Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2005 (27/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2005 ACORDO:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 221CDLO, modificada por la Ordenanza Nº 223-CDLO, que establece la modificacion de determinacion de tasas por arbitrios en el distrito de Los MORDAZA correspondiente a los ejercicios 2002 al 2005, dado que cumple con los criterios minimos de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- Pese a que existe un pequeno saldo por cobrar respecto de dichos anos, no procede la ratificacion del servicio de serenazgo correspondiente a los ejercicios 2002 y 2004, en tanto la exigencia del importe de la tasa a los contribuyentes deudores originaria que los ingresos superen en exceso el costo total efectivamente ejecutado por la Municipalidad en cada uno de los referidos periodos, situacion que resulta contraria a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en la Sentencia recaida en el Expediente Nº 00053-2004PI/TC. Asimismo, cabe mencionar que tampoco procede la ratificacion del arbitrio de serenazgo para el ejercicio 2003, toda vez que en este caso los costos ejecutados ya han sido absolutamente recuperados o recaudados por la Municipalidad. Articulo Tercero.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto integro de las Ordenanzas Nº 221-CDLO y 223-CDLO y de los anexos que contienen el informe tecnico, los MORDAZA de estructuras de costos y estimacion de ingresos y los importes de las tasas por MORDAZA de arbitrio que las sustentan. Por otro lado, la aplicacion de las Ordenanzas, materia de la presente ratificacion, incumpliendo la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debe senalarse que los documentos presentados para la ratificacion de las Ordenanzas MORDAZA senalados, tienen caracter de Declaracion Jurada, para los efectos legales a que hubiera lugar. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21772 ACUERDO DE CONCEJO Nº 396 MORDAZA, 13 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre del ano en curso el Oficio Nº 001-09000002944 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 222-CDLO, posteriormente modificada por la Ordenanza Nº 225-CDLO, "Que Aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del distrito de Los MORDAZA para el ejercicio anual 2006", aprobadas por la Municipalidad Distrital de Los Olivos; CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el

procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de declaracion jurada; Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 00412004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML; De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 245-2005-MML/ CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 222CDLO, modificada por la Nº 225-CDLO, que Aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del distrito de Los MORDAZA para el ejercicio anual 2006, dado que cumple con los criterios minimos de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004PI/TC. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31.12.2005, conjuntamente con el texto integro de las Ordenanzas Nºs. 222-CDLO y 225-CDLO y de los anexos que contienen el informe tecnico, los MORDAZA de estructuras de costos y estimacion de ingresos y los importes de las tasas por MORDAZA de arbitrio. Por otro lado, la aplicacion de las Ordenanzas, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, debe senalarse que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607, para los efectos legales a que hubiera lugar. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21773

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Aprueban Regimen que modifica la determinacion de las Tasas de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito
ORDENANZA Nº 221-CDLO Los MORDAZA, 14 de octubre de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA

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