comuníquese.RAÚL A. POLANCO HUATAY Gerente General 14549