Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2005 (05/01/2005)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de enero de 2005

Que, mediante el Informe Tecnico Nº 627-2004 de fecha 11 de noviembre del 2004, el Jefe del Departamento de Soporte de la Direccion de Telematica de la MORDAZA, senala que con la finalidad de no afectar la operatividad de los equipos que integran el Sistema de Comunicaciones HARRIS de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, actualmente instalados en las Fuerzas Navales y Puestos de Comando, es necesario efectuar la contratacion de servicios de ampliacion de garantia del equipamiento de comunicaciones HARRIS, por un periodo de DOCE (12) meses, a partir de la fecha de suscripcion del contrato; Que, asimismo, en dicho Informe Tecnico se precisa que la empresa HARRIS CORPORATION de los Estados Unidos de MORDAZA, es fabricante exclusivo de los equipos que integran el Sistema de Comunicaciones HARRIS MORDAZA indicado, teniendo derechos sobre las patentes, autorizaciones, hardware y licencias de software para operaciones de los equipos de la misma MORDAZA, asi como la unica empresa en el MORDAZA que brinda el servicio de garantia y suministro de repuestos adecuados para la continuidad de su funcionamiento, concluyendo por ello que los servicios del requerimiento presentado no admiten sustitutos; Que, en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de caracter Publico de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, correspondiente al Ano Fiscal 2004, se encuentra considerado con el item 12-41-04 el MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de ampliacion de garantia de equipamiento de Comunicaciones HARRIS, por un valor referencial de CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 420,000.00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios Ano Fiscal 2004 de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, cadena del gasto 53.11.39; Que, mediante Carta de fecha 9 de diciembre 2004, la empresa HARRIS CORPORATION senala que es el unico fabricante y propietario de las patentes de los programas, mantenimiento en los diversos modelos de tarjetas, modulos y repuestos electronicos pertenecientes a sus sistemas de radio HARRIS, siendo la unica empresa a nivel mundial que puede garantizar el optimo funcionamiento y modernizacion de los Sistemas de Comunicaciones HARRIS; Que, el inciso (f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha del 12 febrero del 2001, dispone que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere la MORDAZA del considerando precedente se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo; asimismo, su inciso (a) dispone que las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, en el Informe Legal Nº 002 - 2004 de fecha 10 de noviembre del 2004, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Estado Mayor General de la MORDAZA, concluye que legalmente es factible enmarcar el servicio de ampliacion de garantia del equipamiento de comunicaciones HARRIS que por su origen y condicion tecnica solo tiene un fabricante dentro del universo de potenciales proveedores, cuando el servicio garantice celeridad en la atencion del requerimiento y disminucion de costos al garantizarse tecnica y operativamente el adecuado funcionamiento de los equipos; Que, asimismo, en el referido Informe Legal, se indica que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, contemplan legalmente como exoneracion, la contratacion de servicios que no admiten sustitutos, situacion que bajo el criterio de economia, subdividido en aspectos de oportunidad y costos, enmarcan la atencion del requerimiento de servicios de ampliacion de garantia

para el Sistema de Comunicaciones HARRIS de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, como un MORDAZA de servicios a ser realizado bajo la modalidad de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el articulo 105º del Reglamento de la citada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse los supuestos senalados en los articulos 19º y 32º de dicha Ley, que determinen la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, el articulo 116º del Reglamento de la mencionada Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el articulo 19º de dicha Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º del citado Reglamento; asimismo, que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Estando a lo recomendado por el Director de Telematica de la MORDAZA y a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA, y de acuerdo a la atribucion conferida por el inciso (a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la MORDAZA de MORDAZA del Peru de efectuar el MORDAZA de Concurso Publico por la causal "Servicios que no admiten sustitutos", para la contratacion de servicios de ampliacion de garantia del equipamiento de comunicaciones HARRIS por un periodo de DOCE (12) meses, a partir de la fecha de suscripcion del contrato, asi como autorizar la contratacion de la empresa HARRIS CORPORATION de los Estados Unidos de MORDAZA para el citado servicio, disponiendose que el mismo se efectue mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un valor referencial de CIENTO VEINTE MIL Y 00/100 DOLARES NORTEAMERICANOS (US$ 120,000.00), al MORDAZA de cambio de TRES Y 50/100 NUEVOS SOLES (S/. 3.50) por dolar norteamericano, lo cual hace un MORDAZA de CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 420,000.00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios Ano Fiscal 2004 de la MORDAZA de MORDAZA del Peru - Direccion de Telematica, cadena del gasto 53.11.39. Articulo 2º.- Autorizar al Comandante General de la MORDAZA a nombrar el Comite Especial que llevara a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia respectivo, formulando las Bases Administrativas a ser aprobadas por el Comandante General de la MORDAZA, y encomendando al Director de Telematica de la MORDAZA a suscribir el contrato correspondiente ademas de realizar los tramites administrativos que correspondan efectuar, de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Disponer se publique la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los DIEZ (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision y se remita a la Contraloria General de la Republica MORDAZA de dicha resolucion, asi como de los Informes Legal y Tecnico que la sustentan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 00091

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