Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2005 (27/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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· Contribuyente.- Son Contribuyentes de los Arbitrios regulados en la presente Ordenanza, los propietarios de los predios que desarrollen actividades en ellos, aun cuando se encuentren desocupados o cuando un tercero use el predio a cualquier titulo. En caso de transferencia de predio, es contribuyente el propietario transferente hasta el ultimo dia del trimestre en que se realiza la transferencia. · Condicion de Contribuyente.- La condicion de contribuyente se configura el primer dia de cada trimestre al que corresponde la obligacion tributaria. Cuando se efectue cualquier transferencia, la obligacion tributaria para el MORDAZA propietario nacera el primer dia del trimestre siguiente al que se adquirio la propiedad. · Predio.- Entiendase por predio, para efectos de la aplicacion de la presente ordenanza, a toda vivienda, unidad habitacional, local comercial, industrial o de servicios, oficinas o terrenos. Asi mismo entiendase por predios a los Mercados o Centros de Abasto como a los puestos de los mismos. · Anexo Independizado.- Entiendase por anexo independizado a la parte o partes del predio que son independizadas catastralmente las cuales son destinadas para otros usos o tambien a MORDAZA habitacion. Articulo 6º.- Inafectaciones. Se encuentran inafectos para el presente ejercicio los predios de propiedad de: a) Gobiernos Locales - Municipalidad Distrital de Los Olivos. - Inafecto al Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. b) Dependencias destinadas a la Defensa Nacional y a la Policia Nacional del Peru - Inafecto al Arbitrio de Serenazgo. c) Servicio de Parques - Inafecto al Arbitrio de Parques y Jardines. Articulo 7º.- Exoneraciones. Para la determinacion de los Arbitrios Municipales de: Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, seran considerados exonerados en forma total o parcial los siguientes casos: Exoneracion Total del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo: · Gobiernos extranjeros en condicion de reciprocidad, siempre que el predio se destine a embajadas, residencias de sus representantes diplomaticos o funcionamiento de oficinas dependientes de ellas, legaciones, consulados y las sedes de organismos internacionales. · Centros Educativos Estatales. · Dependencias destinadas a la Defensa Nacional y a la Policia Nacional del Peru. - Exonerandose del Arbitrio de Limpieza y Parques y Jardines. · Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. · Entidades religiosas que destinen sus predios a templos, conventos monasterios y museos. · Gobierno Central. · Las Asociaciones u Organizaciones Sociales de Base siempre que destinen el predio a fines asistenciales. · En el caso de predios destinados a MORDAZA Habitacion que cuenten con uno (1) o mas anexos independizados destinados a Comercios y/o Servicios, se exonerara del pago de los arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo a uno (1) de estos, siempre y cuando su area economica no exceda al equivalente de 20.00 metros cuadrados de edificacion. Exoneracion Parcial del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. · Los pensionistas que se encuentren gozando del Beneficio Tributario de Deduccion de la base Imponible de hasta 50 UIT, para efectos del pago del Impuesto Predial, gozaran tambien de la exoneracion del 50% del pago por los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica,

Parques y Jardines y Serenazgo por el Uso MORDAZA Habitacion. · Los Centros de Abastos o Mercados mayoristas o minoristas del distrito, gozaran de la exoneracion parcial del 50% del Arbitrios de Limpieza Publica para el ejercicio 2006, en cuyo caso la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA incurrira en el subsidio de los importes materia de beneficio. Los Importes a ser subsidiados asi como los Centros de Abastos o Mercados se encuentran detallados en el Anexo I a que se refiere el articulo 10º del presente Regimen. Articulo 8º.- Condonacion parcial o total por Precariedad Economica. Se condonara del pago parcial o total de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo a peticion de parte, a los contribuyentes que acrediten su condicion economica precaria o indigente, debidamente comprobada por la Asistenta Social Colegiada de la Unidad de Recursos Humanos y siendo reconocida mediante Resolucion Directoral emitida por la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria. Articulo 9º.- Criterios de Determinacion. Anualmente mediante Ordenanza y de conformidad con los Articulos 69º y 69º- A de la Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias, se aprobaran los criterios de determinacion y los montos de pago fijos que resulten aplicables al ejercicio, tomando en consideracion el costo efectivo del servicio a prestar. Articulo 10º.- Del Informe Tecnico La estructura de costos, los criterios de distribucion de costos por cada MORDAZA de servicio asi como los importes y tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio, se encuentran detallados en el Anexo I que corresponde al Informe Tecnico, el cual es parte integrante de la presente Ordenanza. CAPITULO II CRITERIOS DE DISTRIBUCION DE LOS COSTOS Articulo 11º.- Condiciones. La determinacion de la tasa de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio, se realizara distribuyendo los costos efectivo que incurrira la Municipalidad en la prestacion de cada uno de los servicios, el mismo que sera determinado entre los contribuyentes que gozaran del servicio, aplicando para esta determinacion los criterios establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional. Articulo 12º.- Distribucion del costo del servicio de Limpieza Publica. Para realizar la determinacion y distribucion de los importes de pago del Arbitrio de Limpieza Publica, se esta distribuyendo en dos MORDAZA de servicios: SERVICIO DE RECOLECCION Y DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS: Este servicio se determinara segun el MORDAZA de uso del predio y/o anexo independizado: MORDAZA HABITACION Se distribuira el costo que demanda la prestacion del servicio teniendo como variables: la cantidad de produccion promedio de residuos solidos, la intensidad y frecuencia del servicio gozado, el area construida del predio y el numero de personas promedio por predio y/o anexo independizado. OTROS USOS Se distribuira el costo que demanda la prestacion del servicio teniendo como variables: la cantidad de

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