Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2005 (07/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 7 de enero de 2005

con los considerandos que anteceden, contando con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones delegadas mediante R.A. Nº 1026-03/MDLCH, concordante con el Art. 20º, inciso 20) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Primero.- Aprobar el proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada de conformidad con los planos signados con el Nº 14-2004-HU-SGTT-GODU-MDLCH, para uso residencial de Densidad Media R4, desarrollado sobre el terreno de 13,675.20 m², constituido por el sublote 28A, del fundo Huachipa Parcela Media, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Segundo.- Autorizar a la Cooperativa de Vivienda 14 de Febrero Sagitario Ltda., para que ejecuten en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitacion MORDAZA restantes, cuyos proyectos se aprueban de acuerdo al siguiente cuadro de areas: CUADRO GENERAL DE AREAS AREA BRUTA DE TERRENO AREA DE APORTES GRATUITOS - Recreacion Publica (Parques) area total (10%) - Ministerio de Educacion (2%) - SERPAR (2%) AREA UTIL VENDIBLE (48 Lotes) - Vivienda - Local Comunal - Local Institucional AREAS VIAS PUBLICAS 13,675.20 m² 1,367.52 m² 273.50 m² 273.50 m² 5,780.06 m² 259.00 m² 75.15 m² 5,646.47 m²

denanza Municipal de Parqueo Vehicular;

Que, de conformidad con el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 092/ML, se aprobo el servicio de parqueo dentro de la zonas de las playas San MORDAZA y MORDAZA para el ejercicio 2005; Que, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, ha hecho una observacion al articulo 4º de la mencionada MORDAZA, a fin de poder cumplir con la ratificacion para el ejercicio fiscal 2005; Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y de conformidad con el articulo 134º de la mencionada ley, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y la dispensa del tramite de aprobacion de actas, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA MODIFICACION DEL ARTICULO 4º DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 092/ML QUE ESTABLECE LA TASA DE PARQUEO VEHICULAR Articulo 1º.- Modifiquese el articulo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 092/ML, por el siguiente texto: Articulo 4º.- Monto La Tasa a pagar por Estacionamiento Vehicular en las zonas senaladas en el Articulo 6º de la presente Ordenanza son las siguientes: 1. Para Automoviles y Camionetas a) El monto a pagarse por concepto de Derecho de Estacionamiento Vehicular por cada hora o fraccion es de 0.032% de la UIT siendo su equivalente S/.1.00 (Un MORDAZA sol). b) Se establece la Tasa Unica de Estacionamiento Vehicular cuando se haga uso del servicio por un tiempo mayor a cinco horas a razon de 0.1613% de la UIT vigente S/. 5.00 (Cinco nuevos soles) 2. Para Combis, Microbuses COASTER a) El monto a pagarse por concepto de Derecho de Estacionamiento Vehicular, por cada media hora o fraccion es de 0.0625% de la UIT, siendo su equivalente en soles de S/. 2.00 (Dos nuevos soles). b) Se establece la Tasa Unica de Estacionamiento Vehicular, cuando se haga uso del servicio por un tiempo mayor a cinco horas a razon de 0.32% de la UIT, siendo su equivalente en soles de S/. 10.00 (Diez nuevos soles). 3. Para Omnibus a) El monto a pagarse por concepto de Derecho de Estacionamiento Vehicular, por cada media hora o fraccion es de 0.0937% de la UIT, siendo su equivalente en soles de S/. 3.00 (Tres nuevos soles). b) Se establece la Tasa Unica de Estacionamiento Vehicular, cuando se haga uso del servicio por un tiempo mayor a cinco horas a razon de 0.4687% de la UIT, siendo su equivalente en soles de S/. 15.00 (Quince nuevos soles). Articulo 2º.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias para la mejor aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 092/ML que establece la Tasa de Parqueo Vehicular. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 00197

Las obras de Habilitacion MORDAZA que faltan ejecutar correspondientes a redes de agua, desague y energia electrica, sus proyectos, deberan ser aprobadas por los organismos prestadores de dichos servicios; asimismo, las obras de pavimentacion deberan cumplir con las normas que exige el Reglamento Nacional de Construcciones y demas normas sobre la materia. Tercero.- Pongase la presente Resolucion a conocimiento de la Oficina del Registro Predial de MORDAZA y Callao adjunto al Plano Nº 14-04-HU-SGTT-GODU-MDLCH, que forma parte de la presente resolucion, a efectos de la inscripcion preventiva individualizada de los lotes resultantes vendibles a cargo de la interesada. Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados. Quinto.- Hagase de conocimiento la presente Resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su conocimiento y fines, a cargo de los interesados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal 00184

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Modifican articulo de la Ordenanza Nº 092/ML, que establece tasa de parqueo vehicular
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 099/ML Lurin, 28 de diciembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Lurin, en Sesion Ordinaria de fecha 27 de diciembre del 2004, visto el Informe Nº 159-2004/GAT/ML de la Gerencia de Administracion Tributaria referente a la modificacion de la Or-

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