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PÆg. 284452 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de enero de 2005 ENERGÍA Y MINAS Aprueban modificación del Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2005-EM Lima, 12 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 103-2000- EM se otorgó la Concesión de Distribución de Gas Natu- ral por Red de Ductos en el departamento de Lima y laProvincia Constitucional del Callao a favor de Transpor- tadora de Gas del Perú S.A., y se aprobó el Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural porRed de Ductos en Lima y Callao, el cual fue suscrito por el Estado y la citada empresa el 9 de diciembre de 2000; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 107-2002- EM/VME, la Dirección General de Hidrocarburos del Mi- nisterio de Energía y Minas declaró a Tractebel S.A. como Operador Estratégico Precalificado de Distribución de laConcesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Lima y la Provincia Cons- titucional del Callao. Posteriormente, conforme lo previs-to en el Contrato BOOT, Tractebel S.A., constituyó la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.R.L.; Que, al respecto, mediante Resolución Suprema Nº 024-2004-EM, se aprobó la Modificación del Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, a efectos de conside-rar a la empresa Suez - Tractebel S.A., como Operador Estratégico Precalificado de Distribución; Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-EM se aprobó el Convenio de Cesión de Posición Contractual por el que Transportadora de Gas del Perú S.A. cedió su posición contractual en el Contrato BOOT de Concesión deDistribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, a favor de la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.R.L., así como agregó un párrafo adicional a la Cláusula14.10 del referido Contrato BOOT, que reconoce el derecho de la Sociedad Concesionaria a solicitar la modificación de la Tarifa de Otras Redes inicial que se incluye en el Anexo Nº15 del citado Contrato, el cual fue suscrito por el Estado y las citadas empresas el 2 de mayo de 2002; Que, a partir de dicha fecha, la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.R.L., adquirió la calidad de titular de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Lima y la Provincia Cons-titucional del Callao; Que, el referido Contrato BOOT dispone en su Cláu- sula 22.6 que la Solciedad Concesionaria puede promo-ver modificaciones y aclaraciones, las que deben cum- plir con los requisitos pertinentes de las Leyes Aplica- bles y ser elevadas a Escritura Pública; Que, conforme el artículo 41º del Reglamento de Dis- tribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM, las modificacionesal Contrato de Concesión serán autorizadas por Reso- lución Suprema y elevadas a Escritura Pública, a cargo y costo del Concesionario; Que, mediante Resolución de la Comisión de Tarifas de Energía Nº 014-99-P/CTE del 10 de diciembre de 1999, se estableció la Tarifa de Otras Redes inicial para Distri-bución de Baja Presión y Fórmulas de Actualización; y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121º del Re- glamento de Distribución de Gas Natural por Red de Duc-tos, se incorporó dicha Resolución al Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, como su Anexo Nº 15; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Regla- mento de Distribución de Gas Natural por Red de Duc- tos y el último párrafo de la Cláusula 14.10 del citadoContrato BOOT, permiten a la Sociedad Concesionaria, previo acuerdo con la Dirección General de Hidrocarbu- ros, solicitar al Organismo Supervisor de la Inversión enEnergía la primera regulación tarifaria para la determina-ción de la Tarifa de Otras Redes, antes de la aplicación de la Tarifa de Otras Redes inicial o la culminación de suplazo de vigencia; Que, mediante Cartas Nº GJV/02/046 y Nº BCE/02/ 038, la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.R.L., soli-citó a la Dirección General de Hidrocarburos su consenti- miento para iniciar el trámite de regulación tarifaria antes que se aplique la Tarifa de Otras Redes inicial establecidaen la Resolución de la Comisión de Tarifas de Energía Nº 014-99-P/CTE. Mediante Oficio Nº 2291-2002-EM/DGH del 13 de setiembre de 2002, la Dirección General de Hidro-carburos otorgó su consentimiento; Que, el 16 de setiembre de 2002, la empresa Gas Na- tural de Lima y Callao S.R.L., solicitó al Organismo Super-visor de la Inversión en Energía la primera regulación tari- faria para la determinación de la Tarifa de Otras Redes; y, en consecuencia, el Organismo Supervisor de la Inversiónen Energía emitió la Resolución del Consejo Directivo Or- ganismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG Nº 097-2004-OS/CD del 20 de mayo de 2004, que en suartículo 12º dejó sin efecto la Resolución de la Comisión de Tarifas de Energía Nº 014-99-P/CTE; Que, es necesario modificar el referido Contrato BOOT con la finalidad de dejar sin efecto el Anexo Nº 15, que con- tiene la Resolución de la Comisión de Tarifas de Energía Nº 014-99-P/CTE, relativa a la Tarifa de Otras Redes inicialpara Distribución en Baja Presión y Fórmulas de Actualiza- ción; De conformidad con lo previsto en el Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, la Resolución del Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Ener-gía - OSINERG Nº 097-2004-OS/CD y el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aproba- do por Decreto Supremo Nº 042-99-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, a fin de dejar sin efectosu Anexo Nº 15, que incorporó la Resolución de la Comi- sión de Tarifas de Energía Nº 014-99-P/CTE. Artículo 2º.- Autorizar al ingeniero Gustavo Navarro Valdivia, Director General de Hidrocarburos, a suscribir en nombre del Estado, la minuta y escritura pública ne- cesarias para implementar la modificación a que se re-fiere el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Supre- ma deberá incorporarse en la Escritura Pública de Modifi-cación del Contrato BOOT de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, refe- rido en el artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 00687 Crean Comisión de Trabajo MEM - OSI- NERG para elaboración de proyecto deley destinado a asegurar el desarrolloeficiente de la generación elØctrica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 007-2005-MEM/DM Lima, 10 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28447, se modificó el De- creto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Primera Disposición Final de la citada ley estable- ce que en el plazo de quince (15) días contados desde su vigencia, el Ministerio de Energía y Minas - MEM y el Orga-