Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2005 (27/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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· Gobiernos Locales - Municipalidad Distrital de Los Olivos. Articulo 5º.- Exoneraciones. Para el MORDAZA de recalculo de los Arbitrios Municipales de: Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los anos 2002 al 2005, seran considerados exonerados en forma total o parcial los siguientes casos: Exoneracion Total del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo: · Gobiernos extranjeros en condicion de reciprocidad, siempre que el predio se destine a embajadas, residencias de sus representantes diplomaticos o funcionamiento de oficinas dependientes de ellas, legaciones, consulados y las sedes de organismos internacionales. · Centros Educativos Estatales. · Dependencias destinadas a la Defensa Nacional y a la Policia Nacional del Peru. · Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. · Entidades religiosas que destinen sus predios a templos, conventos monasterios y museos. · Gobierno Central. · Las Asociaciones u Organizaciones Sociales de Base siempre que destinen el predio a fines asistenciales. · En el caso de predios destinados a MORDAZA Habitacion que cuenten con uno (1) o mas anexos independizados destinados a Comercios y/o Servicios, se exonerara del pago de los arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo a uno (1) de estos, siempre y cuando su area economica no exceda al equivalente de 20.00 metros cuadrados de edificacion. Exoneracion Parcial del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. · Los pensionistas que se encuentren gozando del Beneficio Tributario de Deduccion de la base Imponible de hasta 50 UIT, para efectos del pago del Impuesto Predial, gozaran tambien de la exoneracion del 50% del pago por los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo por el Uso MORDAZA Habitacion. Articulo 6º.- Condonacion parcial o total por Precariedad Economica. Se condonara del pago parcial o total de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo a peticion de parte, a los contribuyentes que acrediten su condicion economica precaria o indigente, debidamente comprobada por la Asistenta Social Colegiada de la Unidad de Recursos Humanos y siendo reconocida mediante Resolucion Directoral emitida por la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria. CAPITULO II CRITERIOS DE DISTRIBUCION DE LOS COSTOS Articulo 7º.- Condiciones. La modificacion de la determinacion de la tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de ejercicios 2002 al 2005, se realizara distribuyendo los costos que ha incurrido la Municipalidad en la prestacion de cada uno de los servicios, el mismo que sera determinado entre los contribuyentes que gozaron del servicio, aplicando para esta determinacion los criterios establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional. Articulo 8º.- Limitaciones al establecimiento de los nuevos montos recalculados. El monto a cobrar producto de la modificacion de la distribucion del costo del servicio de los arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, en ningun caso sera mayor a la deuda original determinada. Articulo 9º.- Distribucion del costo del servicio de Limpieza Publica.

Para realizar la determinacion y distribucion de los importes de pago del Arbitrio de Limpieza Publica, se esta distribuyendo en dos MORDAZA de servicios: SERVICIO DE RECOLECCION Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS: Este servicio se determinara segun el MORDAZA de uso del predio y/o anexo independizado: MORDAZA HABITACION Se distribuira el costo que demanda la prestacion del servicio teniendo como variables: la cantidad de produccion promedio de residuos solidos, la intensidad y frecuencia del servicio gozado, el area construida del predio y el numero de personas promedio por predio y/o anexo independizado. OTROS USOS Se distribuira el costo que demanda la prestacion del servicio teniendo como variables: la cantidad de produccion promedio de residuos solidos, la intensidad y frecuencia del servicio gozado, el uso del predio y/o anexo independizado, la actividad o giro del predio y/o anexo independizado asi como el area economica del mismo. Para los otros usos se ha establecido la siguiente distribucion y codificacion de los mismos: COMERCIO · De Productos agricolas comestibles: (Cafe en grano, Cereales, Especerias, Fruterias, Verdulerias, Menestras, Tuberculos, etc). · De Animales comestibles: (Avicolas, Carnicerias, Pescados, etc.). · De Productos agropecuarios no comestibles: (Plantas medicinales, comercio de minerales, Caucho, etc.). · De Productos Alimenticios Manufacturados: (Panaderias, Bodegas, Heladerias, Nutrimentos, Licorerias, · De Productos Farmaceuticos: (Farmacias, Boticas, etc.). · De Combustibles y Lubricantes: (Grifo, Gas propano, Lubricantes, etc.). · De Productos Manufacturados de Uso Duradero: (Merceria, Zapaterias, Bazar, Telas, Tejidos, Aparatos Domesticos, Colchonerias, Muebles, Loceria, Cristaleria, Librerias, MORDAZA de Regalos, Articulos Artesanales, Relojeria, Joyeria, MORDAZA, Pinturas, Automoviles, Bicicletas, Motocicletas, Opticas, MORDAZA de Musica, Instrumentos Musicales, Articulos Deportivos, Maleterias, etc.). · De Otros Productos Diversos: (Papel, Carton, Cuero, Lana, Ferreterias, Sanitarios, Para vehiculos, para maquinarias, para aparatos domesticos, Maquinas para la industria, para la agricultura, Equipo de medicina, de ingenieria, Camiones, Camionetas, Omnibuses, Cargadores, Supermercados, etc). SERVICIOS · De Educacion Privada: Centros de ensenanza (inicial, primaria, secundaria y superior). · De Alimentos Preparados: (Restaurantes, Pollerias, Cevicherias, Chifas, Juguerias, etc). · Alojamiento, Higiene y Estetica: (Lavanderias, Tintorerias, Sastrerias, Hoteles, Hostales, Salones de Belleza, Gimnasios, Banos MORDAZA, Funerarias, etc). · De Reproducciones Graficas: (Fotocopiadoras, Estudios fotograficos, Servicios graficos, etc.). · De Reparacion y Mantenimiento: (Talleres mecanicos, Vulcanizadoras, Taller de soldadura, Reparaciones de TV, Car pinterias, Tapicerias, Gasfiterias, Taller de relojes, etc). · De Transporte y Comunicaciones: (Transporte de pasajeros, Transporte de carga, Depositos, almacenes, Cable, Telefonia, etc). · De Financieras, Seguros y Asesorais: (Bancos, Agencias Bancarias, Financieras, Agencias cambiarias,

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