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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2005 (03/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G39/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de enero de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1260-2004/MINSA Lima, 30 de diciembre de 2004 Visto el Oficio Nº 975-2004-DE-HJATCH del 1 de Octubre del 2004 del Hospital “José Agurto Tello” y el Informe Nº 0375-2004-OGPE-OEO/MINSA emitido porla Oficina Ejecutiva de Organización de la Oficina Gene- ral de Planeamiento Estratégico; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del inciso 1) del artículo 16º de la Ley Nº 28128-Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2004, dispone que corresponde a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia delConsejo de Ministros, proponer los lineamientos para la elaboración de los Cuadros para Asignación de Per- sonal; Que, en la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aproba-do por el Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, se ha dispuesto que en cumplimiento a la Segunda Disposi- ción Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº27657-Ley del Ministerio de Salud y según lo estable- cido en los Reglamentos de Organización y Funcio- nes respectivos, se formularán los Cuadros para Asig-nación de Personal y los Presupuestos Analíticos de Personal modificados del Ministerio de Salud, de sus Órganos Desconcentrados que integran el Pliego 11Ministerio de Salud y de sus Organismos Públicos Descentralizados; Que, en la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM del 18 de ju- nio de 2004, que aprueba los lineamientos para la ela- boración y aprobación de los Cuadros para Asigna-ción del Personal -CAP, de las entidades de la Admi- nistración Pública, se establece que las disposiciones complementarias que dictarán los respectivos Minis-terios para las direcciones regionales sectoriales, re- sultarán aplicables a partir de la publicación de la res- pectiva resolución ministerial; Que, por Resolución Ministerial Nº 1160-2004/MIN- SA, del 3 de diciembre de 2004, el Ministerio de Salud haaprobado las disposiciones complementarias para la ela- boración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal; Que, asimismo en la Segunda Disposición Transi- toria del Reglamento de Organización y Funciones del Hospital “José Agurto Tello”, aprobado mediante Reso-lución Ministerial Nº 656-2004/MINSA, del 21 de junio del 2004, se dispone la presentación del Cuadro para Asig- nación de Personal del mencionado Hospital, para sucorrespondiente aprobación; Que, el Hospital “José Agurto Tello” ha presentado su Cuadro para Asignación de Personal (CAP), el mismo que se encuentra en concordancia con su Reglamento de Organización y Funciones, el Modelo de Reglamentode Organización y Funciones de los Hospitales, aproba- do con la Resolución Ministerial Nº 616-2003-SA/DM, establecido en virtud de lo dispuesto en el Decreto Su-premo Nº 013-2002-SA; Que el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Proce- dimiento Administrativo General, establece la atribuciónde la autoridad de disponer en el mismo acto administra- tivo la eficacia anticipada del mismo; Con las visaciones de la Oficina General de Planea- miento Estratégico y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud y su Reglamento y lo esta- blecido en el literal (l) del Artículo 8º de la citada Ley; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar con eficacia anticipada al 30 de noviembre de 2004, el Cuadro para Asignación de Per-sonal (CAP) del Hospital “José Agurto Tello”, el mismo que consta de trescientos cuarenta y tres (343) cargosclasificados que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el presente Cuadro para Asignación de Personal (CAP) sea publicado en el portal electrónico del Ministerio. Regístrese y comuníquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 23871 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 747-2004-JEF/RENIEC Lima, 16 de noviembre de 2004 VISTO: el Informe Nº 386-2003-ADRIA/DP/GP/RE- NIEC, el Oficio Nº 6488-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Oficio Nº 1512-2004-GP/RENIEC y el Informe Nº 1251-2004-GAJ/RENIEC de fecha 10 de noviembre del 2004, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, así como del proceso de depura- ción inherente al procedimiento administrativo, ha de-tectado que los ciudadanos PEDRO EDUARDO CA- NALES GALLARDO, EMILIANO LIMA CARPIO, MIRIAM BEATRIZ PINEDO ALVAREZ, BENITO ADOLFO LO-PEZ VALDERRAMA y GENARO CONCEPCION AL- CALDE CHANAME respectivamente, dada la simplifi- cación administrativa y en atención al principio de vera-cidad de las declaraciones, solicitaron su inscripción ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, utilizando para tal fin sustentos que no les perte-necen, con la intención de usurpar la identidad de los ciudadanos JORGE LUIS CANALES GALLARDO, JOSE LIMA CARPIO, MARGOT VICTORIA PINEDOALVAREZ, MANUEL ANGEL LOPEZ VALDERRAMA y JAVIER DEL MILAGRO ALCALDE CHANAME respec- tivamente, haciendo introducir de esta forma datos fal-sos en instrumento público, esto es el Registro; Que, aun cuando se ha procedido administrativamen- te, esto es la exclusión definitiva de las inscripcionesfraudulentas por parte de la Gerencia de Procesos, los hechos antes descritos constituyen indicios razonables de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, enlas modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, pre- vistos y sancionados en los artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca, resulta necesario autorizar al Procurador Público acargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de losintereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi-