Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2005 (05/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 5 de enero de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que viene desempenando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, en la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLINAS, al cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00175

Encargan el Despacho del Viceministerio de la Mujer
RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2004-MIMDES MORDAZA, 30 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho del Viceministerio de la Mujer hasta que se designe al titular; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y en la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar, a la senora RUSSELA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de la Direccion General de Promocion de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el Despacho del Viceministerio de la Mujer del MIMDES, hasta que se designe al titular. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00176

Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Especial Nº 015-2004-2-4411 "Irregularidades en la programacion de la adquisicion de Mezcla Fortificada; asi como en el otorgamiento de ampliacion de plazo contractual e inejecucion de penalidades en la Gerencia Local PRONAA Iquitos, ha ocasionado un perjuicio economico por S/. 96,438.09 Nuevos Soles", de la Jefa de la Oficina de Auditoria Interna del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, se ha evidenciado la irregular programacion en la adquisicion de 144.618 TM de Mezcla Fortificada, lo cual ocasiono que la vigencia del referido producto venciera; la inejecucion de penalidades de parte de la Gerencia Local PRONAA Iquitos por el retraso en la entrega de 28,900.00 Kg. de Aceite Vegetal, incumpliendose el plazo pactado en el Contrato de Compraventa Nº 24-04-2-2002-C-0006 de fecha 16.12.2002 suscrito entre la Gerencia Local PRONAA Iquitos y la empresa Cereales del Huallaga E.I.R.L.; y, la inejecucion de penalidades de parte de la Gerencia Local PRONAA Iquitos por el retraso en la entrega de 56.599 TM de Mezcla Fortificada, incumpliendose el plazo pactado en el Contrato de Compraventa Nº 24-04-4-2003-C-20912 de fecha 2.10.2003 suscrito entre la Gerencia Local PRONAA Iquitos y la empresa Sabor Amazonico E.I.R.L.; ocasionando estos hechos, perjuicio economico total ascendente a S/. 96,438.09 (Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho y 09/100 Nuevos Soles) en agravio del PRONAA; determinandose presunta responsabilidad civil prevista en el Art. 1321º del Codigo Civil, por parte de las personas comprendidas en el referido informe; Que, el inciso f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el caracter de prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Con la opinion favorable de la Direccion General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 1862-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES y en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Nº 015-2004-2-4411 "Irregularidades en la programacion de la adquisicion de Mezcla Fortificada; asi como, en el otorgamiento de ampliacion de plazo contractual e inejecucion de penalidades en la Gerencia Local PRONAA Iquitos, ha ocasionado un perjuicio economico por S/. 96,438.09 Nuevos Soles" y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00064

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Gerencia Local PRONAA Iquitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 739-2004-MIMDES MORDAZA, 26 de noviembre de 2004 Visto, el Informe Nº 693-2004-DE/PRONAA;

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