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PÆg. 284459 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de enero de 2005 Artículo 10º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Con-trol y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 00581 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 321-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 3 de diciembre del 2004 Visto el escrito de Registro Nº CE-09960003 del 24 de noviembre del 2004, presentado por el señor VIC-TOR PEREZ HERNANDEZ, en representación de la empresa ecuatoriana PACIFICTUNA S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las perso- nas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pes- ca para la operación de embarcaciones pesqueras debandera nacional y extranjera. Asimismo, el artículo 47º de dicha norma establece que las operaciones de embar- caciones de bandera extranjera en aguas jurisdicciona-les peruanas, sólo podrán efectuarse sobre el exceden- te de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiológicos por la flota existente en el país, sujetán-dose a los términos y condiciones establecidos en la legislación interna sobre preservación y explotación de los recursos hidrobiológicos y sobre los procedimientosde inspección y control, para lo cual los armadores ex- tranjeros deberán acreditar domicilio y representación legal en el país; Que los artículos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho específico que el Ministerio dePesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otor- ga a plazo determinado para el desarrollo de las activi- dades pesqueras, previo pago de los derechos adminis-trativos correspondientes; Que el inciso c) del artículo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales perua-nas podrá llevarse a cabo por embarcaciones de ban- dera extranjera, para la extracción de recursos de oportunidad, o altamente migratorios o aquellos otrossubexplotados que determine el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción) mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003- PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún,estableciéndose en su numeral 7.3 del artículo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pes- queras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00(cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un período de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, el señor VICTOR PEREZ HERNANDEZ, en representación de la empresa PACIFICTUNA S.A. (sociedad organizada bajo las leyesde la República del Ecuador), solicita permiso de pesca para operar la embarcación pesquera denominada "DOÑA TULA", de bandera ecuatoriana, en la extrac-ción del recurso hidrobiológico atún, con destino al con- sumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccio- nales peruanas, por el período de tres meses; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, la recurrente acredita que la embarcación pesquera "DOÑA TULA", cumple con losrequisitos sustantivos exigidos en el Reglamento deOrdenamiento Pesquero del Atún aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE así como los requisi-tos exigidos en el procedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro- ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaría procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro- cesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción mediante Informe Nº 309-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch,y con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Regla- mento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobadopor Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el pro- cedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PACIFICTUNA S.A., representada en el país por el señor VICTOR PE-REZ HERNÁNDEZ, permiso de pesca para operar la embarcación pesquera cerquera de bandera ecuatoria- na, denominada "DOÑA TULA", cuyas característicasse detallan en el siguiente cuadro, para la extracción del recurso hidrobiológico atún y especies afines, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas dela costa, con destino al consumo humano directo, equipa- da con redes de cerco de 110 mm. de longitud mínima de abertura de malla, por un plazo determinado de tres(3) meses, contados a partir del 12 de diciembre del 2004 al 12 de marzo del 2005. NOMBRE DE LA MATRÍCULA ARQUEO CAP. BOD TAMAÑO SIST. DE EMBARCACIÓN NETO (m3) DE MALLAPRESERV. "DOÑA TULA" P-00-0822 153.32 599.96 110 mm. RSW Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el artículo anterior, caducará automáticamente al vencer elplazo establecido en el citado artículo, por el cumpli- miento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Mi- nisterio de la Producción para la temporada de pesca. Elpermiso de pesca otorgado mediante la presente reso- lución, podrá ser renovado automáticamente por un pe- ríodo igual con el pago de los correspondientes dere-chos de pesca, siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtención del permiso de pesca, conforme a lo establecido en el numeral 7.3del artículo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pes- quero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032- 2003-PRODUCE. Artículo 3º.- Las operaciones que se autorizan a través de la presente resolución, están sujetas a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Ordena-miento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 032-2003-PRODUCE, así como a las normas sobre sanidad y medio ambiente; y demás que le seanaplicables. Artículo 4º.- De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9.4º del Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE queaprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, la embarcación pesquera a que se refiere el artí- culo 1º de la presente Resolución Directoral, deberácontratar como mínimo el 30% de tripulantes peruanos, sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislación nacional. Artículo 5º.- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcación pesquera a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución Directoral, está condicionadoa efectuarse la inspección técnica de la embarcación pesquera, a llevar a bordo a un observador de la Comi- sión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), acreditado