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PÆg. 307341 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de diciembre de 2005 ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 221- CDLO, modificada por la Ordenanza Nº 223-CDLO, queestablece la modificación de determinación de tasas por arbitrios en el distrito de Los Olivos correspondiente a los ejercicios 2002 al 2005, dado que cumple con loscriterios mínimos de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- Pese a que existe un pequeño saldo por cobrar respecto de dichos años, no procede la ratificación del servicio de serenazgo correspondiente alos ejercicios 2002 y 2004, en tanto la exigencia del importe de la tasa a los contribuyentes deudores originaría que los ingresos superen en exceso el costo totalefectivamente ejecutado por la Municipalidad en cada uno de los referidos períodos, situación que resulta contraria a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional enla Sentencia recaída en el Expediente Nº 00053-2004- PI/TC. Asimismo, cabe mencionar que tampoco procede la ratificación del arbitrio de serenazgo para el ejercicio2003, toda vez que en este caso los costos ejecutados ya han sido absolutamente recuperados o recaudados por la Municipalidad . Artículo Tercero.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el31.12.2005, conjuntamente con el texto íntegro de las Ordenanzas Nº 221-CDLO y 223-CDLO y de los anexos que contienen el informe técnico, los cuadros deestructuras de costos y estimación de ingresos y los importes de las tasas por tipo de arbitrio que las sustentan. Por otro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materiade la presente ratificación, incumpliendo la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debeseñalarse que los documentos presentados para la ratificación de las Ordenanzas antes señalados, tienen carácter de Declaración Jurada, para los efectos legalesa que hubiera lugar. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la MunicipalidadMetropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 21772 ACUERDO DE CONCEJO Nº 396 Lima, 13 de diciembre de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre del año en curso el Oficio Nº 001-090- 00002944 del Servicio de Administración Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la OrdenanzaNº 222-CDLO, posteriormente modificada por la Ordenanza Nº 225-CDLO, “Que Aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública,Parques y Jardines y Serenazgo del distrito de Los Olivos para el ejercicio anual 2006”, aprobadas por la Municipalidad Distrital de Los Olivos; CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de lasMunicipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipalaprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, lasOrdenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, parasu entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló elprocedimiento para la ratificación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de laprovincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó laOrdenanza, objeto de la ratificación, remitiéndola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentaciónsustentatoria respectiva, la que tiene carácter de declaración jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administración Tributaria - SAT ha realizadoel análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene carácter de DeclaraciónJurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria - SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 245-2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 222- CDLO, modificada por la Nº 225-CDLO, que Aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del distrito de Los Olivos para el ejercicio anual 2006, dado que cumple con los criterios mínimos de validezconstitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004- PI/TC. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el31.12.2005, conjuntamente con el texto íntegro de las Ordenanzas Nºs. 222-CDLO y 225-CDLO y de los anexos que contienen el informe técnico, los cuadros de estructurasde costos y estimación de ingresos y los importes de las tasas por tipo de arbitrio. Por otro lado, la aplicación de las Ordenanzas, materia de la presente ratificación, sin lacondición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debe señalarse que la evaluación realizada se efectuó sobrela base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607, para los efectos legalesa que hubiera lugar. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 21773 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban RØgimen que modifica la determinación de las Tasas de Arbitriosde Limpieza Pœblica, Parques yJardines y Serenazgo en el distrito ORDENANZA Nº 221-CDLO Los Olivos, 14 de octubre de 2005EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS